Hola, una pregunta sobre funcionamiento de la policia

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Hola, una pregunta sobre funcionamiento de la policia

Notapor AlvaroG » Sab Ene 06, 2007 1:27 pm



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¡Buenos días a todos!
Soy abogado y a principios de enero voy a tener mi primera guardia en asistencia a detenidos del turno de oficio. La guardia dura 24 horas y tengo una pequeña duda.

La policia cuando detiene a alguien de noche, por ejemplo a las 3 de la mañana, ¿llama sobre la marcha al busca del turno o por contra espera hasta las 8-9 de la mañana?

Supongo que dependerá de cada comisaría, pero me gustaría mucho que me comentaseis vuestras experiencias.

Ya puestos y metidos en harina con el mensaje... una duda por mera curiosidad.... ¿Existen horas punta de delincuencia? Jeje, quiero decir, de noche hay más detenciones, o se lleva más delinquir a las 12 de la mañana...

Muchas gracias y un saludo.
AlvaroG
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Notapor bluecop » Sab Ene 06, 2007 1:48 pm


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La respuesta a tu pregunta te las debería dar el Colegio de Abogados,
pero para que te hagas una idea, tanto los Juzgados de Guardia como los Colegios de abogados, tienen un contestador automático o es su defecto un empleado de guardia las 24h, que recibe las llamadas, notificando las detenciones, sus motivos, lugar y hora, nombre de los detenidos y dependencia donde se encuentran privados de libertad.
Siempre que se produce una detención, hay que notificar la misma tanto al J.G, como al Colegio de abogados, asentando telefonema de la notificación, los cuales se plasmaran en las actas de lectura de derechos al detenido, esta diligencia la suelen hacer las ODAC o las inspecciones de guardia si existiesen.

Otra cosa, es la solicitud al colegio de abogados, de letrado para tomar declaración o cualquier otra diligencia que se realize con detenido y que requiera asistencia letrada, realizandose esta en el momento previo a la toma de declaración y siempre en horario diurno, por parte del grupo a quien se hayan traspasado las diligencias, es a lo que te refieres con lo de las 8-9 de la mañana, momento en el que se solicita letrado, y no significa que acuda de inmediato,sino que lo hara cuando pueda o este disponible, pero siempre dependiendo del colegio de abogados, ya que no todos funcionan de igual manera.
bluecop
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Notapor Miguel1 » Sab Ene 06, 2007 2:33 pm


Al Colegio de Abogados no hay porqué comunicarle detención alguna hasta que se decida recibirle en declaración.
Al Juzgado de Guardia se le da cuenta de las detenciones solamente una vez al día , sobre las nueve horas y se hace mediante un parte diario vía fax.
En horas nocturnas y solamente cuando hay un caso muy grave, un cadáver, un Habeas Corpus o un menor, se contacta directamente con la Autoridad Judicial en los tres primeros casos y con el Fiscal en el último.
El Abogado tiene un tiempo máximo de ocho horas desde que se lo comunica el Colegio para acudir a Comisaría, si en ese tiempo no se persona, tendrá que dar cuenta de cual es la razón de su tardanza, amén de que el Instructor puede recibir en declaración al detenido sin abogado si accede a ello
Miguel1
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Notapor MahoneyUDYCO » Sab Ene 06, 2007 2:47 pm


Miguel1 escribió:Al Colegio de Abogados no hay porqué comunicarle detención alguna hasta que se decida recibirle en declaración.
Al Juzgado de Guardia se le da cuenta de las detenciones solamente una vez al día , sobre las nueve horas y se hace mediante un parte diario vía fax.
En horas nocturnas y solamente cuando hay un caso muy grave, un cadáver, un Habeas Corpus o un menor, se contacta directamente con la Autoridad Judicial en los tres primeros casos y con el Fiscal en el último.
El Abogado tiene un tiempo máximo de ocho horas desde que se lo comunica el Colegio para acudir a Comisaría, si en ese tiempo no se persona, tendrá que dar cuenta de cual es la razón de su tardanza, amén de que el Instructor puede recibir en declaración al detenido sin abogado si accede a ello



Pues mira ésto no lo sabía, porque como lo hacemos todo de forma casi mecánica, una vez en Comisaría y con el detenido, haciendo todas las gestiones reseña etc, una de ellas es llamar al Colegio de Abogados para comunicar la detención (en nuestro caso por la noche es un contestador) y los datos que muy bien expuso bluecop, y por ejemplo a los 2 días, si se le va a tomar declaración, se vuelve a llamar pidiendo que venga el letrado de oficio (si así lo hubiera pedido el detenido en la lectura de derechos) o el particular.

Pero cuando el detenido ha pedido abogado particular, aún así llamamos al Colegio de Abogados para comunicar la detención, aunque luego llamemos al particular para tomarle declaración.
Está loca por mí. ¿El secreto? El secreto es no darles a entender que se las quiere. No ir nunca tras ellas. Que ellas vayan detrás de ti. Hay que avivar el cariño del amor con el abanico de la indiferencia... (Hermanos Marx en el Oeste)
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Notapor zeta41 » Sab Ene 06, 2007 3:46 pm


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mira yo soy compañera de zeta y no se muy bien como funciona la Odac pero puedo decirte, que desde luego la delincuencia por la noche se hace mucho mayor,aunque por supuesto los festivos son los favoritos para delinquir. Saludos
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zeta41
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