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Omega74 escribió:Al margen de que es un disparate jugarte la vida propia o la de los demás por llevar música en las orejas, solo diré....
Artículo 18.2 del Reglamento General de Circulación
Queda prohibido conducir y utilizar cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, excepto durante la correspondiente enseñanza y la realización de las pruebas de aptitud en circuito abierto para la obtención del permiso de conducción de motocicletas de dos ruedas cuando así lo exija el Reglamento General de Conductores.
El hecho de que los altavoces estén integrados en el casco, si estos están a la altura de las orejas u oidos, estamos hablando de unos cascos como los que define el artículo mencionado, ya que la carcasa que lleven es indiferente, por lo que están PROHIBIDOS, de eso no hay duda.
Un saludo
Mas que nada y para que quede constancia por que en mi casco "ofisial" no escucho musica precisamente pero tengo instalados sendos altavoces y micro "ofisiales tambien" de los planitos.
Art. 18.2 (tercer parrafo)
Quedan exentos de dicha prohibición los agentes de
la autoridad en el ejercicio de las funciones que tengan
encomendadas (artículo 11.3, párrafo tercero, del texto
articulado).
Conste que no estoy a favor de escuchar musica conduciendo motos, pero los conductores de turismos tienen muuuchas distracciones, quiza demasiadas (el fumar se va a acabar pronto), y en la moto tenemos que estar permanentemente concentrados a 120 kilometros por hora en una recta interminable de alguna autopìsta española (si, no es una situacion ideal, pero pasa muchas veces).
Ahora bien en lo que no estoy en contra es con los dispositivos analogos bluethoth para recibir y hacer llamadas (mejor parar en cuanto puedas), que se encuentran en el mercado.
Saludosss....