¿¿infracción de trafico + alcoholemia de 0.50 = DELITO???

Temas relacionados con la Legislación y la Jurisprudencia

Moderador: Moderadores Zonales

Reglas del Foro
Este foro está CERRADO, visita y participa en nuestro nuevo foro en: https://www.foropolicia.es.

Por decisión de la administración en este foro ya no se podrán escribir temas ni mensajes nuevos y solo permanecerá abierto a efectos de consulta. Si quieres saber los motivos de este cambio pincha aquí.

Para cualquier información, pregunta o duda puedes enviarnos un e-mail a info@foropolicia.es

¿¿infracción de trafico + alcoholemia de 0.50 = DELITO???

Notapor ruben12 » Jue Feb 06, 2014 3:29 pm



Materiales de alta calidad
materialpolicial.com
Pongo un ejemplo practico.

Observamos como un señor rebasa en fase roja dos semáforos, se procede a dar el alto y vemos como tiene síntomas de embriaguez por lo que se comisiona alcoholimetro dando como resultado en la prueba final 0.50. ¿En este caso en el que hay una infracción que afecte al trafico + una alcoholemia de mas de 0.25 y menos de 0.60 procede la detención?

Esta claro que si da como resultado mas de 0.60 es delito por lo que procede la detención (teniendo en cuenta el margen de error del alcoholimetro.)

Me han estado comentando que el caso que expongo si que es delito pero me gustaría saber mas opiniones y si colgarais el link de alguna sentencia mejor.

Muchas gracias.
ruben12
-Policía en Prácticas-
-Policía en Prácticas-
 
Mensajes: 32
Registrado: Dom Dic 05, 2010 3:58 pm

Re: ¿¿infracción de trafico + alcoholemia de 0.50 = DELITO??

Notapor elprincipe23 » Jue Feb 06, 2014 4:02 pm



intervencionpolicial.com
Me interesa mucho el tema ya que yo también he oído a compañeros cosas parecidas pero busco en la ley de tráfico y no encuentro nada, el otro día oí que sí provocabas un accidente y dabas positivo se instruía atestado, independiente de la tasa y ausencia de síntomas.

En el tema que comentas como quepa en el 380 temeridad manifiesta, aunque no haya alcoholemia ya que el 379 exige influencia de bebida, droga, etc.
El 381.1 manifiesto desprecio por la vida más temeridad manifiesta.
381.2 como el anterior pero sin peligro concreto.

Busco y no encuentro nada de ese delito, a ver si algún máquina de los que tenemos por aquí nos aclaran el tema
Avatar de Usuario
elprincipe23
Nivel: Básico -Policía-
Nivel: Básico -Policía-
 
Mensajes: 276
Registrado: Jue Sep 13, 2012 1:12 pm
Ubicación: En Mordor

Re: ¿¿infracción de trafico + alcoholemia de 0.50 = DELITO??

Notapor SEBASTIÁN » Jue Feb 06, 2014 7:29 pm


Academia Acceso Cnp

sector115.es
Como experto en la materia ( perito no titulado :lol: ) os aclaro :

entre 0,25 en aire ( lo que vemos en el aparato ) y 0,60 infracción administrativa.
entre 0,60 hacia arriba , delito
( entre 0,50 en aire y 0,60 se entiende que es administrativa y nunca penal )

Detalles : existe un circular de Fiscalía donde se dice que aunque los aparatos ( etilómetros evidenciales de precisión ) que están homologados y calibrados anualmente, puede existir un margen de error y que por lo tanto se imputará delito a partir de 0,65 ( aquello de "in dubio pro reo " , como se hace con los 400 euros de los hurtos )
En el caso de accidente o infracción y menos de 0,60 ( que los fiscales quieren que sea 0,65 ) es prácticamente imposible demostrar un delito ( influencia en la conducción ) salvo por ejemplo parte médico claro. hace pocas semanas unos compañeros imputaron tras accidente y con tasa de 0,35 y el fiscal en el juicio no llegó ni a formular acusaciones y quedó el conductor absuelto (sería en este caso infracción administrativa ) RESUMIENDO: EN ESTOS CASOS NO HAY DELITO.
Por otro lado existe una circular muy vieja de Fiscalía ( si alguien la encuentra que la remita, que doy premio ) donde se dice que en este tipo de delitos no se proceda a la detención del autor ( es decir , que no pase por calabozos , salvo "que no de fianza", y es que ¿ cómo vamos a hacer pasar por ese trance de la detención a un honrado ciudadano , tal vez famoso que se ha tomado un par de copas y cuyo abogado tras pasar por caja nos pondrá las cosas difíciles? ) Ello no quita para que tenga que realizar todas las diligencias pertinentes como someterse a las pruebas o incluso ser trasladado a dependencias policiales para hacer las pruebas.

