por policanario » Mar Feb 05, 2008 9:19 pm
La sesion pone lo que sigue:
COMPARECENCIA DE LOS REPRESENTANTES DEL COLECTIVO DE GUARDERÍA DE MONTES DEL AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA, AL OBJETO DE EXPLICAR LOS ACONTECIMIENTOS ACAECIDOS EN TORNO A LA FIGURA DEL GUARDA DE MONTES EN RELACIÓN CON EL INFORME EMITIDO POR EL JUSTICIA DE ARAGÓN.
Legislatura: V. D.S.C.A. n.º 46 de Serie B Página: 866
Ind. Tramitación: Comparecencias - Otras Comparecencias
Intervinientes: Esteban Ferrer - Gonzalez Barbod, Gonzalo - Costa Villamayor, Montserrat - Ortiz Alvarez, Maria Angeles - Melendez Aranda, Miguel Angel
El señor presidente (ARTIEDA GARCÍA): Reiniciamos la comisión con la comparecencia de los representantes del colectivo de la Guardería de Montes del Ayuntamiento de Zaragoza, al objeto de explicar los acontecimientos acaecidos en torno a la figura del guarda de montes en relación con el informe emitido por el Justicia de Aragón.
En esta comparecencia nos acompañan don Alberto Esteban Ferrer, que es el jefe de la Unidad de Guardería de Montes del Ayuntamiento de Zaragoza, y don Antonio Ibáñez Medrano, que es guarda de montes del Ayuntamiento de Zaragoza.
Para presentar su informe tienen alrededor de un cuarto de hora o veinte minutos.
Tienen la palabra.
Comparecencia de los representantes del colectivo de Guardería de Montes del Ayuntamiento de Zaragoza, al objeto de explicar los acontecimientos acaecidos en torno a la figura del guarda de montes en relación con el informe emitido por el Justicia de Aragón.
El señor ESTEBAN FERRER: Gracias, señor presidente.
Desde hace varios siglos, la vigilancia de nuestros montes y huertas ha despertado el interés de quienes tenían la misión de dirigir los ayuntamientos de nuestro país. Este interés, generalmente, se traducía en medios humanos, que, con su presencia física en los montes, apoyados con cierto rango de autoridad, sirvió para que los ciudadanos hayamos heredado un valor añadido a nuestra propia existencia, y traducido en un entrañable legado, reflejado en los tan reiterados términos de entorno natural, medio ambiente, biodiversidad, etcétera.
El municipio de Zaragoza se encuentra, desde el punto de vista de la extensión de su término municipal, entre los tres mayores de nuestro país. Puede ser éste, junto con otros factores de diversa tipología, el que ha favorecido que en el Ayuntamiento de Zaragoza haya perdurado hasta nuestros días la llamada Guardería de Montes.
La Guardería de Montes del Ayuntamiento de Zaragoza es una unidad compuesta por veinte guardas y un jefe de unidad, adscritos al Servicio de Medio Ambiente a través de la Unidad de Montes y Áreas Naturales.
Los orígenes de nuestro colectivo cabría encontrarlos en el tomo número siete de la colección «Historia de Zaragoza», que ya en el siglo XVI citaba dentro de la plantilla municipal, entre los cargos judiciales y policiales, a los guardas de las huertas y los monteros.
Si bien es cierto que los siglos pasan sin obtener nuevas referencias fiables, nos encontramos que, desde principios de este siglo, aparece ya documentación y reglamentación de los guardas de montes.
El marco jurídico de los guardas de montes venía encuadrado por el reglamento de guardas de campo, aprobado por Real Decreto de ocho de noviembre de 1849, en el que se regulaba el régimen de los guardas de campo, distinguiendo entre guardas municipales y particulares, jurados y no jurados, considerando a los guardas municipales como guardas jurados nombrados por los alcaldes con carácter de agentes de la autoridad. Este real decreto actualmente se encuentra derogado.
Por otro lado, aparece el Reglamento municipal para la organización, régimen y disciplina del Servicio de la Dirección de Parques y Montes, de veintisiete de noviembre del año cuarenta.
Si bien la historia de un colectivo de funcionarios, como son los guardas de montes al servicio de la administración local, puede merecernos respeto por lo que fueron y la labor que desempeñaron, no es menos cierto que la función actualizada a la demanda social es la base que debe justificar su existencia, relegando a un plano anecdótico la importancia de su historia.
La Guardería de Montes, consciente desde hace algo más de diez años de las necesidades de protección medioambiental, unido a la creación y adscripción de la misma al ya citado Servicio Municipal de Medio Ambiente, en un proceso de adaptación de sus funciones a lo que la sociedad viene demandando, consiguió que viese la luz una norma de carácter municipal que fijase y aportase la cobertura al desarrollo de unas funciones necesarias y eficaces, además de establecer una serie de circunstancias de carácter material que modernizaban la unidad.
La norma en cuestión es el vigente Reglamento de la Guardería de Montes de Zaragoza, el cual, tras el preceptivo estudio jurídico y esfuerzo técnico, fue aprobado definitivamente en sesión plenaria de fecha de veintisiete de octubre del año noventa y cinco, y publicado en boletín oficial de la provincia de nueve de diciembre de ese mismo año. Esta norma pretendía reflejar los cometidos que se venían realizando, por lo que básicamente era un reglamento actualizador y derogatorio del de 1940.
Nos centraremos en el mismo para exponer a sus señorías las funciones que diariamente desempeñamos, con un único objetivo: la protección y conservación del medio ambiente en todas y cada una de sus facetas.
Así, pues, nos define el reglamento como un colectivo específico dentro de la plantilla municipal, caracterizado por ser un cuerpo juramentado que porta armas para el desempeño de sus funciones, constituido por funcionarios de carrera dedicados básicamente a la vigilancia y custodia del patrimonio rústico municipal, así como de policía administrativa especial en materia de conservación de la naturaleza.
