Se considera una infracción el llevar un casco homologado con intercomunicador?
Segun el artículo 18 del Reglamento General de Circulación
2. Queda prohibido conducir y utilizar cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, excepto durante la correspondiente enseñanza y la realización de las pruebas de aptitud en circuito abierto para la obtención del permiso de conducción de motocicletas de dos ruedas cuando así lo exija el Reglamento General de Conductores.
Se prohíbe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares (artículo 11.3, párrafo segundo, del texto articulado).
MI PREGUNTA ES SI YO ME COMPRO UN CASCO CON MANOS LIBRES INTEGRADO ESTARIA EN EL APARTADO DE "EXCEPTO".