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saymon82 escribió:Charlie_CNP escribió:Un sitio donde médicos, enfermeras, familiares, otros pacientes, celadores, limpiadoras, etc, entran sin pedir permiso tú crees que puede considerarse una morada? Y no me digáis ninguno que en una habitación de hotel entran a limpiar y es una morada porque no tiene nada que ver con una habitación de hospital.
Si hay alguien que confunda la habitación de un hospital con la de un hotel, espero no sea compañero. Como dicen más arriba si esperas a que salga el susodicho debe ser únicamente por el bienestar del enfermo, pero entrar puedes entrar. De hecho las custodias que hacemos en mi plantilla en hospital, las hacemos dentro de la habitación, si esta en planta, y que diga el detenido/a- preso/a lo que quieran.
Nadie está confundiendo la habitación de un hotel con la de un hospital, la pregunta es si se considera morada una habitación de hotel en la cual estás ingresado pero un espacio prolongado de tiempo. Según el TS:
Se entiende por morada todo espacio cerrado destinado a desarrollar las actividades propias de la vida privada. Como dice el Tribunal Supremo en su sentencia de 18 de mayo de 1979, morada es «el lugar destinado a la habitación de una persona, lugar cerrado donde se reside y se satisfacen las condiciones de vida íntima del hogar familiar, al cual no se puede acceder, ni contra la voluntad del morador, ni por fuerza, ni por intimidación.
Una persona que lleva ingresada en una habitación de hospital durante un largo tiempo desarrolla ahí su vida privada y familiar, por desgracia no encuentro ninguna sentencia sobre algún tema similar.