Continúa el reglamento, en su exposición preambular, definiendo el carácter específico y municipal de los integrantes de la Guardería de Montes, al concretar que sus componentes no pertenecen a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, no pertenecen a la guardería forestal del Estado, y no son auxiliares de la Policía Local, por tratarse la Guardería de Montes de un colectivo con funciones propias y concretas.
Estos datos reflejan la importancia de trabajar en un marco de compatibilidad jurídica y de coordinación eficaz, para ofrecer a los ciudadanos una respuesta satisfactoria a sus demandas de protección del medio ambiente.
La gran evolución en materia de posibilidad formativa dentro de la administración a lo largo de los últimos años, llegando ésta a los niveles funcionariales menos favorecidos, ha permitido que en el ámbito de actuación de nuestro colectivo, y sobre la materia que nos ocupa, se lleve a cabo un dilatado y abierto proceso de formación y reciclaje de la práctica totalidad de la plantilla.
Hoy día podemos ofrecer con garantías el hecho de que la Guardería de Montes cuenta con especialistas en casi todas las funciones que se desarrollan y que, a modo de pequeña exposición, voy a sintetizar del siguiente modo: investigación y control de vertidos y residuos; vigilancia en materia cinegética, con un elevado grado de aceptación entre los cazadores de los más de treinta acotados existentes en nuestro término municipal; colaboración con la Diputación General de Aragón en materia de prevención y extinción de incendios forestales; elevados conocimientos de flora y fauna de nuestro entorno municipal, siendo éstos pieza básica para su protección; perfecto conocimiento de la legislación administrativa medioambiental; correcto entendimiento del concepto de delito medioambiental en todas y cada una de sus especialidades; control detallado de la red de caminos de nuestro término municipal, así como su complicada legislación, derechos y usos; vigilancia y almacenamiento de datos sobre los recorridos de las vías pecuarias existentes en Zaragoza; vigilancia presencial importante y de amplitud de horarios en los más de mil kilómetros cuadrados con que cuenta el término municipal de Zaragoza, prestando especial atención a las zonas de elevado valor ecológico: nuestros sotos de ribera, nuestros enclaves reducidos (pero no por ello menos importantes) de pinar natural y sotobosque mediterráneo, nuestras estepas subdesérticas, etcétera.
Esta unidad no solamente recorre a diario el término municipal en toda su extensión (lo que nos lleva desde Peñaflor a los montes de Cadrete, o desde más allá del municipio de El Burgo de Ebro hasta la linde de Garrapinillos con Pinseque), sino que constantemente se realizan trabajos de investigación y archivo, en una clara apuesta por mejorar nuestra labor, adoptando con la ayuda de la administración de la que dependemos los mejores medios posibles, como vehículos todoterreno, emisoras, ordenadores, equipos GPS, etcétera.
Sin embargo, todos estos propósitos, por hacer más eficaz nuestra labor, han estado a punto de desvanecerse cuando, por causas ajenas a la unidad y que todavía hoy desconocemos, la noble institución del Justicia de Aragón remitió con fecha de ocho de marzo de 2000 escrito de sugerencias a la alcaldía de Zaragoza, en el que se ponía en duda la capacidad y potestad para el desempeño de las funciones que venía llevando a cabo la Guardería de Montes. No dejaba de parecernos al menos chocante que, coincidiendo con el momento en el que la unidad alcanzaba su máxima expansión y fortalecimiento, en cuanto a medios humanos y materiales, y proyectaba una imagen acorde con las necesidades del ciudadano, se produjese este -entre comillas- ataque, que no dejó de tener sus efectos negativos, al hacerse la prensa regional eco de las recomendaciones del Justiciazgo, poniendo en evidencia y entredicho las actuaciones que hasta la fecha habían venido desempeñando los guardas de montes.
Es en este momento cuando surge un movimiento de legítima defensa, que aglutina a la totalidad de los integrantes de la guardería, que pretende responder razonadamente a quienes de una forma u otra han intentado poner en duda la legalidad del status y las funciones que los guardas de montes vienen desempeñando. Solicitado el auxilio de la Asociación nacional de agentes forestales y medioambientales, ésta inicia a través de su equipo jurídico una serie de acciones en clara discrepancia con el pronunciamiento del Justicia de Aragón. Dichas actuaciones se basan en los siguientes argumentos: la «Estrategia forestal española», documento básico de referencia para la futura ley básica de montes, lejos de contemplar la desaparición o reducción de competencias de los profesionales del monte, los potencia; el conflicto Fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado-policías administrativas especiales fue objeto de pronunciamiento contrario a las tesis del gobierno de la nación mediante auto de fecha dieciocho de julio de 1989, y sentencia 32/93, de uno de febrero, según conflicto de competencias número 136/89.
Esta sentencia tiene una importancia vital para la comprensión del problema que venimos desarrollando, por tratarse de una situación claramente análoga y equiparable a la que se da en el Ayuntamiento de Zaragoza con el reglamento que rige a la guardería. La sentencia citada la tienen sus señorías anexionada al dossier que se les ha entregado, pero me gustaría resaltar tres conceptos o ideas.
Por un lado, el abogado del Estado, en una de sus consideraciones presentadas en este conflicto, dice textualmente: «Las misiones que supuestamente le estarán encomendadas a los agentes rurales catalanes seguirán siendo cumplidas por el cuerpo de la Guardia Civil, a quien corresponde velar por la protección de la naturaleza, medio ambiente y recursos naturales de todo el territorio nacional». Por otro lado, la representación del gobierno catalán considera que «si la misión y las funciones de los agentes forestales de Cataluña -hoy agentes rurales- eran desempeñados con un carácter de agentes de la autoridad y con unos determinados medios materiales, que se justificaban en la eficacia de su labor cuando éstos pertenecían a la administración del Estado, carecería de sentido que una vez transferidas las competencias y el personal, éstas no pudiesen llevarse a cabo con los mismos medios».
