Insultar a un policía se podrá multar con hasta 30.000 euros

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Insultar a un policía se podrá multar con hasta 30.000 euros

Notapor TTM » Sab Nov 23, 2013 8:14 pm


Lanza Destellos Panel Vehiculo

99 euros
militariapiel.es
Jopare tienes razon soy todo un nazi por pretender eso :(( me doy asco!!
TTM
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Re: Insultar a un policía se podrá multar con hasta 30.000 e

Notapor angelitocustodio » Mié Nov 27, 2013 10:13 am


¿Quieres ser Policía Nacional?

Prepárate con los mejores
joyfepolferes.es
http://www.laopinioncoruna.es/noticias- ... adana.html
Veintiún años después de la llamada 'ley Corcuera', polémica por la conocida como "la patada en la puerta" que el Tribunal Constitucional tumbó, el Gobierno de Mariano Rajoy prepara una nueva Ley de Seguridad Ciudadana, cuyo anteproyecto verá previsiblemente el Consejo de Ministros el próximo viernes.

Un texto redactado en paralelo a la reforma del Código Penal y que pretende compensar la eliminación de la mayoría de las infracciones penales tipificadas como faltas, que con la nueva Ley de Seguridad Ciudadana pasarían a considerarse infracciones administrativas de carácter muy grave, grave o leve.

La propuesta inicial de Interior incluye, entre otros supuestos, las siguientes infracciones muy graves y graves:


Infracciones muy graves: Multadas con entre 30.001 a 600.000 euros.


- La grabación y difusión de imágenes de agentes de las fuerzas de seguridad en el ejercicio de su trabajo que atenten contra el derecho a su honor o su imagen y que puedan poner en peligro su seguridad o la de la intervención policial correspondiente.

- La perturbación grave del orden en actos públicos, religiosos, deportivos o espectáculos de otro tipo.

- Las concentraciones no comunicadas ante instituciones del Estado como el Congreso, el Senado, los parlamentos autonómicos o los altos tribunales, aunque en ese momento no tengan actividad.

- Las protestas no comunicadas o prohibidas ante infraestructuras críticas, como centrales nucleares o pistas de aeropuerto.

- Los escraches o actos de acoso a cargos públicos. La ley contemplará que la Policía pueda establecer un perímetro de seguridad que no deben sobrepasar los concentrados.

- Deslumbrar con dispositivos tipo láser a conductores de tren, metro o pilotos.


Infracciones graves: Multadas con entre 1.001 a 30.000 euros


- Alterar el orden público encapuchado o con cualquier elemento que dificulte la identificación.

- Amenazar, coaccionar, vejar e injuriar a los agentes de las fuerzas de seguridad cuando estén velando por el mantenimiento del orden público, por ejemplo en manifestaciones u otro tipo de protestas.

- El ofrecimiento, la solicitud, la negociación y la aceptación de los servicios de prostitución en las proximidades de zonas infantiles, como parques o colegios, o en lugares donde se ponga en peligro la seguridad vial, como los arcenes. Lo que significa que podrán ser sancionados tanto los clientes como quien ejerza la prostitución.

Interior deja claro que la prostitución como tal no se sanciona y que se multará en esos supuestos por la vulnerabilidad del lugar.

- La tenencia ilícita, el transporte, el abandono de la droga o de los útiles para su preparación, así como plantar y cultivar estupefacientes como la marihuana aunque no sea para traficar.

- El botellón cuando perturbe gravemente la tranquilidad ciudadana y cuando no esté autorizado por la administración correspondiente.

- La conducción de cundas o taxi de las drogas que trasladan a drogadictos a los lugares de compra de estupefacientes.

- Los daños a mobiliario urbano como marquesinas, papeleras o contenedores, así como los actos vandálicos a servicios públicos.

- Obstaculizar la vía pública con neumáticos u otros enseres que impidan la normal circulación de vehículos y personas.

- Escalar como acción de protesta edificios públicos o precipitarse desde los mismos.

La nueva ley, que tendrá 55 artículos frente a los 39 de la todavía vigente, define la seguridad ciudadana y establece la obligatoria colaboración de la seguridad privada o de los detectives.

Además, regula las diligencias de cacheo e identificación siguiendo las recomendaciones de la defensora del pueblo para que estas no se practiquen por razón de raza.

También abre la posibilidad de que los agentes puedan llevarse el DNI de la persona a la que quieran identificar para comprobar si el documento es falso.