El tema es más complicado todavía pero esto es lo básico .

Ya os pasaré los honorarios. :victoria:
PASO CORTO , VISTA LARGA Y MUCHA MUCHA MALA IDEA.
SEBASTIÁN
Nivel:Profesional -Inspector Jefe-
Nivel:Profesional -Inspector Jefe-
 
Mensajes: 2305
Registrado: Jue Nov 15, 2007 5:51 pm

Re: ¿¿infracción de trafico + alcoholemia de 0.50 = DELITO??

Notapor elprincipe23 » Jue Feb 06, 2014 11:54 pm


Jajaja muchas gracias :okguay:
Avatar de Usuario
elprincipe23
Nivel: Básico -Policía-
Nivel: Básico -Policía-
 
Mensajes: 276
Registrado: Jue Sep 13, 2012 1:12 pm
Ubicación: En Mordor

Re: ¿¿infracción de trafico + alcoholemia de 0.50 = DELITO??

Notapor PivE » Vie Feb 07, 2014 12:08 am


Curso Oposición a la Ertzaintza

Original. Más Fácil. Online.
nola2hurtu.eus
dar positivo y cometer una infracción de tráfico, es ya constitutivo de delito. Siempre y cuando el alcohol sea el causante de que esa persona cometa esa infracción. (Algo subjetivo a la percepción del agente). Tengo muchas detenciones y comparecencias en Plomo, que es donde esta la base de Atestados de los Municipales en Madrid. A estos efectos. La instrucción, la leí hace años. En Madrid es o era una práctica habitual.


Aclarar que todos los detenidos, más de 20 por estos hechos, (muchos años de hacer controles por la noche) han sido imputados y sancionados. Hablo de hace más de dos años del último. Nunca me objetaron nada.

También decir que la práctica habitual es la de imputado no detenido. Pero se puede detener.
Enviado desde mi GT-I9505 usando Tapatalk 2
Fuerza y Honor!
Avatar de Usuario
PivE
Nivel: Medio -Oficial de Policía-
Nivel: Medio -Oficial de Policía-
 
Mensajes: 646
Registrado: Vie May 09, 2008 1:33 am

Re: ¿¿infracción de trafico + alcoholemia de 0.50 = DELITO??

Notapor elprincipe23 » Vie Feb 07, 2014 3:17 pm


Si, nosotros normalmente imputamos en caso de dar 0,65 o más, pero si no hay síntomas y ante una tasa menor yo no veo delito, aunque haya infracción y o accidente
Avatar de Usuario
elprincipe23
Nivel: Básico -Policía-
Nivel: Básico -Policía-
 
Mensajes: 276
Registrado: Jue Sep 13, 2012 1:12 pm
Ubicación: En Mordor

Re: ¿¿infracción de trafico + alcoholemia de 0.50 = DELITO??

Notapor PivE » Vie Feb 07, 2014 7:23 pm


Kubotan Desde 10? - Desenfunda

desenfunda.com
Pues hay detenidos e imputados como panes por esos motivos

Enviado desde mi GT-I9505 usando Tapatalk 2
Fuerza y Honor!
Avatar de Usuario
PivE
Nivel: Medio -Oficial de Policía-
Nivel: Medio -Oficial de Policía-
 
Mensajes: 646
Registrado: Vie May 09, 2008 1:33 am

Re: ¿¿infracción de trafico + alcoholemia de 0.50 = DELITO??

