Inmunidad diplomática

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Inmunidad diplomática

Notapor Chanquete » Mar Nov 21, 2006 12:38 am


Quería haceros una consulta.

Tuvimos una intervención en la que el implicado en un delito flagrante contra la seguridad del tráfico era diplomático miembro de una embajada. No se procedió a su detención, ya que estaba perfectamente documentado y no vi muy claro si realmente era conveniente. Se avisó a la embajada, se realizó prueba de alcoholemia (positiva), le dejamos en el lugar con su compañero del CD (informándole de la responsabilidad asumida en caso de que su amigo volviera a utilizar el vehículo) y nos dirigimos a dependencias a comparecer.

Nunca se me había dado un caso parecido, y me preguntaba cuáles son exactamente los privilegios de la inmunidad diplomática en caso de flagrante delito que no sea delito de sangre. Bueno y ya puestos también en el resto de delitos.

Ah, y también me preguntaba si es necesario hacer constar en la comparecencia la lectura de derechos al imputado no detenido según el 520 de la LECrim, porque más tarde me di cuenta de que no se había puesto dicha coletilla y tampoco sé si puede suponer un problema (fallo mío, pero a esas horas ya estaba muuuy dormido)

Un saludo
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Re: Inmunidad diplomática

Notapor lince » Mar Nov 21, 2006 1:08 am


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nola2hurtu.eus
Chanquete escribió:Quería haceros una consulta.

Tuvimos una intervención en la que el implicado en un delito flagrante contra la seguridad del tráfico era diplomático miembro de una embajada. No se procedió a su detención, ya que estaba perfectamente documentado y no vi muy claro si realmente era conveniente. Se avisó a la embajada, se realizó prueba de alcoholemia (positiva), le dejamos en el lugar con su compañero del CD (informándole de la responsabilidad asumida en caso de que su amigo volviera a utilizar el vehículo) y nos dirigimos a dependencias a comparecer.

Nunca se me había dado un caso parecido, y me preguntaba cuáles son exactamente los privilegios de la inmunidad diplomática en caso de flagrante delito que no sea delito de sangre. Bueno y ya puestos también en el resto de delitos.

Ah, y también me preguntaba si es necesario hacer constar en la comparecencia la lectura de derechos al imputado no detenido según el 520 de la LECrim, porque más tarde me di cuenta de que no se había puesto dicha coletilla y tampoco sé si puede suponer un problema (fallo mío, pero a esas horas ya estaba muuuy dormido)

Un saludo


En el aeropuerto no podemos ni siquiera registrarles el equipaje, osea, si llevase algo (algún tipo de sustancia estupefaciente y/o elementos necesarios que declarar como dinero, joyas, etc) y, previamente, no lo ha visto nuestro grupo de escáner, antes de depositar el equipaje en las cintas de éstos, se lo lleva sin más y se ríe en nuestra cara y, si se viese en el escáner, ya veríamos. Son prácticamente intocables, yo no los detendría incluso en caso de flagrante delito exceptuando, como tú dices, si es de sangre, porque el marrón puede ser considerable.
Lo de la lectura de derechos si que es necesario.
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Notapor metro123 » Mar Nov 21, 2006 2:30 am


La inmunidad diplomática es una antiquísima costumbre, conocida desde los egipcios (aunque no siempre respetada) que posibilita las relaciones entre Estados.

Modernamente se reguló por el Congreso de Viena de 1815, y de forma contemporanea por las Convenciones de Viena de 1961 y 1963.

Incluye también la protección a la sedes diplomáticas bajo la extraterritorialidad, y la inviolabilidad de la valija diplomática.

Todos la respetan, tanto por ser Tartados internacionales suscritos por todos, como por cuestión de reciprocidad. En España, tales Convenios fueron ratificados, y de acuerdo con la Constitución forman parte de nuestro ordenamiento jurídico.

Se aplica tanto a Estados como a organismos internacionales, como la ONU y sus agencias, el Consejo de Europa, etc...

La inmunidad diplomática afecta al Código Penal, y no puede juzgarse a nadie sin solicitarlo al Estado de origen. Este puede levantar la inmunidad si lo desea, pero no está obligado. A cambio, el Estado receptor puede expulsarlo o pedir su relevo.

Con la declaración de valija diplomática pueden proteger cualquier cosa, desde espionaje, drogas o armas, como ocurría durante la guerra fria (y ha ocurrido siempre). Es inviolable, y el funcionario que lo haga comete una infracción muy grave.
Si aceptas el sacrificio, el esfuerzo con constancia, la rectitud sin medida, perdonar con gallardía, exigir con humildad, ayudar sin interés, enseñar con agrado, atesorando honradez, lealtad, audacia, paciencia y sabiduría, serás VIGILANTE
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Re: Inmunidad diplomática

Notapor nitrotus » Mar Nov 21, 2006 11:36 am


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lince escribió:En el aeropuerto no podemos ni siquiera registrarles el equipaje, osea, si llevase algo (algún tipo de sustancia estupefaciente y/o elementos necesarios que declarar como dinero, joyas, etc) y, previamente, no lo ha visto nuestro grupo de escáner, antes de depositar el equipaje en las cintas de éstos, se lo lleva sin más y se ríe en nuestra cara y, si se viese en el escáner, ya veríamos. Son prácticamente intocables, yo no los detendría incluso en caso de flagrante delito exceptuando, como tú dices, si es de sangre, porque el marrón puede ser considerable.
Lo de la lectura de derechos si que es necesario.


jajajaja que ironias no¿?y a mi me registran todo y me hacen meter los envases de menos de 100ml en bolsitas y los de más de 100ml los tiro....joe menos mal que estamos en una sociedad de igualdad y dercho.....Y donde se pide eso de inmunidad diplomatica¿? je je je :wink:

Fuera bromas, por mucha inmunidad si el tio iba borracho deberia tener el mismo trato que cualquier ciudadano..y en el aeropuerto idem de lo mismo :evil: :evil: :evil: :evil: :evil:
Un saludo!!
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Notapor lince » Mar Nov 21, 2006 12:03 pm


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Metro123 escribió: "Con la declaración de valija diplomática pueden proteger cualquier cosa, desde espionaje, drogas o armas, como ocurría durante la guerra fria (y ha ocurrido siempre). Es inviolable, y el funcionario que lo haga comete una infracción muy grave."