Hasta ahora, con mostrarlo era suficiente, lo que ha sido aprovechado por algunos para eludir un mayor control al alegar que el DNI es personal e intransferible.
angelitocustodio
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Re: Insultar a un policía se podrá multar con hasta 30.000 e

Notapor angelitocustodio » Mié Nov 27, 2013 10:15 am


Gc Edicion 175 Aniversario

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Veintiún años después de la llamada 'ley Corcuera', polémica por la conocida como "la patada en la puerta" que el Tribunal Constitucional tumbó, el Gobierno de Mariano Rajoy prepara una nueva Ley de Seguridad Ciudadana, cuyo anteproyecto verá previsiblemente el Consejo de Ministros el próximo viernes.

Un texto redactado en paralelo a la reforma del Código Penal y que pretende compensar la eliminación de la mayoría de las infracciones penales tipificadas como faltas, que con la nueva Ley de Seguridad Ciudadana pasarían a considerarse infracciones administrativas de carácter muy grave, grave o leve.

La propuesta inicial de Interior incluye, entre otros supuestos, las siguientes infracciones muy graves y graves:


Infracciones muy graves: Multadas con entre 30.001 a 600.000 euros.


- La grabación y difusión de imágenes de agentes de las fuerzas de seguridad en el ejercicio de su trabajo que atenten contra el derecho a su honor o su imagen y que puedan poner en peligro su seguridad o la de la intervención policial correspondiente.

- La perturbación grave del orden en actos públicos, religiosos, deportivos o espectáculos de otro tipo.

- Las concentraciones no comunicadas ante instituciones del Estado como el Congreso, el Senado, los parlamentos autonómicos o los altos tribunales, aunque en ese momento no tengan actividad.

- Las protestas no comunicadas o prohibidas ante infraestructuras críticas, como centrales nucleares o pistas de aeropuerto.

- Los escraches o actos de acoso a cargos públicos. La ley contemplará que la Policía pueda establecer un perímetro de seguridad que no deben sobrepasar los concentrados.

- Deslumbrar con dispositivos tipo láser a conductores de tren, metro o pilotos.


Infracciones graves: Multadas con entre 1.001 a 30.000 euros


- Alterar el orden público encapuchado o con cualquier elemento que dificulte la identificación.

- Amenazar, coaccionar, vejar e injuriar a los agentes de las fuerzas de seguridad cuando estén velando por el mantenimiento del orden público, por ejemplo en manifestaciones u otro tipo de protestas.

- El ofrecimiento, la solicitud, la negociación y la aceptación de los servicios de prostitución en las proximidades de zonas infantiles, como parques o colegios, o en lugares donde se ponga en peligro la seguridad vial, como los arcenes. Lo que significa que podrán ser sancionados tanto los clientes como quien ejerza la prostitución.

Interior deja claro que la prostitución como tal no se sanciona y que se multará en esos supuestos por la vulnerabilidad del lugar.

- La tenencia ilícita, el transporte, el abandono de la droga o de los útiles para su preparación, así como plantar y cultivar estupefacientes como la marihuana aunque no sea para traficar.

- El botellón cuando perturbe gravemente la tranquilidad ciudadana y cuando no esté autorizado por la administración correspondiente.

- La conducción de cundas o taxi de las drogas que trasladan a drogadictos a los lugares de compra de estupefacientes.

- Los daños a mobiliario urbano como marquesinas, papeleras o contenedores, así como los actos vandálicos a servicios públicos.

- Obstaculizar la vía pública con neumáticos u otros enseres que impidan la normal circulación de vehículos y personas.

- Escalar como acción de protesta edificios públicos o precipitarse desde los mismos.

La nueva ley, que tendrá 55 artículos frente a los 39 de la todavía vigente, define la seguridad ciudadana y establece la obligatoria colaboración de la seguridad privada o de los detectives.

Además, regula las diligencias de cacheo e identificación siguiendo las recomendaciones de la defensora del pueblo para que estas no se practiquen por razón de raza.

También abre la posibilidad de que los agentes puedan llevarse el DNI de la persona a la que quieran identificar para comprobar si el documento es falso.

Hasta ahora, con mostrarlo era suficiente, lo que ha sido aprovechado por algunos para eludir un mayor control al alegar que el DNI es personal e intransferible.
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Re: Insultar a un policía se podrá multar con hasta 30.000 e

Notapor astartes » Mié Nov 27, 2013 11:57 am



foropolicia.es
Los escraches sólo son ilegales si se realizan contra políticos, si se realizan contra "civiles" no, lo cual ya me mosquea...y que se multe a la gente que insulta a las FCS pero sólo si es en manifestaciones o similares -que casualidad,casi todas las manifestaciones actuales son en contra de la clase política actual- me toca la moral, si le insulto en un día normal en otro tipo de actuación ya no merezco sufrir tanta multa, que eso a los politicuchos no les afecta.