Notapor SEBASTIÁN » Vie Feb 07, 2014 8:05 pm


HECKLER & KOCH SFP9

Creada para profesionales
uspsuministros.com
Hay que recordar que las instrucciones de Fiscalía no han de ser seguidas ciegamente ( hasta que cambien la Lecrim ) . Por encima está El Código Penal y la Lecrim . Por supuesto que se puede imputar , y detener a partir de 0,60 en aire espirado . Lo único es que la condena final llegará si se dan todos los requisitos ( recordemos que los imputados tienen derecho a Abogado , que los asesora )
Ahora, nadie nos puede acusar de una detención ilegal por este motivo "racionalmente bastante".
PASO CORTO , VISTA LARGA Y MUCHA MUCHA MALA IDEA.
SEBASTIÁN
Nivel:Profesional -Inspector Jefe-
Nivel:Profesional -Inspector Jefe-
 
Mensajes: 2305
Registrado: Jue Nov 15, 2007 5:51 pm

Re: ¿¿infracción de trafico + alcoholemia de 0.50 = DELITO??

Notapor prodigo » Sab Feb 08, 2014 12:07 am


Cartera Con Placa Escolta

militariapiel.es
HOl,a siento disentir. Hasta hace ocho años que cambié de plantilla, no teníamos aparato en la otra, y nunca pude aportar la tasa que llevaban las personas, pero si bajo mi opinion objetiva, hay una conducción efectiva influenciada por el alcohol, DELITO. Hay instrucciones de fiscalía muy bonitas, pero son eso, instrucciones, y para muestra un boton, el juez decano de mi partido judicial, dice que el que de 0.60 le imputemos, y que se defienda en la sala. Así que nosotros con 0.60 imputamos y al juzgado, siguiendo las ordenes de nuestro juez decano.
Sebastian, hay una instrucción de fiscalía, que dice que si la tasa es inferior a 0.25, la cual no es ni tan siquiera infracción administrativa, nunca podrá ser penal. Esa instrucción que mentas, no me suena, puede que sea anterior a mi, pero voy a bucear por mi PC, por que tengo muchas cosas,a ver que encuentro.
RESUMIENDO. yo no tengo en cuenta la tasa si veo que hay influencia en la conducción. y cuando digo influencia no es tener los ojos rojos.
Un salu2
Spoiler:
Código: Seleccionar todo
http://www.avast.com/get/TffZNBD0


Para cualquier cuestión relativa a la moderación, póngase en contacto vía MP con el moderador o con los webmasters.
Avatar de Usuario
prodigo
MODERADOR GLOBAL
MODERADOR GLOBAL
 
Mensajes: 3901
Registrado: Lun Nov 05, 2007 2:58 pm

Re: ¿¿infracción de trafico + alcoholemia de 0.50 = DELITO??

Notapor Duelsinth » Sab Feb 08, 2014 1:32 am


Curso Online ascenso a Oficial

joyfepolferes.es
Artículo 379 CP:

1. El que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora
en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será
castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de
trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación
del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

2. Con las mismas penas será castigado el que condujere un vehículo de motor o ciclomotor bajo la influencia
de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas. En todo caso será
condenado con dichas penas el que condujere con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60
miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro.


Centrándonos en el caso del alcohol.

La conducta típica consiste en conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas. No consiste en conducir con una determinada tasa de alcohol en aire espirado o en sangre. Por tanto no es requisito arrojar una determinada tasa para entender realizado el tipo.

Lo único que hace el CP es establecer una presunción "iuris et de iure" (es decir, que no admite prueba en contrario) según la cual conducir con unas determinadas tasas de alcohol (superiores a 0,60 mg/l en aire o a 1,2 g/l en sangre) significa conducir influenciado por el alcohol.

Es por ello que son perfectamente posibles, y de hecho se producen, condenas por este delito aún habiéndose realizado la prueba al conductor y habiendo arrojado ésta un resultado inferior a esas tasas. Lo importante es acreditar la conducción bajo una real y efectiva influencia del alcohol (Ej: determinados síntomas físicos + conducción errática/antirreglamentaria + causación de accidente).

Un saludo.
Avatar de Usuario
Duelsinth
Nivel: Básico -Policía-
Nivel: Básico -Policía-
 
Mensajes: 107
Registrado: Jue Abr 01, 2010 5:08 pm

Re: ¿¿infracción de trafico + alcoholemia de 0.50 = DELITO??

Notapor Azgz » Sab Feb 08, 2014 4:52 pm


Edición 175 Aniversario Gc

gafaspolicia.com
Breve esquema de actuación:

- Tasa hasta 0,40: Salvo influencia muy evidente se enfoca como infracción administrativa.