Así es exactamente compañero.


Extraduro escribió: "jajajaja que ironias no¿?y a mi me registran todo y me hacen meter los envases de menos de 100ml en bolsitas y los de más de 100ml los tiro....joe menos mal que estamos en una sociedad de igualdad y dercho.....Y donde se pide eso de inmunidad diplomatica¿? je je je."

Lo de los envases de líquidos de más de 100 ml es diferente, eso pasa en los filtros de seguridad (los que tienes que pasar cuando vas a coger un avión para volar) que ahí todo el mundo tiene que respetar las normas; y, lo que yo te digo, es en las salas de recogida de equipaje (una vez has llegado procedente de un vuelo) que es donde estamos la Guardia Civil de Fiscal para registrar equipajes en busca de elementos de contrabando.
Para que no les "miremos" el equipaje con enseñar el pasaporte diplomático basta y, como dice Metro te puedes comer un buen marrón si lo haces. Hace pocos días, un compañero en una de las Aduanas Internacionales de Barajas le pidió a un pasajero procedente de Bolivia (vuelo muy caliente, osea, uno de los más probables de encontrar droga en él) que pasara el equipaje por el escáner y, al ver algo raro le pidió que lo depositara en unas mesas especiales que tenemos allí para realizar la inspección manual, el pasajero lo puso en las mesas y abrió la maleta y, justo cuando mi compi, fue a meter las manos en ella, éste le sacó el pasaporte diplomático y le tuvo que dejar marchar. Encima algunos son chulos y esperan al final para identificarse para buscarte un problema.
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Notapor nitrotus » Mar Nov 21, 2006 2:08 pm


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lince escribió:Hace pocos días, un compañero en una de las Aduanas Internacionales de Barajas le pidió a un pasajero procedente de Bolivia (vuelo muy caliente, osea, uno de los más probables de encontrar droga en él) que pasara el equipaje por el escáner y, al ver algo raro le pidió que lo depositara en unas mesas especiales que tenemos allí para realizar la inspección manual, el pasajero lo puso en las mesas y abrió la maleta y, justo cuando mi compi, fue a meter las manos en ella, éste le sacó el pasaporte diplomático y le tuvo que dejar marchar. Encima algunos son chulos y esperan al final para identificarse para buscarte un problema.


Pues no lo veo un trato justo :evil: :evil: :evil: :evil: :evil: , haber y si el tio llevaba droga o cualquier cosa en la maleta que¿? por ser diplomatico se libra y se rie en nuestra cara¿? :evil: :evil: :evil: vaya vaya.... republica bananera :evil: :evil: :evil: :evil: :evil:
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Notapor KELO » Mar Nov 21, 2006 2:37 pm


Curso Online Psicotécnicos

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OK, !oido cocina! Si toca diplomático o similar, a mirar para otro lado, que a fin de mes hay que pagar el crédito del piso, el del coche, la guardería, la compra, ...

!QUE VERGÜENZA! los políticos, ya desde la antigüedad se rien del pueblo llano.
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solo una cosa que decir

Notapor elfo241 » Mar Nov 21, 2006 5:21 pm


Edición 175 Aniversario Gc

45
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solo tengo una cosa que decir :boquiabierto:
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"Si vis pacem para bellum" Si quereis la paz, preparate para la guerra.
Tened cuidado ahí fuera.
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Notapor metro123 » Mar Nov 21, 2006 6:05 pm



foropolicia.es
Estas servidumbres son las que posibilitan que incluso entre paises enfrentados pueda haber relaciones diplomáticas que limen asperezas.

Y que los nacionales de un pais que vivan en otros puedan estar atendidos.

El precio a pagar es pequeño, y al fin y al cabo no todos se aprovechan de su estatus (al menos para delinquir).
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Notapor Borken » Mar Nov 21, 2006 6:12 pm


Cartera Mossos D`esquadra

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metro123 escribió:Estas servidumbres son las que posibilitan que incluso entre paises enfrentados pueda haber relaciones diplomáticas que limen asperezas.

Y que los nacionales de un pais que vivan en otros puedan estar atendidos.

El precio a pagar es pequeño, y al fin y al cabo no todos se aprovechan de su estatus (al menos para delinquir).


Efectivamente, el precio es pequeño. Por norma general, el número de delitos cometidos por agentes consulares es mínimo por no decir ninguno. Y en cualquier caso, el no poder detener no quiere decir que no sean responsables de sus actos. Puede que sean inmunes a la jurisdicción penal del país donde estén destinados, pero el Estado a que representan responde de la actuación de sus agentes diplomáticos en relación a posibles responsabilidades civiles por sus actos. Y además, les puede condenar con arreglo a sus propias leyes, si hay Tratado con el país correspondiente.
PREPARACIÓN PARA EL ASCENSO A OFICIAL DE POLICÍA: http://www.foropolicia.es/foros/preparacion-ascenso-a-oficial-t78681.html

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