Justificante por baja de un día?

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Justificante por baja de un día?

Notapor exRayo » Mié Oct 02, 2013 11:00 am


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Copiado de un sindicato:


ESQUEMAS APLICACIÓN INASISTENCIAS / AUSENCIAS / INCAPACIDADES TEMPORALES
INASISTENCIA AL SERVICIO
¿Qué es? Faltas de asistencia al servicio durante, al menos, una jornada completa.
1.- Comunicación a tu Unidad la inasistencia o el inicio de la inasistencia → Telefonema de inasistencia o inicio de la inasistencia.
Procedimiento 2.- Comunicación a tu Unidad de la finalización de la inasistencia → Telefonema de recuperación.
3.- Justificación posterior en Secretaría mediante Minuta. Si la inasistencia es por causas médicas, el Jefe de la Dependencia de forma excepcional, en
determinados casos (nunca genéricamente) podrá solicitar de forma inmediata y fundamentada (motivada), el justificante de haber sido asistido
sanitariamente (sin aportar datos sanitarios concretos ni el tratamiento que permita identificar la enfermedad que padece o padeció el funcionario).
Tipos
Por causas médicas
Faltas de asistencia al trabajo, por causa de enfermedad o accidente sin que se haya emitido parte médico de baja
Sólo pueden ser tres días seguidos, al 4º hay que presentar baja.
Descuentos ¿Es por accidente de trabajo o enfermedad profesional?
NO No tiene pérdida retributiva alguna.
SI ¿Has faltado más de 4 días en el año natural? SI Descuento del 50 % de las retribuciones fijas diaria
NO ¿Está justificada? que percibió el mes anterior a la ausencia.
NO Detracción completa del sueldo diario y apertura de expediente disciplinario.
SI No conlleva ninguna disminución de retribuciones ni computa a efectos del cómputo de los 4 días de inasistencia sin deducción por año natural.
Por otras causas que no den origen a permiso retribuido (establecidos en la Circular 1/2013 de la DGP)
SI No conlleva pérdida retributiva pero el tiempo de inasistencia deberá ser recuperado en un período de 15 días.
¿Justificada?
NO Detracción completa del sueldo diario y apertura de expediente disciplinario.
AUSENCIA DEL SERVICIO
¿Qué es? Falta de permanencia en el servicio durante el transcurso de la jornada laboral, cualquiera que sea su causa.
1.- Comunicación al Responsable de la ausencia, directamente o a través de un tercero y por cualquier procedimiento de comunicación.
Procedimiento 2.- Justificación posterior, mediante minuta y/o justificante oportuno (Si la causa es médica NUNCA especificar datos que permitan identificar la
enfermedad que padece o padeció el funcionario).
SI El tiempo deberá ser recuperado en menos de 15 días, excepto que la ausencia dé lugar a un permiso retribuido especificados en la Circular 1/2013 DGP.
¿Justificada?
NO Deducción proporcional de haberes sin perjuicio de las medidas disciplinarias que pudieran adoptarse.

INCAPACIDAD TEMPORAL
¿Qué es? Funcionarios que padezcan un proceso patológico por enfermedad o lesión por accidente que les impida con carácter temporal el normal desempeño de sus funciones.
Hasta 3 meses, licencias.
Procedimiento Presentación del parte médico de baja en Secretaría de la Unidad Cuando se sobrepasen los 3 meses, se solicitarán prórrogas.
Del 1º al 3º día: reducción del 50 % de retribuciones fijas e invariables diarias del mes anterior a la baja.
Descuentos por RD 20/2012 Del 4º al 20ª dia: reducción del 25 %.
Del 21º al 90ª día: se perciben la totalidad de las retribuciones.
IT menos de 90 días
Acto de servicio (lo descuentan de inicio y cuando se sustancia el expediente de averiguación de causas lo reingresan)
Excepciones Intervención quirúrgica (reconocidas en la Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud – RD 1030/2006)
Hospitalización.
Tratamiento de radioterapia/quimioterapia.
Descuentos Estado de gestación, embarazo y lactancia, así como la maternidad.
Deben justificarse en el plazo de 20 días, entregando los justificantes oportunos en la Secretaría de la Unidad. Si no se
justifica en ese plazo, las descuentos serán realizados y habrá que reclamar posteriormente su cobro.
Descuento de la turnicidad (en caso de que estés a 5 turnos).
Descuento de la parte proporcional de la DPO (si no es acto de servicio).
Más de 90 días de IT Se percibe las retribuciones básicas (sueldo base + trienios + prestación por hijo a cargo) por parte de la DGP,
y un Subsidio (MUFACE).
¿A cuánto asciende el Subsidio? El 80% de las retribuciones básicas devengadas (sueldo, trienios y grado, en su caso),
incrementadas en la sexta parte de una paga extraordinaria.
La cantidad mayor entre
El 75 % de las retribuciones complementarias devengadas.
Legislación aplicable: RD Ley 20/2012 de 13 de julio – Ley 17/2012 de 27 de diciembre – Instrucción conjunta SE Administraciones Públicas y de Presupuesto y Gasto de fecha 15_10_12 – Resolución 63 de la Dirección General de la Policía – Resolución DGP 17 de junio de 2013 - Orden HAP 2802 del 28 de diciembre de 2012 -
* Cubre mi espalda, que yo te cubriré la tuya *
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exRayo
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Re: Justificante por baja de un día?

