Ilegales las Comisiones 2010 de UBR

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Ilegales las Comisiones 2010 de UBR

Notapor Mahonei » Vie Sep 21, 2012 9:50 am



intervencionpolicial.com
Sindicato SIPE informa en su web:

http://www.sipe.es/asesoria/otros/2012/ ... %20_BR.htm
Los tribunales declaran ilegales las Comisiones de Servicios de 2010 en Brigada de Refuerzo.

21/09/12
Era cuestión de tiempo que los tribunales empezaran a anular las convocatorias de comisiones de servicio. Hace pocos días anulaba el recurso de un SubJefe contra una comisión forzosa y ahora llega la primera contra una convocatoria general. Esto no ha hecho más que empezar.
Siempre hemos dicho que las Comisiones de Servicio son una estafa, son un ataque contra los derechos de los funcionarios de la Ertzaintza porque aquí son la norma y no la excepción, y así se declara en la Sentencia.
La Sentencia se puede resumir en que antes de convocar unas plazas en Comisión de Servicios han de ser convocadas para su cobertura en propiedad, y solo si alguna queda vacante y es de carácter urgente su ocupación, se puede acudir a la forma excepcional que supone la Comisión de Servicios.
Para lo que les queda ya no dimitirán de sus cargos los responsables de semejante tropelía.
La Juez concluye su exposición, "En definitiva, los graves defectos de procedimiento advertidos en la presente convocatoria, derivados en primer lugar, de la inobservancia del carácter excepcional del proceso, y en segundo lugar, de la falta de configuración legal de las plazas convocadas a través del mecanismo de la RPT, conllevan la nulidad de la Resolución de 20 de octubre del 2010 por la que se convocaron Comisiones de Servicio para la denominada, Brigada de Refuerzo de la División de Seguridad Ciudadana. .

______________________________

Sentencia XXX/2012


La Sra. Dña. A.M.M.N., Magistrada del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 6 de BILBAO ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso contencioso-administrativo registrado con el número XXX/2011 y seguido por el procedimiento abreviado, en el que se impugna la Resolución presunta del recurso de alzada contra la resolución de 20/10/2010 por la que se aprueba la convocatoria de la comisión de servicios.

Han sido partes en dicho recurso, como recurrente D. Ertzaina_1 representado y dirigido por la Procuradora Dª I.J.E. y dirigido por el Letrado Don V.R.G. y como demandada el DEPARTAMENTO DE INTERIOR DEL GOBIERNO VASCO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

CUARTO.- En primer lugar, debemos hacer hincapie en el carácter excepcional de las Comisiones de servicios, habida cuenta que dicho carácter excepcional no puede generalizarse, convirtiendo en general lo que sólo puede ser puntual, porque ello supone una vulneración del art. 72.1. de la Ley de Policía del País Vasco, que contempla esta forma de provisión exclusivamente con carácter excepcional....

... El sistema de provisión a través de la comisión de servicios voluntaria, pretende reglar un proceso necesario de reajuste de efectivos, pero siempre tras haber concluido el procedimiento ordinario de provisión de puestos de trabajo y viene referido en consecuencia a los puestos que tras la conclusión de dicho concurso quedaron vacantes. en el presente caso, no consta la existencia de un concurso previo para cubrir dichas plazas vacantes en dicha Brigada de Refuerzo entre otras cuestiones porque dichas plazas no podían ofertarse en un concurso ordinario al no figurar en la RPT...

...La inexistencia de tales puestos en la RPT, y por tanto la indeterminación de los requisitos exigibles para su desempeño, constituyen una vulneración grave de las normas de procedimiento, que conlleva la nulidad de dicha convocatoria por vulneración del art. 62.1. de la ley 30/92, por lo que el recurso debe ser estimado.

En definitiva, los graves defectos de procedimiento advertidos en la presente convocatoria, derivados en primer lugar, de la inobservancia del carácter excepcional del proceso, y en segundo lugar, de la falta de configuración legal de las plazas convocadas a través del mecanismo de la RPT, conllevan la nulidad de la Resolución de 20 de octubre del 2010 por la que se convocaron Comisiones de Servicio para la denominada, Brigada de Refuerzo de la División de Seguridad Ciudadana.


Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
FALLO

1. Que debo estimar y estimó el presente recurso contencioso declarando no ajustada a derecho la Resolución de la Viceconsejera de Administración y Servicios en resolución del recurso de alzada presentado por don Ertzaina_1, ...

Se declara nula y no conforme a Derecho la Resolución de 20 de octubre de 2010.
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Si.P.E., tu mejor defensa; tu única opción.


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Re: Ilegales las Comisiones 2010 de UBR

Notapor txemi » Vie Sep 21, 2012 2:14 pm


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¡¡¡ QUE BONITO !!!... Y esto no es mas que la punta del iceberg.
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Notapor Legea » Sab Sep 22, 2012 3:05 am


:silbando: ...
Última edición por Legea el Sab Sep 22, 2012 10:00 am, editado 1 vez en total
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Re: Ilegales las Comisiones 2010 de UBR

Notapor Mahonei » Sab Sep 22, 2012 9:49 am


Curso Oposición a la Ertzaintza

Original. Más Fácil. Online.
nola2hurtu.eus
SIPE ya ha corregido la noticia y ha sustituido los puntos suspensivos del primer punto del fallo por una parte de información muy relevante:

FALLO

1. Que debo estimar y estimó el presente recurso contencioso declarando no ajustada a derecho la Resolución de la Viceconsejera de Administración y Servicios en resolución del recurso de alzada presentado por don Ertzaina_1, contra...por la que se aprobó e hizo pública la convocatoria de provisión de puestos de trabajo Comisión de servicios de carácter voluntario, para las categorías de agente primero, suboficial y oficial para la prestación de servicios en la denominada brigada del refuerzo.


Si bien se indicaba desde un principio que el fallo era sobre la resolución de 20/10/2010, supongo que hubiera ahorrado muchas llamadas de teléfono para aclarar el asunto. Queda claro que los periodistas no son los únicos que utilizan este tipo de "artes" al publicar titulares :silbando:


En cualquier caso y a pesar de que en principio solo afecte a los mandos, deberían ir llegando más fallos en el mismo sentido. A ver si es verdad y en un futuro no muy lejano se consigue aquello de un "UN ERTZAINA = UNA PLAZA EN PROPIEDAD" .
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