Mientras tanto, seguimos viendo día si y día también como agresiones y atentados contra las FCS se reducen a meras faltas y los agresores salen de los juzgados por donde han entrado sin que les pase nada. Demagogia pura.
7º mandamiento : Como infante de marina mi misión será sagrada, en su cumplimiento venceré o moriré
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Re: Insultar a un policía se podrá multar con hasta 30.000 e

Notapor tilojuro » Mié Nov 27, 2013 1:32 pm


Cartera Guardia Civil

Fabricada en piel de vacuno
enpieldeubrique.com
astartes escribió:
Mientras tanto, seguimos viendo día si y día también como agresiones y atentados contra las FCS se reducen a meras faltas y los agresores salen de los juzgados por donde han entrado sin que les pase nada. Demagogia pura.



El problema no está en la ley, tenemos una legislación muy completa, tanto en seguridad ciudadana como en extranjería etc, el problema es la justicia , desde la fase de instrucción ya un juez es dios y un delito tipificado con cárcel como puede ser dar un puñetazo a un policía lo rebaja a falta porque le sale de los mismísimos al miembro de jueces por la democracia, multándolo con los famosos 90 eur.

pasa lo mismo en extranjería, la ley que tenemos es muy completa, pero no se aplica correctamente, por lo que un extranjero con numerosos antecedentes o que tenga muchas actas de droga por ejemplo, que la misma ley conlleva duras sanciones, no le pasa nada en la práctica.

por consiguiente por más que endurezcan la ley no se va a conseguir nada ya que los que hacen y deshacen en los juzgados seguirán igual.
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Re: Insultar a un policía se podrá multar con hasta 30.000 e

Notapor astartes » Mié Nov 27, 2013 3:33 pm


tilojuro escribió:
astartes escribió:
Mientras tanto, seguimos viendo día si y día también como agresiones y atentados contra las FCS se reducen a meras faltas y los agresores salen de los juzgados por donde han entrado sin que les pase nada. Demagogia pura.



El problema no está en la ley, tenemos una legislación muy completa, tanto en seguridad ciudadana como en extranjería etc, el problema es la justicia , desde la fase de instrucción ya un juez es dios y un delito tipificado con cárcel como puede ser dar un puñetazo a un policía lo rebaja a falta porque le sale de los mismísimos al miembro de jueces por la democracia, multándolo con los famosos 90 eur.

pasa lo mismo en extranjería, la ley que tenemos es muy completa, pero no se aplica correctamente, por lo que un extranjero con numerosos antecedentes o que tenga muchas actas de droga por ejemplo, que la misma ley conlleva duras sanciones, no le pasa nada en la práctica.

por consiguiente por más que endurezcan la ley no se va a conseguir nada ya que los que hacen y deshacen en los juzgados seguirán igual.


Completamente de acuerdo, por eso seguir tocando al ley me parece absurdo si luego la aplican como les sale de las narices...

Acaban de dar la sentencia de los tartazos a un político, dos años de cárcel a cada una de las personas que le tiró una tarta de merengue.

Compararlo con las penas que le caen a los que agreden día sí y día también a los miembros de las FCS, con armas mucho más peligrosas que una simple tarta,y saquemos nuestras propias conclusiones.
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Re: Insultar a un policía se podrá multar con hasta 30.000 e

Notapor Mobilette » Mié Nov 27, 2013 4:02 pm


never mind
Última edición por Mobilette el Sab Dic 07, 2013 1:50 am, editado 2 veces en total
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Re: Insultar a un policía se podrá multar con hasta 30.000 e

Notapor Jopare » Jue Nov 28, 2013 8:53 am


DEPOL Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
de-pol.es
Interior corrige la ‘ley Fernández’ tras las críticas políticas y sociales

La Comisión de Secretarios de Estado y Subsecretarios corrigió ayer algunas de las sanciones previstas en el anteproyecto de Ley para la Protección de la Seguridad Ciudadana, además de haber introducido algunos matices para controlar más la actuación de los policías cuando cursen denuncias contra quienes participen en manifestaciones callejeras o reuniones. Por ejemplo, el nuevo redactado rebaja de “muy grave” a “grave” la conducta de quienes asistan a concentraciones no comunicadas ante el Congreso, el Senado, los Parlamentos autonómicos y otras instituciones. También reduce de “grave” a “leve” las amenazas o insultos a los antidisturbios, lo que supone en ambos casos una fuerte disminución de la cuantía de las sanciones. La incorporación de algunas cautelas suaviza el tinte policial del proyecto normativo.



