Jinete borracho

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Re: Jinete borracho

Notapor pindongo » Mar Abr 27, 2010 4:40 pm


Sudadera Cremallera Sas

militariapiel.es
Tu@nBope escribió:
pindongo escribió:
Tu@nBope escribió:Ayer en la feria de Sevilla, un jinete estaba borracho por las afuera del recinto ferial y estaba obstaculizando el tráfico y provocando diversos frenazos bruscos de los conductores. EL caballista intento agredir a varias personas por que le decía que no fuera borracho y por medio de la carretera, con lo cual se aviso a la policía local y ahora es cuando viene lo gracioso, la policía dice que denunciáramos que ellos si nadie denunciaba no podían hacer nada. Me parece de vergüenza que la policía local no tome medidas sobre personas que van borrachas sobre caballos, porque creo que al ir por la carretera el mismo peligro tiene en ir en moto que en caballo, decía la policía que no podían hacerle la prueba de alcoholemia. Vamos que hasta que no provocara un accidente no podían hacer nada, que vergüenza¡¡¡¡ Os parece normal la actitud de los dos agentes???

Tu@nBope escribió:El recinto de la feria está dentro de la ciudad y el jinete estaba fuera del recinto de la feria que también es Sevilla ciudad. Pero vamos lo gore es que la policía no tomara medidas hasta que alguien denunciara, porque por esa regla de 3 hasta que alguien no denuncia un coche mal aparcado no podrían multar ellos,no? Así pasa las cosas que pasan que hasta que no hay un accidente no hacen las pruebas, porque ese caballista podría haber provocado un accidente, pero nada según la policía hasta que no se produzca no se puede hacer nada de nada, de risa.

Tu@nBope escribió:Pero como ya sabemos, esto es Sevilla y aqui hay q .... y a pesar de eso, me encanta esta ciudad. A que te refieres con esta frase?? Yo soy de Sevilla y no tengo porque aguantar ni al jinete borracho por medio de la calle ni aun policía irresponsable. Ahh y me parece que tu no eres muy de Sevilla, porque la feria no esta en Triana para tu información.

Pues por culpa de este tipo de personas irresponsables ocurren cosas como las dos muertes de semana santa. Lo que me parece muy fuerte es que diga el policía local que hasta que no provoque el accidente no se le puede hacer la prueba me parece muy fuerte, pero bueno así nos va en España en general. Ahora por lo que sea ese caballo se desboca porque el jinete estaba borracho y no podía controlarlo y provoca un accidente mortal es cuando se tomaran medidas, de vergüenza.

Actuaron los policías locales correctamente????


No tienes razón en el fondo, y en las formas mucho menos.

A la pregunta de si actuaron correctamente, depende. Si lo que expones es rigurosamente cierto, yo diría que su actuación no fue correcta. Pero, solo conozco tu versión y la experiencia me dije que las Versiones Originales suelen contener mas información que las versiones contadas.
Un saludo.



A que te refieres con esta frase pindongo: No tienes razón en el fondo, y en las formas mucho menos.
Yo solo he contado lo que ocurrió, que un jinete estaba por medio de la carretera con su caballo y con síntomas de estar bebido y la única que dio el agente fue que como muy bien habéis explicado dijo que por ser un jinete con un animal no esta obligado hacerle la prueba de alcoholemia. Al menos le podía haber retenido porque en las condiciones que estaba podía producir un accidente. A si ocurren las cosas que ocurren, porque mira si un coche choca contra el caballo es dificil que muera pero si lo hace un ciclomotor o una moto es mas peligroso. Bueno y otra cosa, un caballo con su jinete puede ir por una carretera que circulen vehículos? Pues si es así me voy a comprar un caballo para cuando beba y así no me pueden multar,no? Gracias de todas forma por la explicación.

Y la gente que llamaron a la policía solamente fue para que no se produjera un accidente, pero por lo que veo el jinete estaba en su razón y por eso después de aparecer la policía el jinete sigió su camino y por la carretera.


Me refiero a que no tienes razón en el fondo (realizar prueba de alcoholemia).
Ni en la forma en la que has generalizado. Ya te lo he resaltado en negrita y subrayado.

Y por lo que veo en tus siguientes mensajes, no cejas en tu empeño por querer tener razón.
Tu@nBope escribió:Para que vale denunciar??? Para que se celebre un juicio dentro de x meses,


Sí, básicamente para eso. Se llama estado de derecho.
Tu@nBope escribió:
Segun algunos comentarios de algunos miembros del foro la actuación de los agentes de la autoridad esta bien con lo que en estas dos noticias los agentes no actuaron bien,no?

http://www.pontecesures.net/2009/04/12/ ... -nacional/

http://www.diariocordoba.com/noticias/n ... kid=118846


Pretendes dar por bueno unos titulares de prensa?... :pucheros: Y lo mas grave, estamos hablando del mismo lugar y los mismos hechos?

