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Igual que los vehículos de la Guardia Civil, tampoco se corresponden con la matriculación ordinaria, pero nuestros organismos tienen que poseer de los vehículos un certificado de matriculación por el que se les asigna la matrícula oficial en DGT, a partir de esa fecha se cuentan los periodos para pasar ITV (cuatro años para turismos, 2 para vehículos mixtos, 1 para vehículos de mas de 3,5 tn).
Todos, o al menos así debería de ser, deben pasar la ITV en cualquier ITV del territorio nacional, en el caso de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, así se hace, se pasa la ITV en las estaciones concesionarias de las CCAAs, se pagan las tasas igual que cualqueir otros usuario y se cumple con el RGV. En los vehículos nuestros se lleva, o debería llevarse, fotocopia debidamente cotejada del certificado de matriculación, tarjeta de inspección técnica en vigor y certificado de seguro obligatorio y la correspondiente pegatina en el parabrisas del vehículo.
Todo esto lo podes ver en el Reglamento General de Vehículos y en sus anexos correspondientes, la norma es clara, y TODOS debemos cumplirla, bueno quien debe cumplirla es el que nos facilita los medios, nosotros ya tenemos bastante con poner de nuestra parte.
He preferido contestar en este foro por que creo que de interés para todos vosotros.