Por último, y en el tercero de los fundamentos jurídicos de la sentencia, el alto tribunal manifiesta que «la atribución del carácter de agentes de la autoridad de los miembros de agentes rurales en el ejercicio de sus funciones no perjudica los intereses públicos generales defendidos por el Estado, mientras que lo contrario puede perjudicar notablemente la eficacia de las funciones atribuidas a tales funcionarios».
A la misma conclusión llega este tribunal en cuanto al detalle del arma reglamentaria. También para su defensa se adjunta jurisprudencia al respecto, según consta en el dictamen de la Fiscalía General del Estado sobre la consulta 2/99, realizada por el Servicio de Vigilancia Aduanera, el cual, en lo que se refiere a la vigencia del artículo 283 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, fundamentada por los principios de especialidad de la norma y voluntad tácita del legislador, es perfectamente extrapolable a la situación de la Guardería de Montes; consideraciones reafirmadas por sentencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, mediante auto de treinta y uno de julio de 1998, sobre causa especial 1780/98, que confirma la vigencia de dicho precepto, pese a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
La Guardería de Montes es, por tanto, una unidad municipal con el carácter de policía mixta: administrativa especial, por un lado, y judicial, al servicio de jueces y fiscales para la investigación de todos aquellos delitos que le afecten en razón de su especialidad.
Es la propia Asociación de Agentes Forestales la que, a través de su presidente, presenta escrito de defensa de sus asociados el diecinueve de abril de 2000 ante la institución del Justicia de Aragón. El documento aporta los argumentos jurídicos necesarios y solicita el archivo del anterior pronunciamiento, así como que se constituya el propio Justicia en defensor de cualquier intento administrativo que tienda a privar de la condición de agente de la autoridad a los funcionarios que, en virtud de título normativo propio, lo ostenten.
El resultado es que en tan sólo quince días, con fecha de salida de cinco de mayo de 2000, emana un documento respuesta que, a nuestro juicio, difiere sustancialmente en forma y contenido del emitido dos meses antes. Convendría, quizás, citar el párrafo a nuestro juicio más significativo.
«En nuestra opinión, el Ayuntamiento de Zaragoza puede, en atención a sus necesidades, crear una unidad administrativa con funciones específicas de guarda y vigilancia en materia de protección y conservación de la naturaleza. Su justificación se encuentra en la consideración del medio ambiente como un servicio mínimo obligatorio en un municipio de la entidad del de Zaragoza y la constatación de la relevancia constitucional que tiene el medio ambiente como principio rector de la política social y económica, lo que ha llevado al pleno a la decisión de asignar personal específico dedicado a estas funciones especiales.
Esta unidad, Guardería de Montes de Zaragoza, que asume funciones de policía administrativa, es compatible con la existencia de la Policía Local y con la de las fuerzas y cuerpos de seguridad.»
Estamos, pues, ante la situación de concurrencia de varios colectivos cuyas funciones son similares, lo cual debiera de ser más positivo que negativo, visto naturalmente desde una idea sumatoria de esfuerzos entre las distintas administraciones, puntualizando que los guardas de montes o agentes forestales no somos ni pretendemos ser una policía genérica o de seguridad, pero sí una policía administrativa especial en materia de medio ambiente, con un claro marco jurídico de compatibilidad con las fuerzas y cuerpos de seguridad.
En conclusión, esperamos que sus señorías hayan podido tomar buena nota de la delicada situación en la que se encuentra la Guardería de Montes, en particular, y la defensa del medio ambiente por los profesionales que tradicionalmente han venido desempeñando esta labor, en general.
Las guarderías de montes, los agentes de protección de la naturaleza y los agentes y guardas forestales de las diferentes administraciones parece que permanentemente deban estar demostrando su valía, defendiendo sus puestos de trabajo contra quienes están dispuestos a hacer lo que sea para desvirtuar de sus prerrogativas a unos profesionales que vienen desarrollando fielmente su labor varios siglos antes de la aparición de la tan manida Ley de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Paralelamente a la acción de la asociación, desde el Servicio de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Zaragoza se emite el correspondiente informe técnico, que da respuesta a cada una de las sugerencias del Justicia de Aragón. Éste es avalado, tras su correspondiente estudio, por la Asesoría Jurídica del excelentísimo ayuntamiento. La perfecta exposición del asunto y aporte documental en el mencionado informe es lo que nos ha motivado a entregar una copia del mismo a sus señorías.
Desde esta unidad creemos que un planteamiento positivo en la defensa del medio ambiente puede beneficiar el bien jurídico a proteger, no siendo nadie exclusivo ni excluyente en la consecución de unos intereses comunes.
En la misión de conservación de la naturaleza hay espacio para los que estamos y para los que puedan venir, y la promoción de conflictos corporativos sólo actúa en detrimento del servicio ofrecido a los ciudadanos.
Por ello estamos hoy aquí ante sus señorías para solicitar el amparo del legislador aragonés, mediante el ejercicio de la iniciativa legislativa, para asentar con rango de ley y de forma inequívoca la misión y facultades de los guardas de montes de los municipios aragoneses y de los agentes de protección de la naturaleza en el ejercicio de sus funciones al servicio de la misma.
No deja de ser cierta la necesidad de una regulación que arroje luz sobre un espacio de penumbra que el legislador no ha conseguido, de momento, disipar con la palabra cierta de la norma clara.
Éste sería, a nuestro juicio, el mejor aval de garantía presente y futura en la conservación de nuestro entorno natural. El contexto de la futura Ley de Montes de Aragón nos podría ofrecer esta oportunidad.
Gracias, señor presidente.
Gracias, señorías, por la atención prestada.