Según se desprende de esas dos noticias los agentes actuaron, simplemente, actuaron según lo que vieron.
Ponme un vinito.
No coincido con coincidentes. Y aquí, cada día hay más.

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Re: Jinete borracho

Notapor Tu@nBope » Mar Abr 27, 2010 5:04 pm


Edición 175 Aniversario Gc

45
gafaspolicia.com
Vamos que entonces actuaron bien los agentes, pues vale. Pues ya sabemos, nos compramos un caballo para cuando salgamos los fin de semana y bebamos, que no nos va a pasar nada ya que la ley nos respalda. Gracias compañero por la explicación ya me queda todo mas claro. haber si me ha quedado claro: Se puede ir borracho encima de un caballo por una carretera, dando tumbos con el caballo ya que se esta borracho y no lo controlo, pero aun asi se esta respetando la ley,no? Ahh y por supuesto si algun conducto de la vía me llama la atención para que me quite me bajo y le intento agredir. En que articulo viene todo eso que me dices que es legal????


"""""Pretendes dar por bueno unos titulares de prensa?..."""" Segun tú no es verdadero el titular????
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Re: Jinete borracho

Notapor orion14 » Mar Abr 27, 2010 7:07 pm



foropolicia.es
Yo por mi parte voy a aclarar ciertas cosas que veo que no tienes claras.
1º.- La prueba de alcoholemia solo se le puede efectuar al jinete y está obligado a someterse si está implicado en un accidente. Unicamente; en caso contrario y si se estuviesen instruyendo diligencias por un presunto delito contra la seguridad vial se le podría imputar en base a sintomas pero nunca por desodeciencia si se niega a hacer la prueba y no hay accidente de por medio.
Esta es la situación legal, te guste o no y sea ético o moral o no. Si quieres cambiar la ley ya sabes las formas que hay para hacerlo y si te quieres comprar un caballo y emborracharte los fines de semana tu mismo. La situación normativa es la que hemos expuesto algunos compañeros y ya cansa el repetirla no crees?

2º.-De que vale denunciar? pues no me aclaro.........según tú el riesgo era evidente y ninguno de los afectados ni tu mismo presentó denuncia
O el riesgo no era tan evidente y por eso ninguno de los afectados presentó denuncia?

Una denuncia en ese caso habría servido para imputar al jinete por lo menos por síntomas si bién nadie presentó denuncia por lo que deduzco que nadie estuvo en riesgo por sus maniobras con lo cual el único camino legal posible sería denunciarlo administrativamente por infracción al RGC. Por lo que respecta al procedimiento deduzco que no eres policía puesto que como sabrás se tramita por juicio rápido

En los casos que citas el de Pontecesures la condena fué por desobedecer e intentar agredir a un Guardia Civil según las noticias relacionadas en la propia web y nada habla de ser condenado por la alcoholemia.
En el segundo caso no se habla del resultado judicial sino de que se cursó denuncia y que no se sabía de ningún caso similar. La palabra detenido que refiere el titular luego queda aliviada con conducido a efectos de identificación con lo cual más de lo mismo.
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Re: Jinete borracho

Notapor Tu@nBope » Mar Abr 27, 2010 7:12 pm


Cartera porta placa CNP

fabricado en piel de vacuno
enpieldeubrique.com
orion14 escribió:Yo por mi parte voy a aclarar ciertas cosas que veo que no tienes claras.
1º.- La prueba de alcoholemia solo se le puede efectuar al jinete y está obligado a someterse si está implicado en un accidente. Unicamente; en caso contrario y si se estuviesen instruyendo diligencias por un presunto delito contra la seguridad vial se le podría imputar en base a sintomas pero nunca por desodeciencia si se niega a hacer la prueba y no hay accidente de por medio.
Esta es la situación legal, te guste o no y sea ético o moral o no. Si quieres cambiar la ley ya sabes las formas que hay para hacerlo y si te quieres comprar un caballo y emborracharte los fines de semana tu mismo. La situación normativa es la que hemos expuesto algunos compañeros y ya cansa el repetirla no crees?

2º.-De que vale denunciar? pues no me aclaro.........según tú el riesgo era evidente y ninguno de los afectados ni tu mismo presentó denuncia
O el riesgo no era tan evidente y por eso ninguno de los afectados presentó denuncia?

