Varias cosas:
1.- Lamentable algunos comentarios condenando anticipadamente a los compañeros sin tener ni idea de lo que realmente ha pasado, a menos que los autores de dichos comentarios hayan decidido elevar, ellos sabrán por qué, las informaciones aparecidas en los medios de información a la categoría de dogma incontestable (las diligencias están secretas). Ni siquiera yo, que tengo información de muy primera mano porque estoy destinado en Torrevieja, tengo claro si se podrá derivar de los hechos ocurridos responsabilidad disciplinaria y/o penal para los compañeros. Con lo que sé en estos momentos tan prematuros, confío y espero que no, la verdad. Por el momento es imposible saberlo estando las diligencias secretas. Por otra parte, no seré yo quien defienda a un compañero que a sabiendas y con conciencia de su ilegalidad, movido por espurios motivos, realice una mala actuación, pero en un caso como el tristemente ocurrido pongo la mano en el fuego por mis compañeros y los defenderé dónde y cuándo haga falta.
2.- En principio, un reclamado por sustracción internacional de menores no debe ser tratado como un peligroso delincuente a menos que existan indicios bastantes para ello, lo cual es muy inusula en este tipo de delitos, que incluso en muchos casos se derivan a la jurisdicción civil en calidad de litigios de familia. Esta mujer al ser detectada se muestra normal y no hay motivos para separla inmediatamente de su bebé. Al contrario, es probable que no sea lo más aconsejable en un primer momento. En cualquier caso, en la toma de dicha decisión intervienen varios profesionales debido a los delicados intereses que hay en juego.
3.- Como mero matiz jurídico, apuntar que en la comisión por omisión de los delitos de resultado también cabe la comisión imprudente, cuando dicha modalidad sea contemplada por el tipo correspondiente como es lógico.
4.- Mucho ánimo a los compañeros, que no lo están pasando nada bien.