Doy por finalizada mi intervención.
El señor presidente (ARTIEDA GARCÍA): Muchas gracias, don Alberto Esteban Ferrer.
Para aclarar alguna duda, hacer observaciones o plantear preguntas, tiene la palabra, por el Grupo Parlamentario de Chunta Aragonesista, don Gonzalo González.
El señor diputado GONZÁLEZ BARBOD: Gracias, señor presidente.
Les doy la bienvenida en nombre de nuestro Grupo de Chunta Aragonesista. Les agradecemos la información que nos han facilitado respecto de este problema que existe en la Guardería de Montes de Zaragoza, del Ayuntamiento de Zaragoza.
En todo caso, éramos conocedores de la sugerencia del Justicia de Aragón con fecha de ocho de marzo de 2000 al ayuntamiento. Creemos que en ningún momento en el informe se pone en entredicho la labor que ustedes realizan, que se refiere más a las cuestiones legales y competenciales, en todo caso, a la naturaleza del cuerpo y a algunas cuestiones puntuales. Pero creemos que su labor y su trayectoria está fuera de juicio o de valoración, y que, en todo caso, la recomendación surge a partir de una queja. Entendemos que lo que guía a esta recomendación es simplemente mejorar o aclarar las circunstancias en las que se mueve el cuerpo y el marco legislativo por el que se tiene que regir.
Sí que me surgen algunas dudas con algunos puntos. En concreto, uno de ellos es el tema de las armas, porque, en lo que se refiere a los agentes de protección de la naturaleza, no me consta que realicen sus funciones portando armas. En este caso me gustaría saber si la naturaleza de su cuerpo, en el sentido de que se desarrolla en el término municipal de Zaragoza, que es un medio distinto de lo que sería el medio rural en el que se mueven los agentes de protección de la naturaleza de la DGA, condiciona el que ustedes tengan que portar armas, o ¿cuáles son las funciones que, en concreto, se requieren para este requisito?
Ese sería uno de los puntos. Bueno, fundamentalmente ésa sería la cuestión en que me surgen más dudas.
En todo caso, sí que veo la diferencia existente entre acentuar más la función policial o la de protección de la naturaleza. En este sentido, usted ha comentado que existen confluencias con la Policía Local, etcétera. La postura de nuestro grupo es que sí que hay que diferenciar las funciones y la naturaleza de cada uno de los cuerpos, aunque haya en algunas cuestiones relación y coincidencia; pero sí que es bueno que en cada uno de los cuerpos estén aclaradas y diferenciadas cuáles son las circunstancias en las que se mueven, cuáles son sus funciones y cuál es la legislación a la que se atienen.
Muchas gracias.
El señor presidente (ARTIEDA GARCÍA): Muchas gracias, don Gonzalo González.
Por el Partido Aragonés tiene la palabra doña Montserrat Costa.
La señora diputada COSTA VILLAMAYOR: Quiero agradecer la presencia de los representantes de la Guardería de Montes del excelentísimo Ayuntamiento de Zaragoza, con una larga trayectoria histórica y cambios jurídicos como nos han explicado, hasta llegar a la norma en octubre del noventa y cinco, actualizando el reglamento.
Yo quiero también felicitarles por la labor importante que, desde luego, no me cabe duda que hacen, y que nos han ido enumerando: conocer la flora, incluso ese reciclaje continuo en técnicas, en prevención de los incendios, conocimiento de legislación y de multas, etcétera.
Después de lo que nos han dicho, que quieren una policía de administración especial, de protección del medio ambiente, y que está avalada por la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Zaragoza, pueden contar con el apoyo del PAR para que sigan desempeñando su labor y sea reconocida laboral y jurídicamente.
Yo trasladaré a mi grupo parlamentario la petición que ustedes hacen, para poderla analizar con todo el interés -ya se lo adelanto-, y poder, si es posible, incluirlo dentro de la Ley de Montes de Aragón.
Muchísimas gracias.
El señor presidente (ARTIEDA GARCÍA): Muchas gracias, doña Montserrat Costa.
Por el Partido Socialista tiene la palabra doña María Ángeles Ortiz.
La señora diputada ORTIZ ÁLVAREZ: Gracias, señor presidente.
En primer lugar quiero dar la bienvenida al señor Esteban, al señor Ibáñez, que le acompaña, y agradecerle la exposición que nos ha hecho.
Exposición que nos hace ver el motivo de su comparecencia y que trata la problemática en la que se ha visto inmersa la Guardería de Montes del Ayuntamiento de Zaragoza en los últimos meses. Una problemática que no sólo conocemos por esta comparecencia, sino que hemos tenido conocimiento de ella a través de las noticias que han aparecido en los medios de comunicación.
Puede decirse que las competencias respecto a este colectivo, del que usted forma parte, son propias del ayuntamiento. Sin embargo, por los motivos que exponen en la petición de comparecencia y en el análisis que nos ha hecho usted aquí, desde nuestro grupo vemos motivos suficientes para que hoy se encuentren ante esta comisión.
Antes de nada, desde mi grupo quisiera reconocer la labor que llevan a cabo en la defensa y protección del medio ambiente; una labor con tareas tan significativas como la colaboración en proyectos de repoblación forestal y para prevención de incendios, participación en los planes y acciones de protección civil, denuncia ante la autoridad competente de delitos, faltas e infracciones administrativas, como incendios, vertidos, etcétera, y otras muchas tareas que tienen encomendadas.
Y no solamente reconocemos estas funciones porque estén reflejadas en el reglamento de la Guardería de Montes, sino porque conocemos la realidad del día a día, sobre todo a través de las personas que tienen un contacto más directo con ustedes, como son los habitantes de los barrios rurales, sus alcaldes y los profesionales de otros organismos, entre ellos, los de la Diputación General de Aragón, con los que colaboran en esta tarea.
