LOS ALCALDES PODRAN DESIGNAR POLICIAS DE PAISANO

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Notapor T.E.S.A.M. » Lun Ene 01, 2007 1:57 am


cenepe escribió:A ver, si es muy facil, el Alcalde solicita autorización para que una unidad de su PL vaya de paisano.

Dicha unidad tiene como funciones principales perseguir la pirateria musical, ropa, bolsos..etc y normativa de ruidos o medio ambiente.

Con lo que entiendo se les concede dicha solicitud para el desarrollo de estas funciones.

Pero luego, lo mismo es un roto que un descosido, te aparecen en las ODAC con:

- Tirones
- Sirlas
- Malos tratos
- Carteristas

Los encuentras en manifestaciones, dentro de las mismas, en otros servicios, también por ahi, com oquien se da un paseo..etc etc.

Entiendo que estan haciendo algo, para lo que no tienen autorización, no como POLICIAS, sino como POLICIAS LOCALES DE PAISANO.

No veo delito en ello, si acaso, de tener conocimiento e interesarle al Delgado del gobierno, podria retirarle dicho permiso.

No se que ilícitos ves, yo no los veo.

Esto no lo digo yo, lo saben hasta los choros que hay Pl de paisano suelta.

Salu2 y feliz año


No quiero marear la perdiz, pues claro que un policía de paisano te va a traer a Comisaría un detenido por robo, lo tienen más facil que los de uniforme..............

Compañero, me perdonarás, sigo sin entender, debe de ser que el paso de los años a uno le hace duro de mollera, pero no entiendo nada...A ver, si mi jefatura me dice que venga de paisano por el motivo que sea, que pasa----------no detengo a nadie ya...............cuando estoy en la calle vigilando lo que se me encomiende, pongamos a los que incendian los contenedores............no puedo pescar a carteristas, sirleros etc......pues SI, sí puedo y más cosas, aunque mi interés a estas alturas no sea detener a nadie, contra menos mejor, menos problemas y no quiero ningú palote...............
Ya hace muuuuuuuuucho tiempo, unos de los primeros detenidos que hice y presenté en Comisaría, un Sargento me dijo, hijo, el mejor servicio es el que no se hace....................no lo entendí...............pero lo entiendo y lo comp.....................................ahora...........

Volviendo al hilo del post, me congratulo de la sentecina del TSJ de Castilla y León en el cual reconoce la autoridad de los Alcaldes para designar a sus policías que vistan o no vistan de paisano y........si ellos no son tan listos como los subdelegados del Gobierno para esta tarea, tampoco lo son para mandar a un cuerpo policial, entonces estaríamos hablando de otra cosa, que el parlamento tome medias al respecto o no???????..................
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Notapor hombredeazul » Mar Ene 02, 2007 2:48 pm


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Si teneis la oportunidad de leer una de esas autorizaciones, vereis que vienen desglosadas las funciones para las que se otorgan y al final la coletilla ... y todas aquellas funciones en las que por su cargo deban actuar...", vamos, que a ver quien dice y firma en un papel que solo eso y legalmente (seria una orden ilegal y firmada) te puedas inhibir de hacer algo.
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Notapor gk » Mié Ene 03, 2007 3:37 pm


Hola a todos

Que me he estado leyendo el hilo (hay que ver que largo eh!) y me preguntaba si alguien me podía dar una referencia de la Sentencia (fecha o número de recurso o de sentencia o algo) para leérmela, que parece interesante.

Pues eso, que gracias de antemano :D y feliz año a todos
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Notapor T.E.S.A.M. » Jue Ene 04, 2007 12:11 am



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Compañero, aquí tienes la noticia de la Sentencia, que desde luego es de sentido comun.

CASTILLA Y LEÓN
Los alcaldes podrán ordenar a sus policías locales servicios sin uniforme
El TSJ da la razón a la Consejería de Presidencia y desestima un recurso del Ministerio del Interior

Los alcaldes de Castilla y León, como jefes que son de sus policías municipales, podrán decidir los casos concretos en los que los agentes deberán prescindir del uniforme y hacer el servicio de paisano. Ir de incógnito es básico, por ejemplo, en casos en los que los policías sirven de escolta a los ediles o vigilan, por ejemplo, el ruido en zonas de bares en las que avistar a un municipal supone inmediatamente la reducción del volumen, que vuelve subir y molestar a los vecinos cuando el agente se va. El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León otorga esta potestad a los regidores, tal y como les reconocía el decreto elaborado en el 2005 por la Consejería de Presidencia de la Junta, que dirige Alfonso Fernández Mañueco, en el que se aprobaban las normas marco a las que deben ajustarse los reglamentos de las policías locales de la región.

Un decreto que fue recurrido por la Delegación del Gobierno de Castilla y León, al entender que invadía competencias que la ley estatal que regula el funcionamiento de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado vinculaba al Ministerio del Interior y en su defecto a los nueve subdelegados provinciales, antiguos gobernadores civiles.

El artículo que motivó el recurso estatal decía: «El alcalde podrá autorizar que determinados servicios se presten sin el uniforme reglamentario en los casos específicos que afecten a determinados lugares de trabajo o por necesidades de servicio en los términos establecidos en la legislación vigente». Desde el Ministerio del Interior se consideró que la autorización para trabajar de paisano era de su exclusiva intendencia y acudió a los tribunales. La sentencia de la sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal autonómico, redactada por el magistrado Felipe Fresneda Plaza, dirime el conflicto en favor de la normativa autonómica.

El ponente destaca que prevalece en este caso el principio de autonomía local, puesto que existen «poderes propios de decisión por parte del municipio, incompatibles con controles y directrices jerárquicas por parte de otras administraciones». El fallo reconoce la potestad que la normativa regional deja en mano de los alcaldes en materia de uniformes, al considerar que es el municipio, quien primariamente debe manifestarse sobre la forma en que ejercita su concreta competencia y que esto no supone negar a la Administración del Estado el ejercicio de sus competencias.

Exigencia de «sigilo»

El TSJ considera al alcalde como «jefe» de los funcionarios que integran la Policía Local y que, como «primera autoridad» del cuerpo, puede determinar qué servicios «exigen que se presten sin uniforme», por el «sigilo o las razones que fueren», que podrían hacer inviable dicha prestación al ir los agentes uniformados.

El magistrado ponente del Tribunal Superior considera que esta atribución municipal puede convivir sin conflicto con las autorizaciones que consideren necesarias los subdelegados del Gobierno de la nación y concluye que la demanda estatal «ha de ser íntegramente desestimada».
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Notapor gk » Jue Ene 04, 2007 11:03 am


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Gracias T.E.S.A.M. En su momento se me pasó la noticia.
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