EXPEDIENTES DE MULTA POR INFRAC. 52.A L.O. 4/00

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EXPEDIENTES DE MULTA POR INFRAC. 52.A L.O. 4/00

Notapor xabirb » Jue Jun 27, 2013 10:15 am


Fundas Para Arma Corta

desenfunda.com
Buenas compis, es la primera vez que me conecto a este foro.
Estoy en una comisaría local y (tal como demuestro...), soy nuevo en extranjería...
En estas dependencias, recibimos continuamente oficios-denuncia de la Guardia Civil, en donde tras una actuación suya con un ciudadano extranjero (fuera de la UE), observan que no tiene notificado el cambio de domicilio, tal y como le obliga la L.O. 4/00, y le informan de palabra a ellos que van a comunicárnoslo a nosotros para incoar el correspondiente expediente de multa.
Y es aquí, donde tengo varias dudas:
a) En primer lugar, me consta que en algunas comisarías, citan a los guardias civiles actuantes para ratificarse en la denuncia (algo que en mi opinión no es necesario)
b) Tal y como nos indican los manuales de procedimiento, se realiza el trámite de incoación, posteriormente se le notifica y se le dan diez días para presentar alegaciones. Pero... el manual al que me refiero, indica que posteriormente, la propuesta de resolución, NO SE LE NOTIFICA. Y aquí, viene la duda principal: en la notificación de incoación no se le indica la cantidad que se propone de multa, cantidad que sí refleja la propuesta de resolución. ¿Pueden invalidar el expediente por desconocer el expedientado la cantidad que se le propone? Todo esto, por el poco plazo (dos meses) que tenemos desde la notificación hasta la resolución de la subdelegación correspondiente...
Siento el lío.
:D :D
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Re: EXPEDIENTES DE MULTA POR INFRAC. 52.A L.O. 4/00

Notapor CNP_22 » Jue Jun 27, 2013 11:57 am


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Re: EXPEDIENTES DE MULTA POR INFRAC. 52.A L.O. 4/00

Notapor cnpxxii-a » Jue Jun 27, 2013 7:25 pm


Cartera Con Placa Escolta

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Hay un foro restringido para estas cuestiones buenísimo.
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