infracción administrativa menores de 14 años

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infracción administrativa menores de 14 años

Notapor romix69 » Sab Jun 09, 2012 6:12 pm



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hola, tengo la siguiente duda:

En la Instrucción 11/2007 del 12 de septiembre de la Secretaría de Estado de Seguridad, dice, en su artículo 3.3.4. lo siguiente:

3.3.4. En los casos de infracción administrativa por parte de estos menores, la actuación policial se reducirá a participar a sus padres, tutores o guardadores, o Entidad Pública de protección de menores, a la mayor brevedad, los hechos y circunstancias conocidas, con confección y remisión, en su caso, de a correspondiente denuncia.

Mi pregunta es muy básica:

¿Se pueden denunciar o no? porque por un lado dice que SE REDUCIRÁ A PARTICIPAR A SUS PADRES...LOS HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS CONOCIDAS,

y por otro lado, al final de artículo dice: CON CONFECCIÓN Y REMISIÓN, EN SU CASO, DE LA CORRESPONDIENTE DENUNCIA.

Gracias
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Re: infracción administrativa menores de 14 años

Notapor B.C.I. » Dom Jun 10, 2012 5:26 pm


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Instrucción 11/2007 del 12 de septiembre de la Secretaría de Estado de Seguridad escribió:3.3.4. En los casos de infracción administrativa por parte de estos menores, la actuación policial se reducirá a participar a sus padres, tutores o guardadores, o Entidad Pública de protección de menores, a la mayor brevedad, los hechos y circunstancias conocidas, con confección y remisión, en su caso, de la correspondiente denuncia.


Los menores de 14 años tienen responsabilidad administrativa (no así penal), por lo que en caso de incurrir en una de las primeras habrá que confeccionar la correspondiente propuesta e informar de inmediato a sus responsables legales.


Un saludo¡¡
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Re: infracción administrativa menores de 14 años

Notapor romix69 » Dom Jun 10, 2012 5:29 pm


¿de dónde has sacado ese extracto?
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Re: infracción administrativa menores de 14 años

Notapor B.C.I. » Dom Jun 10, 2012 5:33 pm


De tu anterior mensaje.
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Re: infracción administrativa menores de 14 años

Notapor romix69 » Dom Jun 10, 2012 5:39 pm


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vale gracias.
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Re: infracción administrativa menores de 14 años

Notapor mamsat » Dom Jun 10, 2012 8:01 pm



60?
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:confuso: ... :lol:
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Re: infracción administrativa menores de 14 años

Notapor siles228 » Mié Sep 19, 2012 3:06 pm



intervencionpolicial.com
Hola a todos, tengo una duda que se planteado en varios sitios, y foros de esta comunidad, pero qeu al final no consigo resolver. es la cuestion sobre la posibilidad de cachear a los menores de edad. Yo soy Local y sigo elprotocolo de mernoes de la SE 11/2007 el cual dice
6.1.4. Cuando sea necesario, conforme a la Ley, requerir la identidad de un menor de edad en las vías, lugares o establecimientos públicos y, en su caso, realizar un control superfi- cial sobre sus efectos personales para comprobar que no porta sustancias o instrumentos prohibidos o peligrosos:
a) Se le informará con claridad de los hechos que motivan la intervención y en qué va a consistir ésta.
b) Se evitará, en la medida de lo posible, la espectacularidad, el empleo de lenguaje du- ro, la violencia y la exhibición de armas.
c) Cuando las circunstancias lo permitan, se elegirá un lugar discreto fuera de la vista de curiosos.
d) Se pondrá lo antes posible en conocimiento de sus padres, tutores o guardadores siempre que de las circunstancias del entorno o de los hechos que originan la inter- vención pueda deducirse que existe riesgo para el menor.
6.1 .5. El cacheo policial a menores no detenidos se ajustará a lo dispuesto en la LECrim, limitándose a aquellos casos en que existan indicios racionales suficientes de que el menor podría ocultar entre sus ropas elementos o pruebas de la comisión de un hecho delictivo, es- pecialmente aquellos de naturaleza violenta, sexual o terrorista, procediéndose con arreglo a las prevenciones del apartado anterior.

Cuando se trata de delitos, no hay problema, pero cuando habla de infracciones administrativas, por ejemplo lleva una navaja, o una papelina, habla de registro de sus efectos personales. lo qeu veo es qeu en unlado dice cacheo y en otros registro personal. el tem es yo puedo cachear a un menor por infracciona administrativa o solo puedo registrar sus cosas, sin ponerlo contra la pared? muchas gracias
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