También sabemos del esfuerzo que han hecho y siguen haciendo en los campos de la formación y de la investigación, lo que por otra parte nos parece fundamental para la conservación del medio natural.
A nuestro entender -y le pido que nos rectifique si estamos equivocados-, pensamos que su trabajo no siempre es fácil, pues, como bien ha dicho, y se recoge en el artículo quince del reglamento, entre otras, están las funciones de vigilancia, custodia y control de todos los montes y fincas rústicas del Ayuntamiento de Zaragoza.
Y no quiero extenderme más en lo que son sus funciones, que usted muy bien nos ha expuesto, y paso a la preocupación que nos ha planteado. Preocupación que usted ha manifestado diciendo que se ha puesto en evidencia y entredicho a un colectivo de personas que prestan un servicio público, y, por lo tanto, creo que es necesario aclararlo.
En la documentación que nos han aportado nos encontramos que a raíz de una queja al Justicia de Aragón, esta institución emite un informe de fecha de ocho de marzo con una serie de sugerencias al Ayuntamiento de Zaragoza, y que éste, a través del Servicio de Medio Ambiente, da contestación a través de un informe técnico a dicha institución el diez de abril.
En cuanto al informe del Justicia se hacen unas sugerencias que podríamos resumir en que se pide al ayuntamiento un análisis y una clarificación tanto en la posible confluencia de funciones con la Policía Local, en materia de seguridad pública, como en los medios materiales utilizados; cuestiones que son contestadas por el Servicio de Medio Ambiente, que -yo interpreto- refuerzan y clarifican, dentro del marco normativo existente, lo relativo a la Guardería de Montes, y lo hace dentro de su ámbito competencial.
También querría referirme al escrito del Justicia de Aragón al que han hecho mención respondiendo a la Asociación española de agentes forestales y medioambientales y que han colaborado con ustedes, del que usted ha hecho mención anteriormente, como he dicho, resaltando de él la compatibilidad que se manifiesta de la Guardería de Montes, que asume funciones de policía administrativa, con la existencia de la Policía Local y con la de las fuerzas y cuerpos de seguridad, cuestión esta de la que parecía derivarse algún problema y que también entiendo yo que se clarifica.
Y, en cuanto al problema del uso de armas de fuego por parte de los guardas y agentes forestales, se pone de manifiesto también en este escrito que en nuestro ámbito territorial autonómico han existido desde hace tiempo y siguen existiendo algunas contradicciones y falta de criterios definidos al respecto.
Desde el Grupo Socialista no queremos en absoluto cuestionar ni entrar en el informe del Justicia, ya que, según la Ley 4/85, del Justicia de Aragón, en el título preliminar, establece que «el Justicia, en el cumplimiento de su misión, podrá dirigirse a toda clase de autoridades, organismos, funcionarios y dependencias de cualquier administración con sede en la comunidad autónoma», y también que «desempeñará sus funciones con autonomía y según su criterio»; ni tampoco queremos entrar en lo que son competencias del Ayuntamiento de Zaragoza.
Pero, para terminar, querría sacar alguna conclusión de esta comparecencia, concretamente dos conclusiones, que serían que, ante el vacío legal que se deduce de estas situaciones como las que aquí se han planteado, el Grupo Socialista estamos en disposición de estudiar y hacer lo posible para cubrir las lagunas legislativas que puedan existir, y, en segundo lugar, respetamos el trabajo de todas las personas que conforman la Guardería de Montes, y, por supuesto, nuestro reconocimiento más sincero al esfuerzo que hacen a diario por la defensa del medio ambiente, y animarles a que sigan trabajando en este sentido.
Agradecerles su exposición, y sepan que tienen las puertas abiertas de estas Cortes.
Nada más.
Muchas gracias.
El señor presidente (ARTIEDA GARCÍA): Muchas gracias, doña María Ángeles Ortiz.
Por el Grupo Popular tiene la palabra don Miguel Ángel Meléndez.
El señor diputado MELÉNDEZ ARANDA: Gracias, señor presidente.
Bien venidos a esta Comisión de Peticiones los representantes de la Guardería de Montes del excelentísimo Ayuntamiento de Zaragoza.
Nosotros entendemos que la preocupación que ustedes transmiten a raíz del informe que realiza el Justicia de Aragón no tiene esa enjundia o no tiene esa importancia que realmente parece ser que ustedes le dan.
El Justicia hace una sugerencia al Ayuntamiento de Zaragoza, en la cual plantea sobre todo tres temas fundamentales. Uno de ellos es el problema de las armas. A la vez, quiero hacerles una pregunta, porque en el informe que ustedes nos han remitido he creído leer que ustedes han entregado las armas cortas de que disponían. Me gustaría que, si es así, nos lo explicaran. Y en esas sugerencias, como decía anteriormente, que hace el Justicia al Ayuntamiento de Zaragoza también está el problema de los vehículos, la señalización de esos vehículos. Está también el problema de acceder a las plazas en cuanto al límite de edad. Creemos que son sugerencias, pero que, de alguna manera, recogen una cierta preocupación, aunque tampoco debemos extrapolar esa preocupación.
Entendemos que hay dudas sobre todo en lo que he mencionado anteriormente, a las armas. Hay dudas en cuanto a las funciones que ustedes puedan desarrollar relacionándolas con otros cuerpos de seguridad del ayuntamiento, en este caso. Y entendemos que la sociedad cada día valora más el trabajo que ustedes están desarrollando. Todos, por supuesto, damos por hecho que la conservación del medio ambiente es fundamental. Una de las funciones principales que tienen ustedes es esa conservación del medio ambiente, velar por el cumplimiento de leyes especiales -ustedes lo han explicado anteriormente-, como puede ser la Ley de Montes, la Ley de Caza, pesca, incendios forestales, vías pecuarias y, sobre todo, Espacios Naturales Protegidos.