El ministro del Interior, Jorge Fernández, tiene previsto llevar mañana la ley de Seguridad Ciudadana al Consejo de Ministros para su aprobación antes de enviarla al Congreso para su debate. Según fuentes del ministerio, el borrador aún puede sufrir alguna modificación más. La Comisión de Secretarios de Estado y Subsecretarios ya pulió ayer algunos de los puntos que han generado más críticas políticas, jurídicas y ciudadanas. Pese a esos retoques, el proyecto legislativo mantiene íntegramente su esencia y sigue contemplando duras multas de tipo gubernativo —sin ningún control judicial— contra las que es más caro presentar recurso.

La semana pasada, la mayoría de los partidos de oposición, así como colectivos judiciales y sociales se lanzaron en tromba contra la ley. Las críticas parecen haber surtido efecto en algunos aspectos. El ministro Fernández aseguró ayer que está “abierto a todo tipo de sugerencias” del Consejo de Estado, del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y las que resulten de la tramitación parlamentaria de la ley.



El proyecto contempla infracciones muy graves (multadas con entre 30.001 euros y 600.000); infracciones graves (de 1.001 euros a 30.000) e infracciones leves (sancionadas de 100 a 1.000 euros).

Entre las más graves se mantienen la perturbación muy grave de la seguridad ciudadana en actos públicos, espectáculos deportivos o culturales y en solemnidades y oficios religiosos; las reuniones o manifestaciones en infraestructuras críticas (aeropuertos, estaciones, centrales eléctricas...); la convocatoria de reuniones con finalidad coactiva en jornadas preelectorales; y deslumbrar con rayos láser a pilotos de avión y conductores de tren o autobús.

En esta categoría de infracciones muy graves estaban en el borrador inicial las manifestaciones no comunicadas ante el Congreso y la perturbación en actos públicos, deportivos o religiosos. Ambos supuestos pasan ahora a ser graves. También rebaja la tipificación de muy graves a leves para los insultos a policías, así como la difusión de imágenes que atenten contra su honor o su seguridad, aunque garantiza el trabajo de fotoperiodistas y cámaras.

El proyecto apenas ha sufrido alteraciones respecto a lo que considera faltas graves, además de las que ahora han sido incorporadas a ese capítulo. Entre estas conductas están: alterar el orden haciéndolo encapuchado; ofrecer, solicitar, negociar o aceptar servicios de prostitución cerca de colegios; cultivar o transportar estupefacientes; hacer botellón que perturbe la tranquilidad ciudadana; la conducción de cundas (taxis de la droga); escalar edificios públicos como acción de protesta u obstaculizar la calle con neumáticos u otros objetos.


Otro de los puntos polémicos de la ley es el que faculta a la policía a establecer perímetros de seguridad para vetar el paso de coches o personas por una zona. Ahora, se ha introducido una coletilla: “Cuando existan indicios racionales de que pueda producirse una alteración” y “por el tiempo mínimo imprescindible”.

Lo mismo sucede con la facultad de que la policía registre coches o haga cacheos personales, ya que al artículo se le ha añadido una caución: “Cuando tengan conocimiento fundado” de que en acto puede haber personas con armas u objetos peligrosos.

El proyecto también prevé medidas de seguridad “extraordinarias”, como el cierre de locales o la prohibición del paso de personas o la retención de las mismas. Pero se detalla que “emergencia será aquella situación de riesgo sobrevenida por un evento que pone en peligro inminente a personas o bienes y exige una actuación rápida por parte de la autoridad o de sus agentes” para evitar o mitigar sus efectos.

Las denuncias de los policías tienen presunción de veracidad y, por tanto, es el denunciado quien debería demostrar que lo dicho por los agentes es inveraz. Sin embargo, en la futura ley Fernández se ha introducido ahora una cautela que obliga a los policías a “aportar todos los elementos probatorios que sean posibles sobre el hecho denunciado”.



Respecto a la identificación de personas en la vía pública, la Comisión de Secretarios de Estado añadió ayer que esto podrán hacerlo cuando eso sea “razonablemente necesario por haberse cometido una infracción o para prevenir su comisión”. También podrán ser “retenidos” quienes se nieguen a identificarse o no puedan ser identificados.