Una denuncia en ese caso habría servido para imputar al jinete por lo menos por síntomas si bién nadie presentó denuncia por lo que deduzco que nadie estuvo en riesgo por sus maniobras con lo cual el único camino legal posible sería denunciarlo administrativamente por infracción al RGC. Por lo que respecta al procedimiento deduzco que no eres policía puesto que como sabrás se tramita por juicio rápido

En los casos que citas el de Pontecesures la condena fué por desobedecer e intentar agredir a un Guardia Civil según las noticias relacionadas en la propia web y nada habla de ser condenado por la alcoholemia.
En el segundo caso no se habla del resultado judicial sino de que se cursó denuncia y que no se sabía de ningún caso similar. La palabra detenido que refiere el titular luego queda aliviada con conducido a efectos de identificación con lo cual más de lo mismo.



Gracias por la explicación lo de que no se le puede hacer la prueba de alcoholemia ya lo he entendido, pero tengo una duda, el agente no podía haberle denunciado administrativamente por infracción al RGC????????
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Re: Jinete borracho

Notapor pindongo » Mar Abr 27, 2010 7:32 pm


Tu@nBope escribió:Vamos que entonces actuaron bien los agentes, pues vale. Pues ya sabemos, nos compramos un caballo para cuando salgamos los fin de semana y bebamos, que no nos va a pasar nada ya que la ley nos respalda. Gracias compañero por la explicación ya me queda todo mas claro. haber si me ha quedado claro: Se puede ir borracho encima de un caballo por una carretera, dando tumbos con el caballo ya que se esta borracho y no lo controlo, pero aun asi se esta respetando la ley,no? Ahh y por supuesto si algun conducto de la vía me llama la atención para que me quite me bajo y le intento agredir. En que articulo viene todo eso que me dices que es legal????


"""""Pretendes dar por bueno unos titulares de prensa?..."""" Segun tú no es verdadero el titular????


--- En ninguno, no viene en ninguno. Quizás tu si que puedas mostrar algún artículo con las infracciones cometidas por el jinete y que tu pudiste observar.
Lo que sí tengo claro es que si el agente no actuó, sus motivos tendría. El agente actúa según lo que aprecia. Y si según tu, por lo que pudiste ver lo hizo mal, pues, mira, también le puedes denunciar por ello. Aunque no le veas la utilidad a la denuncia puesto que como bien dices el juicio se celebrará dentro de unos meses, es el cauce legal.

--- El titular será verdadero. La coincidencia del hecho con el titular, será pura coincidencia. Como ya te ha indicado orion.
Ponme un vinito.
No coincido con coincidentes. Y aquí, cada día hay más.

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Re: Jinete borracho

Notapor estoitomorao » Vie May 14, 2010 11:13 pm


Pues voy a dar mi modesta opinion desde mi experiencia, ya que yo tuve un caso parecido con un "personaje" que circulaba en monopatin por donde le daba la real gana. Esta persona circulaba con su "skate" por las principales vias de Bilbao, una veces con algun litro de vino de mas y otras menos, pero siempre que la liaba, lo que haciamos era imputarle un delito contra la seguridad del trafico (entonces era asi) y las veces que iba borracho, pues lo mismo, pero jamas le pudimos hacer la prueba porque no estuvo nunca implicado en un accidente de trafico, eso si, detenido vino unas cuantas veces. Lamentablemente murio ya hace unos años, con unos cuantos juicios pendientes. Un saludo 8)
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Re: Jinete borracho

Notapor MASAM » Lun May 17, 2010 12:29 pm


DEPOL Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
de-pol.es
Es mas sencillo de explicar que todo lo escrito.

**Jinete=conductor (vease ANEXO I de la LSV)

Conductor. Persona que, con las excepciones del párrafo segundo del apartado 2 de este artículo, maneja el mecanismo de dirección o va al mando de un vehículo, o a cuyo cargo está un animal o animales. En vehículos que circulen en función de aprendizaje de la conducción, es conductor la persona que está a cargo de los mandos adicionales.

Peatón. Persona que, sin ser conductor, transita a pie por las vías o terrenos a que se refiere el artículo 2.

Son también peatones quienes empujan o arrastran un coche de niño o de impedido o cualquier otro vehículo sin motor de pequeñas dimensiones, los que conducen a pie un ciclo o ciclomotor de dos ruedas, y los impedidos que circulan al paso en una silla de ruedas, con o sin motor.



Lo que, TAMBIEN, convierte en conductor al pastor de un rebaño de ovejas (por ej. y aunque parezca increible).

**Prohibiciones referentes a bebidas alcoholicas y estupefacientes, y personas obligadas a realizar/someterse a las pruebas.

LEY DE SEGURIDAD VIAL

Artículo 12. Bebidas alcohólicas, sustancias estupefacientes y similares.