Desde esta problemática creemos que, bueno, ustedes por supuesto están preocupados, pero en nombre de mi grupo yo querría transmitirles un mensaje de optimismo y de apoyo a esa labor que ustedes están realizando. Seguramente, por supuesto, sin entrar en regular de cara a otras administraciones (ustedes pertenecen a la administración local), entendemos que el reglamento de Guardería de Montes es un reglamento que recoge en buena parte las aspiraciones que ustedes plantearon; incluso en el informe he creído entender que buena parte de las correcciones que ustedes plantearon a la hora de aprobar ese reglamento fueron recogidas en el reglamento. Y, por lo tanto, simplemente quiero animarles a que ustedes sigan desarrollando su trabajo y apoyarles sobre todo en el tema de la coordinación entre los distintos grupos.
Y, por nuestra parte, nada más.
Muchísimas gracias.
El señor presidente (ARTIEDA GARCÍA): Muchas gracias, don Miguel Ángel Meléndez.
Para contestar a las observaciones o preguntas o aclaraciones que les han hecho los distintos grupos, tiene la palabra don Alberto Esteban Ferrer.
El señor ESTEBAN FERRER: Bueno, más o menos, me he anotado un poco aquí las dudas que cada uno de los grupos tiene. Voy a ir contestándoles, más o menos, por el mismo orden en que las han expuesto.
En cuanto a Chunta Aragonesista, la primera duda -y parece ser la más importante- se refiere en cuanto al detalle (que yo siempre le he llamado detalle) de armas reglamentarias, sí, arma reglamentaria, no, ¿por qué agentes forestales de la DGA sí o no en determinados puntos de Aragón?, y ¿por qué Ayuntamiento de Zaragoza, sí?
Las cuestiones que justifican el uso de armas son diversas y, desde luego, están expuestas en el documento técnico que se ha hecho. Todo lo referente al tema de las armas está escrupulosamente controlado por la intervención de armas de la Guardia Civil. Las dudas que en su momento el Justicia se plantea en relación con las armas claramente son por un desconocimiento o por una falta de pregunta al ayuntamiento sobre si se dan esos conceptos de capacidad para llevarlas, de necesidad para llevarlas. En ningún momento, el Justicia, nadie, ni ningún técnico de esa institución, lo ha preguntado al Ayuntamiento de Zaragoza.
Las cuestiones que las justifican, y por qué en Zaragoza sí. Pues, sencillamente, la Guardería de Montes trabaja en el extrarradio o en la periferia de la mayor ciudad de Aragón. Toda gran ciudad tiene una problemática que no es nuestra, pero tampoco es ajena a nosotros, porque nuestro ámbito territorial está ahí, no lo podemos cambiar.
Como dato me gustaría señalar que durante el año noventa y nueve, en la memoria, se hallaron por parte de la Guardería de Montes -y no se intervino más que llamando a un colectivo de policía de seguridad- veintitrés coches robados y calcinados. Quiero decir que, posiblemente, en la totalidad de agentes forestales de Aragón, no se han dado esas circunstancias. Quiero decir que es bastante corriente que en el entorno de Zaragoza nos encontremos con situaciones de delitos in fraganti. Quiero decir que es una situación que claramente requiere la presencia de un cuerpo policial y así lo hacemos siempre. Eso no quita para que, en ese momento, el colectivo de nuestros agentes, porque el ciudadano nos ve con ese vehículo oficial, con la imagen que nosotros damos, en ese momento seamos requeridos para ello. Repito: nosotros, rápidamente, por vías de comunicaciones que tenemos permanentemente abiertas con la Policía Local requerimos ese servicio.
Incluso como dato significativo me gustaría aportar aquí el dato de encontrarnos durante cincuenta minutos con un supuesto ladrón de un vehículo. Al vehículo le estábamos haciendo una inspección; creíamos que estaba cazando con red unas especies protegidas, y por el registro de su vehículo en la ribera del río Gállego nos encontramos que el vehículo era robado, por una serie de circunstancias, y el llamar a la Policía Local nos supuso estar cincuenta minutos con un detenido allí esperando en la orilla del río. Quiero decir que el problema era evidente. Todas esas situaciones se nos dan casi casi a diario, circunstancias de este tipo. El ir en horario no nocturno, pero sí nocturno en período de invierno, a la hora de parar cualquier vehículo que hayamos visto vertiendo escombros, y demás, sí que genera una facilidad de actuación por el hecho de portar un arma.
En cualquier caso, la normativa de los agentes forestales de la DGA, aunque la gente crea que no las lleva, data del año sesenta y seis y claramente especifica que portarán el arma reglamentaria. Sí que es cierto que distintas disposiciones de la intervención o de la Dirección General de la Guardia Civil quisieron encasillar, y a nosotros también, durante un período de tiempo un arma larga, para hacer ese servicio, entendiendo que es el arma más adecuada, y el resultado era, para que se hagan una idea, que agentes de esta unidad se paseaban por el ayuntamiento, si tenían que hacer una función allí, o entraban a tomar el café en un bar de cualquier barrio de Zaragoza, con un arma larga colgada a sus espaldas. Eso se planteó a la Dirección General de la Guardia Civil, que en su normativa de desarrollo del vigente reglamento de armas claramente especifica que la propia Dirección General de la Guardia Civil, en base a argumentos válidos, puede acceder a que un colectivo determinado pueda llevar armas y de qué tipo, de qué clase puede llevar esas armas... Ésa es la vía que utilizó la Guardería de Montes del ayuntamiento, y por eso las portamos, y creemos que están más que justificadas, salvo criterios en contra. Sí que es cierto que, en esto de la protección de la naturaleza -¿y por qué no resaltarlo?-, el gobierno de la nación y muchos grupos ecologistas, en distintas actuaciones, se han manifestado a favor de que actúe, a pesar de que son muchos menos en cantidad, en medios humanos, el Servicio de Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil. Entonces, basta recordar que es un colectivo armado, que gran parte de su éxito radica en la imagen que ese colectivo da y que de antaño tenemos en nuestro país. Entonces, ésa es un poco la situación que nosotros creemos inequívoca, porque llevándolas se facilita enormemente nuestra labor.