Notapor Nights » Mié Oct 02, 2013 12:35 pm


Cartera Con Placa Escolta

militariapiel.es
exRayo escribió:Copiado de un sindicato:


ESQUEMAS APLICACIÓN INASISTENCIAS / AUSENCIAS / INCAPACIDADES TEMPORALES
INASISTENCIA AL SERVICIO
¿Qué es? Faltas de asistencia al servicio durante, al menos, una jornada completa.
1.- Comunicación a tu Unidad la inasistencia o el inicio de la inasistencia → Telefonema de inasistencia o inicio de la inasistencia.
Procedimiento 2.- Comunicación a tu Unidad de la finalización de la inasistencia → Telefonema de recuperación.
3.- Justificación posterior en Secretaría mediante Minuta. Si la inasistencia es por causas médicas, el Jefe de la Dependencia de forma excepcional, en
determinados casos (nunca genéricamente) podrá solicitar de forma inmediata y fundamentada (motivada), el justificante de haber sido asistido
sanitariamente (sin aportar datos sanitarios concretos ni el tratamiento que permita identificar la enfermedad que padece o padeció el funcionario).
Tipos
Por causas médicas
Faltas de asistencia al trabajo, por causa de enfermedad o accidente sin que se haya emitido parte médico de baja
Sólo pueden ser tres días seguidos, al 4º hay que presentar baja.
Descuentos ¿Es por accidente de trabajo o enfermedad profesional?
NO No tiene pérdida retributiva alguna.
SI ¿Has faltado más de 4 días en el año natural? SI Descuento del 50 % de las retribuciones fijas diaria
NO ¿Está justificada? que percibió el mes anterior a la ausencia.
NO Detracción completa del sueldo diario y apertura de expediente disciplinario.
SI No conlleva ninguna disminución de retribuciones ni computa a efectos del cómputo de los 4 días de inasistencia sin deducción por año natural.
Por otras causas que no den origen a permiso retribuido (establecidos en la Circular 1/2013 de la DGP)
SI No conlleva pérdida retributiva pero el tiempo de inasistencia deberá ser recuperado en un período de 15 días.
¿Justificada?
NO Detracción completa del sueldo diario y apertura de expediente disciplinario.
AUSENCIA DEL SERVICIO
¿Qué es? Falta de permanencia en el servicio durante el transcurso de la jornada laboral, cualquiera que sea su causa.
1.- Comunicación al Responsable de la ausencia, directamente o a través de un tercero y por cualquier procedimiento de comunicación.
Procedimiento 2.- Justificación posterior, mediante minuta y/o justificante oportuno (Si la causa es médica NUNCA especificar datos que permitan identificar la
enfermedad que padece o padeció el funcionario).
SI El tiempo deberá ser recuperado en menos de 15 días, excepto que la ausencia dé lugar a un permiso retribuido especificados en la Circular 1/2013 DGP.
¿Justificada?
NO Deducción proporcional de haberes sin perjuicio de las medidas disciplinarias que pudieran adoptarse.