Interior prevé también crear un nuevo fichero de infractores de la Ley de Seguridad Ciudadana, a fin de “apreciar la reincidencia y valorarla” a efectos de conceder a alguno de los fichados autorizaciones administrativas que repercutan directamente sobre la seguridad ciudadana.





Enlance: http://politica.elpais.com/politica/201 ... 64040.html
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Re: Insultar a un policía se podrá multar con hasta 30.000 e

Notapor travent » Jue Nov 28, 2013 4:47 pm


Chaleco Balistico Sioen Sk1-6

790?
materialpolicial.com
Acabo de mirar el anteproyecto y aparte de bajar los insultos a la policía a falta leve, solo es de aplicación en las manifestaciones. A los demás nos pueden insultar grabar y vejar sin problema.
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Re: Insultar a un policía se podrá multar con hasta 30.000 e

Notapor lucus » Jue Nov 28, 2013 5:20 pm



intervencionpolicial.com
travent escribió:Acabo de mirar el anteproyecto y aparte de bajar los insultos a la policía a falta leve, solo es de aplicación en las manifestaciones. A los demás nos pueden insultar grabar y vejar sin problema.

Me lo olía venir, si alguien me puede explicar esta diferenciación de un insulto a un agente en una protesta o manifestación con el insulto en un servicio cualquiera en Seguridad Ciudadana que me lo diga, porque estoy alucinando.
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Re: Insultar a un policía se podrá multar con hasta 30.000 e

Notapor ferru sanma » Jue Nov 28, 2013 6:41 pm


Academia Acceso Cnp

sector115.es
travent escribió:Acabo de mirar el anteproyecto y aparte de bajar los insultos a la policía a falta leve, solo es de aplicación en las manifestaciones. A los demás nos pueden insultar grabar y vejar sin problema.


Hay una que contempla las vejaciones e insultos en reuniones y/o manifestaciones como dices y otra falta leve que regula las "vejaciones, amenazas, coacciones, injurias en vías públicas que produzcan alteraciones de la seguridad ciudadana". También están "las manifestaciones públicas efectuadas a través de cualquier medio de difusión cuya finalidad sea las injurias o calumnias...".

Así que yo entiendo que se puede aplicar tanto en manifestaciones, reuniones o individuos aislados. Así como las producidas de viva voz como las publicadas en internet.

No hablemos ya de las calificadas como graves, donde incluyen: la desobediencia, la negativa a identificarse, dar datos falsos en identificaciones etc y las leves: botellón, perdida de documentación...

http://www.eldiario.es/politica/DOCUMEN ... 30318.html
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Re: Insultar a un policía se podrá multar con hasta 30.000 e

Notapor SMZ » Jue Nov 28, 2013 8:29 pm


La veo una ley contundente y que aclara muchas cosas.

Habrá que ver si dejan alguna laguna al quitar las faltas.

En la nueva 1/92 solo se prevee las injurias durante una reunión o concentración, asi que a ver como se procede en una actuación rutinaria si quitan las faltas...
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Re: Insultar a un policía se podrá multar con hasta 30.000 e

Notapor lucus » Jue Nov 28, 2013 8:30 pm


Curso Oposición a la Ertzaintza

Original. Más Fácil. Online.
nola2hurtu.eus
Ok Ferru sanma, esperemos a su aprobación para después desarrollar sus posibles aplicaciones. Un saludo
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Re: Insultar a un policía se podrá multar con hasta 30.000 e

Notapor ferru sanma » Jue Nov 28, 2013 9:27 pm


SMZ escribió:La veo una ley contundente y que aclara muchas cosas.

Habrá que ver si dejan alguna laguna al quitar las faltas.

En la nueva 1/92 solo se prevee las injurias durante una reunión o concentración, asi que a ver como se procede en una actuación rutinaria si quitan las faltas...


Yo no lo entiendo así, lee el borrador.
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Re: Insultar a un policía se podrá multar con hasta 30.000 e

Notapor travent » Jue Nov 28, 2013 10:10 pm


Fundas Para Grilletes Desde 7?

En cordura o piel, 30 modelos
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Esta ley si se aprueba tal como esta, sigue sin dar solución a los insultos y menosprecio en cualquier intervención normal. Al igual que en la actual ,no hay nada que sancione la faltas de respeto, y además quitan la sanción de provocar reacciones en el publico que puede alterar la seguridad ciudadana que se puede utilizar cuando te echan a la gente encima en una intervención numerosa, el problema es que si quitan las faltas tampoco se podrá denunciar vía penal.
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