En cuanto a las funciones que ha nombrado en el tema de Policía Local y de Guardería de Montes, sí que me gustaría decirle que, así como la Guardia Civil tiene un colectivo que ya hoy hace esas funciones, la Policía Local quiere hacerlas pero hoy no las hace. Quiero decir: se está hablando en futuro. Cuando la Policía Local presenta en el día de la patrona de este año en algún medio de comunicación «La Policía Local tendrá un colectivo que velará por el medio ambiente», es claramente una operación de imagen. En ese momento, no tiene ni un solo funcionario que se dedique hoy día a esa labor. Sí que es cierto que, a lo mejor, en un futuro, al igual que ha ocurrido en otros ayuntamientos, la Policía Local pueda tener un colectivo similar en cantidad al nuestro, hoy por hoy, que se dedicará a lo mismo, desde dentro de la misma administración, y para esos fines. Esas policías llevarán un arma al costado, nadie lo dudará en ningún momento. Estoy seguro de que, por el hecho de ser Policía Local, se harán las mismas funciones. La realidad será que el ciudadano de Zaragoza, en vez de estar pagando a veinte funcionarios, estará pagando a cuarenta funcionarios. Esa será un poco la situación.
Pero -repito- hoy día no hay ni una sola función de Policía Local sobre el tema de medio ambiente, excluyendo el tema del ruido. El tema del ruido es un tema claramente urbano, y nosotros abogamos por que, dentro de esa coordinación, si alguien lo está intentando continuamente, somos nosotros... Debe ser un tema claro de Policía Local, a pesar de que se hable de que es medio ambiente. Pero nos negamos o estamos defendiendo que no se meta en el saquete de medio ambiente el tema del ruido, y que el ciudadano crea que todas las funciones de medio ambiente las absorban a través de Policía Local. En cualquier caso, la realidad del reglamento que tenemos nos viene a decir que la voluntad del ayuntamiento, del pleno de los políticos del ayuntamiento, es: de acuerdo, tienen las funciones los dos, pero hemos decidido que sea este colectivo el que específicamente las desarrolle.
Entonces, ésa es un poco la situación en cuanto a funciones.
Al Grupo del PAR me gustaría solamente agradecerle el apoyo, el correcto apoyo.
Y, desde luego, en cuanto al informe municipal, después de la lectura del informe municipal, nosotros coincidimos en que es muy válido. Entonces, ésa es la vía que tenemos abierta a nivel municipal para seguir trabajándolo y que haya cierto pronunciamiento o cierto análisis por parte de los políticos del propio ayuntamiento.
En cuanto al Grupo del Partido Socialista, quiero agradecerle lo mismo: el haber aceptado nuestra asistencia aquí, el apoyo que nos han dispensado en todo momento y el apoyo al informe técnico que emana del Servicio de Medio Ambiente.
Ya que ha resaltado el tema de las contradicciones sobre el tema de las armas en la Diputación General de Aragón, coincidimos plenamente en que es un tema lo suficientemente serio para que no quede bajo el criterio subjetivo de un -me da igual el puesto que sea- director general o... Es una situación lo suficientemente clara y rigurosa para que se aclare la Diputación General ante la posibilidad o no de llevar armas y que sean ellos los que decidan. Evidentemente, el hecho de portar armas requiere ajustarse a lo que la Dirección General de la Guardia Civil, de una forma muy coherente, plasma en el tema de las armas. Quiero decir que eso conlleva un gasto de la administración que las lleva y una obligación de mucha preparación, capacidad y demás, que la Guardería de Montes desde luego de Zaragoza lo cumple con una rigurosidad extrema, casi convencido de que no hay ningún otro colectivo en Aragón que porte armas que lleve con tanta rigurosidad los controles. De hecho, nuestros ejercicios de tiro y nuestra instrucción corre a cargo de la máxima autoridad en materia de armas, que podría ser el interventor de armas de la Guardia Civil de aquí de Zaragoza.
Entonces, estamos totalmente de acuerdo en que el Grupo del Partido Socialista intente resolver las lagunas legales, que ciertamente las hay. Y, desde luego, se espera que se resuelvan también en un ámbito nacional por parte de los mismos grupos políticos, porque, más o menos, están a nivel nacional, y no me cabe duda de que se está trabajando para ello.
En cuanto al Grupo del Partido Popular les agradecemos el mensaje de optimismo y apoyo que han mostrado hacia nuestra labor. Al decir que el reglamento es bueno somos plenamente coincidentes. Nos lo hicimos y nos lo hicieron un poco a nuestro gusto, ¿por qué no decirlo de esa manera?
En cuanto a la duda sobre si hemos entregado las armas: no, en ningún momento se han entregado las armas. Las armas a día de hoy se siguen portando sin ningún problema, hay una retahíla de documentación y de aprobaciones, incluso de informes técnicos, por ejemplo, del teniente coronel, primer jefe de la Comandancia de Zaragoza, que hizo un informe sobre el sustento legal de las armas de la Guardería de Montes. A fecha de hoy no hay ningún problema. A mí me ha tocado personalmente tratar con los distintos interventores de armas de la Guardia Civil, y me une más que nada una gran amistad y un entendimiento siempre de nuestra labor. Sí que es cierto -¿por qué no decirlo?- que ellos han entendido siempre que el ayuntamiento, a través de sus responsables políticos, podía hacer algo más para solucionar el problema de Policía Local, Guardería de Montes y todo eso. Es un poquillo lo que ellos piensan. Pero, desde luego, en ningún momento, la Guardia Civil se ha planteado el intentar autorizar una cosa que no es autorizable. Vamos, estoy convencido de que ellos no se casan con nadie en ese sentido, y más en un tema tan complejo.