- Tasa entre 0,40 y 0,60: Para que exista delito tiene que haber influencia en la conducción, para ello deberemos dejar constancia de la sintomatología que presente el conductor así como la conducta que hayamos observado (conducción zigzagueante, excesivamente lenta, etc)
- Tasa entre 0,60 y 0,65: Si existe influencia en la conducción deberemos hacer incapié en la sintomatología y conducta observada ya que será difícil obtener una condena simplemente por la superacion de la tasa al encontrarnos con el tema de los márgenes de error del aparato.

- Tasa superior a 0,65: Aquí ya se puede instruir por la mera superación de la tasa, aunque nunca está de más hacer referencia a la sintomatologia.

En resumen no sólo se comete el delito por superar la tasa de 0,60, sino que también se comete el delito cuando existe influencia en la conducción, aunque la tasa sea más baja.

Un saludo
Avatar de Usuario
Azgz
Nivel: Medio -Oficial de Policía-
Nivel: Medio -Oficial de Policía-
 
Mensajes: 538
Registrado: Jue Ago 02, 2007 10:34 pm

Re: ¿¿infracción de trafico + alcoholemia de 0.50 = DELITO??

Notapor PivE » Sab Feb 08, 2014 6:34 pm



foropolicia.es
0.30 y saltarse un semaforo. Yo he detenido más de una vez, yo he conocido a gente que con 1.30 te hablan y se mueven como si se hubieran tomado dos cañas... la ley dice encontrarse bajo los efectos del alcohol. Con dar 0.26 ya se entiende que supera la tasa permitida y tiene influencia de este

Enviado desde mi GT-I9505 usando Tapatalk 2
Fuerza y Honor!
Avatar de Usuario
PivE
Nivel: Medio -Oficial de Policía-
Nivel: Medio -Oficial de Policía-
 
Mensajes: 646
Registrado: Vie May 09, 2008 1:33 am

Re: ¿¿infracción de trafico + alcoholemia de 0.50 = DELITO??

Notapor SEBASTIÁN » Sab Feb 08, 2014 7:55 pm


Cartera Mossos D`esquadra

Realizada en piel
enpieldeubrique.com
Os resumo a todos para que os quede claro : En parte tenéis razón, pero en los detalles está la profesionalidad.

Podéis imputar penalmente con cualquier tasa , pero para quedar como profesionales en un Juzgado aconsejo hacerlo a partir de 0,60 miligramos por litro de aire espirado en un etilómetro evidencial ( el grande, que expide tique ) . Además debéis intentar demostrar la influencia con una diligencia llamada de "prueba subjetiva" y no solamente saltarse un semáforo ( buscar en la página de COET ) Si hay un médico que certifique mejor.

La detención se puede hacer , pero se reserva para casos excepcionales como heridos o fallecidos en accidente , negativa a la prueba, atentado agentes etc ( detención , con grilletes y calabozo ) Al fin y al cabo lleva una pena máxima de seis meses de prisión .

Ejemplo: es como si estáis en una unidad de investigación de homicidios o antidroga y empezáis a detener y detener gente y la inmensa mayoría quedan absueltos . La mala fama en el Juzgado será que ni os cuento .
PASO CORTO , VISTA LARGA Y MUCHA MUCHA MALA IDEA.
SEBASTIÁN
Nivel:Profesional -Inspector Jefe-
Nivel:Profesional -Inspector Jefe-
 
Mensajes: 2305
Registrado: Jue Nov 15, 2007 5:51 pm

Re: ¿¿infracción de trafico + alcoholemia de 0.50 = DELITO??

Notapor Azgz » Sab Feb 08, 2014 11:23 pm


Madre mía!!! lo que hay que leer por aquí. :llorando: :llorando:
Avatar de Usuario
Azgz
Nivel: Medio -Oficial de Policía-
Nivel: Medio -Oficial de Policía-
 
Mensajes: 538
Registrado: Jue Ago 02, 2007 10:34 pm

Re: ¿¿infracción de trafico + alcoholemia de 0.50 = DELITO??

Notapor Usgo » Sab Feb 08, 2014 11:32 pm


Imagen
Usgo
Nivel:Profesional -Inspector Jefe-
Nivel:Profesional -Inspector Jefe-
 
Mensajes: 2323
Registrado: Vie Oct 10, 2008 1:56 am

Siguiente

Volver a Legislación y Jurisprudencia

¿Quién está conectado?

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 2 invitados