INCAPACIDAD TEMPORAL
¿Qué es? Funcionarios que padezcan un proceso patológico por enfermedad o lesión por accidente que les impida con carácter temporal el normal desempeño de sus funciones.
Hasta 3 meses, licencias.
Procedimiento Presentación del parte médico de baja en Secretaría de la Unidad Cuando se sobrepasen los 3 meses, se solicitarán prórrogas.
Del 1º al 3º día: reducción del 50 % de retribuciones fijas e invariables diarias del mes anterior a la baja.
Descuentos por RD 20/2012 Del 4º al 20ª dia: reducción del 25 %.
Del 21º al 90ª día: se perciben la totalidad de las retribuciones.
IT menos de 90 días
Acto de servicio (lo descuentan de inicio y cuando se sustancia el expediente de averiguación de causas lo reingresan)
Excepciones Intervención quirúrgica (reconocidas en la Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud – RD 1030/2006)
Hospitalización.
Tratamiento de radioterapia/quimioterapia.
Descuentos Estado de gestación, embarazo y lactancia, así como la maternidad.
Deben justificarse en el plazo de 20 días, entregando los justificantes oportunos en la Secretaría de la Unidad. Si no se
justifica en ese plazo, las descuentos serán realizados y habrá que reclamar posteriormente su cobro.
Descuento de la turnicidad (en caso de que estés a 5 turnos).
Descuento de la parte proporcional de la DPO (si no es acto de servicio).
Más de 90 días de IT Se percibe las retribuciones básicas (sueldo base + trienios + prestación por hijo a cargo) por parte de la DGP,
y un Subsidio (MUFACE).
¿A cuánto asciende el Subsidio? El 80% de las retribuciones básicas devengadas (sueldo, trienios y grado, en su caso),
incrementadas en la sexta parte de una paga extraordinaria.
La cantidad mayor entre
El 75 % de las retribuciones complementarias devengadas.
Legislación aplicable: RD Ley 20/2012 de 13 de julio – Ley 17/2012 de 27 de diciembre – Instrucción conjunta SE Administraciones Públicas y de Presupuesto y Gasto de fecha 15_10_12 – Resolución 63 de la Dirección General de la Policía – Resolución DGP 17 de junio de 2013 - Orden HAP 2802 del 28 de diciembre de 2012 -


Gracias compañero...
Nights
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Re: Justificante por baja de un día?

Notapor David_xxv » Lun Nov 25, 2013 3:17 am


Curso Online Psicotécnicos

joyfepolferes.es
Buenas una duda falte a primeros de años por una herida con puntos un turno y ahora he faltao otro por placas en la garganta....mi duda es pueden llamarme para trabajar fuera de turno? Ya que encima tiene reduccion de sueldo imagino...
Otra cosilla he llamado para asentar telefonema que no voy... luego llame al 3 dia comunicando que me reincorporo y ya el dia del turno hago la minuta y adjunto el parte no? Esos son los pasos?
David_xxv
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Re: Justificante por baja de un día?

Notapor Argos 1980 » Mar Nov 26, 2013 1:26 pm


Edición 175 Aniversario Gc

45
gafaspolicia.com
Esto es alucinante. Falté dos días al trabajo (correspondientes telefonemas y encima aviso a mi superior por teléfono para que sepa que no puede contar conmigo). Ayer me reincorporo, hago mi noche como puedo, relleno y entrego el justificante que tienen confeccionado en mi plantilla para estos casos y hoy, de saliente (ellos no miran esas cosas, claro, no saben lo que es hacer noches) me llaman de la secretaría.
El tema es que me piden que me pase por allí para rellenar una minuta explicando qué me ha pasado (en el justificante que rellenamos pone siempre "enfermedad común") y firmar no sé qué otro impreso. Ya le digo a la secretaria que estoy de días libres y que ya entregué un documento en el que lo ponía. Me dice que vale, pero que además se necesita una minuta en la que ponga QUÉ he tenido. Le digo que ya iré cuando acabe mi permiso y cuelgo, pero me quedo mosca. ¿Es esto normal? ¿Pueden pedirme que ponga en una minuta QUÉ he tenido? Que no es que yo haya tenido nada raro ni que me dé vergüenza. Cuando me reincorporé se lo conté a todos los compañeros y jefes que tuvieron la educación de preguntarme. Ahora bien, ¿por qué tienen que saberlo el resto de jefecillos y coincidentes laborales que no tuvieron ni la decencia de preguntar si ya me encontraba mejor?
En fin, una más y sigue contando. ¿Ahora yo qué hago? ¿Trago y les hago una minuta contándoles qué tengo y qué dejo de tener? Estoy por poner que he faltado al trabajo porque tengo lepra, a ver si al menos consigo que no vuelva a acercárseme ningún elemento de las muchas joyas que pueblan ciertas plantillas ibéricas.
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Re: Justificante por baja de un día?

Notapor estrapayao » Mar Nov 26, 2013 6:33 pm



foropolicia.es
En las mismas condiciones que tu planteas, me pidieron lo mismo.

No se lo di. Se mosqueó el chupatintas de turno, pero seguí en mis trece.

Al final se la tuvo que envainar. Yo tenía la razón y la normativa de mi parte.

Ni un paso atrás cuando se trata de nuestros derechos, que crea malos y peligrosos precedentes.
estrapayao
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