En cuanto a la señalización de los vehículos, la vía que nos abre para esta señalización es el propio reglamento de montes, que hay un artículo que dice que se llevarán indicadores luminosos de prioridad. La prioridad la da lo que es el sonido y lo que son las luces de prioridad. Nuestro reglamento se envió, y obtuvimos una contestación por escrito de la Dirección General de la Guardia Civil diciendo textualmente que era la norma a aplicar a nuestro colectivo, e incluso el mismo reglamento se envió al Ministerio del Interior, a la Policía Nacional, a un sector de la Policía Nacional. De este sector, en principio, todavía no se ha obtenido respuesta. Al parecer no la van a dar.
En cuanto a la señalización, se intenta llevar adelante ese artículo que cita el reglamento, y lo que se hace es que se observa la normativa en materia de señalización de prioritarios, y se ve claramente que en nuestro país había dos colores. Entonces, ante la duda de qué colores se ponían, pues el organismo encargado de esto, a través de las ITV, que son las que sellan o dan las autorizaciones administrativas, se fue a hacer una consulta a los ingenieros que allí había, que claramente se mostraron en ese sentido, en el sentido de que el color de los prioritarios era totalmente legal, que en cuanto al color ellos entendían que podía ser el azul, sin ningún problema, porque nuestra tarea no era trasladar enfermos, nuestra tarea no era tampoco de bomberos. Entonces, claramente, se dijo que el color azul podría ser totalmente válido, y que eso no generaba, desde luego, problemas de compatibilidad ni de incompatibilidad con ningún otro colectivo, llámese policial o llámese...
También quiero citar aquí que los agentes rurales catalanes portan luminosos de prioridad. Yo tengo noticias de que algunas jefaturas provinciales lo han autorizado, dando el argumento de que son vehículos que en un momento dado, es cierto, se desplazan con prioridad a extinción de incendios forestales. Entonces, en ese sentido se están dando autorizaciones administrativas.
En cuanto al límite de acceso de plazas, no tengo mucho que decir. Sé que el informe jurídico, el estudio jurídico del informe municipal, se explaya muchísimo en ese concepto; pero, como el hecho de que se modifique tampoco nos importa realmente mucho, es un dato que aparece ahí en el reglamento. Yo pienso que en cualquier oposición las pruebas son lo que marca el perfil, el perfil humano de quien obtiene la plaza, sin necesidad de poner límites de edad ni nada de eso. Entonces, si hay un pequeño defecto en ese sentido en el reglamento, parece ser que se modificará, parece ser que el ayuntamiento lo modificará, primero porque estaremos todos de acuerdo, o todas las partes estarán de acuerdo en si realmente hay que modificarlo.
Y, en cuanto a las dudas de las funciones con respecto a la Policía Local, es lo mismo que le he contestado al Grupo de Chunta Aragonesista. Hoy por hoy sabemos que sí que es cierto que, desde una pequeña parte de la Policía Local (no sé si a nivel personal o no sé cómo), es desde donde se ha generado toda esta problemática, y el informe del Justicia únicamente es la eclosión pública del problema. Hemos tenido verdaderos conflictos corporativos con la Guardia Civil de Tráfico en Zaragoza, con numeritos verdaderamente casi de risa, los llamaría yo, y otros muchos conflictos que hemos tenido entre administraciones, siempre generados no sabemos si por una persona, por varias personas, o por alguien del propio colectivo, del propio colectivo de la Policía Local.
Y en cuanto a las funciones es lo mismo. Estamos intentado trabajar mucho por el tema de la coordinación: el conseguir que desde la Policía Local, cuando haya un tema de medio ambiente, nos avisen a nosotros, entendiendo que nosotros, siempre que hay un problema de seguridad pública o seguridad genérica -digamos-, siempre estamos por llamarles a ellos sin ningún problema. Y el intento de coordinación ha sido siempre máximo por nuestra parte, no sólo con la Policía Local sino con la Diputación General. Hace dos días, por ejemplo, me entrevistaba con el jefe de coordinación del 112 en Aragón, ofreciéndoles nuestros servicios y ofreciéndole nuestro teléfono para que nos llamen para todo lo que haga falta, en principio. Ésa es un poco la situación.
Y, por lo demás, no sé si me he dejado algo, pero pienso que no. Lo de la coordinación lo estamos intentado constantemente.
Quería sólo agradecerles a todos las preguntas que nos han hecho, porque, por lo menos, hemos podido expresarnos en algunos conceptos que los dejábamos un poquitín en el aire, a lo mejor, en la intervención.
El señor presidente (ARTIEDA GARCÍA): Muchas gracias, don Alberto Esteban Ferrer.
Yo lo único que querría decirles -y perdonen: es una cosa particular-: la primera y única arma que he tenido en mis manos muchas veces fue un rifle de repetición, marca Tigre, hecho en la fábrica de Asturias de 1929. Era el rifle que tenía mi padre, que era forestal, y siempre tengo la imagen del forestal de monte que siempre iba con el arma de protección, el arma larga. Solamente decirles eso. Es una anécdota.
Despedimos a los representantes de la Guardería Forestal del Ayuntamiento de Zaragoza; ésta es la comisión de todos los aragoneses, que es donde pueden venir a plantear sus quejas, sus peticiones.
Y a los diputados presentes en la comisión quiero decirles que, aunque se agota el período de sesiones, que aprovechen el tiempo en cada una de sus áreas para mantener el trabajo y pasar algunos días de asueto con los conocidos y familiares si les es posible.
Buenos días, y hasta septiembre.
[Se levanta la sesión a las trece horas treinta minutos.]
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