1. No podrá circular por las vías objeto de esta Ley, el conductor de vehículos o bicicletas con tasas superiores a las que reglamentariamente se establezcan de bebidas alcohólicas, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y otras sustancias análogas.

2. Todos los conductores de vehículos y bicicletas quedan obligados a someterse a las pruebas que se establezcan para la detección de las posibles intoxicaciones por alcohol. Igualmente quedan obligados los demás usuarios de la vía cuando se hallen implicados en algún accidente de circulación.


Como se puede apreciar NO dice ABSOLUTAMENTE NADA sobre conductores de animales (jinete) o de animales su cargo..... SOLO dice-->> conductor de vehiculos y bicicletas.
Los animales NO estan considerados vehiculos.


REGLAMENTO GENERAL DE CIRCULACION
Artículo 20. Tasas de alcohol en sangre y aire espirado.

No podrán circular por las vías objeto de la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial los conductores de vehículos ni los conductores de bicicletas con una tasa de alcohol en sangre superior a 0,5 gramos por litro, o de alcohol en aire espirado superior a 0,25 miligramos por litro.


Como se puede apreciar..... el articulado SOLAMENTE hace mencion a conductores de vehiculos y de bicicletas...... de animales no dice ABSOLUTAMENTE nada.

Artículo 21. Investigación de la alcoholemia. Personas obligadas.

Todos los conductores de vehículos y de bicicletas quedan obligados a someterse a las pruebas que se establezcan para la detección de las posibles intoxicaciones por alcohol. Igualmente quedan obligados los demás usuarios de la vía cuando se hallen implicados en algún accidente de circulación (artículo 12.2, párrafo primero, del texto articulado).

Los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico podrán someter a dichas pruebas:

A cualquier usuario de la vía o conductor de vehículo implicado directamente como posible responsable en un accidente de circulación.

A quienes conduzcan cualquier vehículo con síntomas evidentes, manifestaciones que denoten o hechos que permitan razonablemente presumir que lo hacen bajo la influencia de bebidas alcohólicas.

A los conductores que sean denunciados por la comisión de alguna de las infracciones a las normas contenidas en este Reglamento.

A los que, con ocasión de conducir un vehículo, sean requeridos al efecto por la autoridad o sus agentes dentro de los programas de controles preventivos de alcoholemia ordenados por dicha autoridad.


Mas de lo mismo con respecto a lo ya dicho anteriormente....... salvo que se haye implicado en accidente de circulacion.
En ese caso SI SE PODRIA someter al jinete a las pruebas, pero, paradojicamente, NO EXISTE tasa aplicable regulada, por lo que podria cuaruplicar la tasa establecida para turismos y no ser objeto de sancion/multa, y únicamente seria un dato mas a aportar al atestado correspondiente. ÚNICAMENTE tendria sancion/multa si, implicado en accidente, se negara a someterse a las pruebas, y lo seria por negativa y en via administrativa, pues la via penal TAMPOCO contempla tal situacion.


****Esto, en resumen y a groso modo, es lo que hay****.


SALUDOS.
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Re: Jinete borracho

Notapor Curritor » Jue Jun 13, 2013 8:53 pm



Increibles precios
materialpolicial.com
Por otra parte también podría ser aplicable, al conductor del caballo, el artículo 17.1 del Reglamento General de Circulación.
Artículo 17. Control del vehículo o de animales.
1. Los conductores deberán estar en todo momento en condiciones de controlar sus vehículos o animales.
Al aproximarse a otros usuarios de la vía, deberán adoptar las precauciones necesarias para su seguridad, especialmente cuando se trate de niños, ancianos, invidentes u otras personas manifiestamente impedidas (artículo 11.1 del texto articulado).
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Re: Jinete borracho

Notapor MASAM » Vie Jun 21, 2013 9:52 pm



intervencionpolicial.com
Curritor escribió:Por otra parte también podría ser aplicable, al conductor del caballo, el artículo 17.1 del Reglamento General de Circulación.
Artículo 17. Control del vehículo o de animales.
1. Los conductores deberán estar en todo momento en condiciones de controlar sus vehículos o animales.
Al aproximarse a otros usuarios de la vía, deberán adoptar las precauciones necesarias para su seguridad, especialmente cuando se trate de niños, ancianos, invidentes u otras personas manifiestamente impedidas (artículo 11.1 del texto articulado).



Pongamos que se da por buena dicha intervención/denuncia..... despues... que??


....esto es como cuando se denunciaba por circular en motocicleta/ciclomotor por hacerlo sin utilizar casco PERO la norma no contemplaba la inmovilización del vehículo.... que se le denunciaba pero se marchaba igual que se le paró.


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