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juanrra escribió:Hoy he entrado a saludar a un compañero (VS) que presta servicio en una especie de centro comercial: hotel, gimnasio, tiendas de ropa, restaurantes, tiendas de ocio, un "mercadona", etc... está a pie de calle, y se puede acceder por tres puertas y un aparcamiento subterráneo.
Bromeando el compañero me ha dicho que llamaría a seguridad para que me echase y yo le respondí que en tanto que recinto de acceso público no podía ni echarme, ni identificarme porque sí. Me ha explicado, que no, que los establecimientos pagan al ayuntamiento y al propietario del centro un canon por "derecho de admisión" y si algún comerciante decide que hay un cliente "non grato" lo comunica al director de seguridad (subinspector de policía prejubilado) para que dé la orden a los vigilantes para que impidan su entrada en el centro comercial, si es detectado por cámaras.
Si no es porque el compañero lleva veinte años en el gremio, ni me molestaría en preguntarlo, pero al final me ha hecho dudar: ¿puede reservarse de alguna manera el derecho de admisión a un centro comercial, pagando por ello? fuera de los casos expuestos al principio del hilo, me refiero.
Un saludo
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prodigo escribió:Hola, Sivict, te contesteo desde mi comunidad autonoma, la cual ese "reservado derecho de admisón" seguro que no lo visarían y no sería aplicable. Y me explico, en mi comunidad autónoma, ese cartel de reservado el derecho de admisión, ademas debe de constar que cosas no son admisibles, y todo ello sellado por la consellería de interior.
Hablas del carrefour, por hablar de un supermercado grande, pero se puede hablar de otros muchos, que a la entrada te sellan la bolsa para evitar que se pueda introducir en su interior productos de ese supermercado que se quieran sacar sin pagar por caja.... es así de simple y fácil. No quiere que se le selle la bolsa?, pues vale, entre usted,pero a la salida le voy a abrir esa bolsa y le voy a pedir el ticket de esos artículos y si no los lleva consigo, entiendo que son mios, y se los intervendré. claro, algunos dirán que yo puedo llevar en la bolsa cosas que me he traido de casa..... pues nada, vaya usted a denunciarme.
En fin que hay que usar el sentido común,que no es el común de los sentidos
Un salu2
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auxpol escribió:Hola, creo que si un área comercial tiene a disposición de los clientes unos casilleros para dejar los objetos bajo llave o una máquina para precintar las bolsas, está en su derecho a pedir que se usen con el simple fin de que cuando el cliente quiera salir no surja ninguna duda sobre el origen de los objetos que porte.
Yo esto no lo veo comparable a que te nieguen la entrada solo por tu forma de vestir.
A mi me pasó en un sitio que me pedían que dejase el paraguas en un paragüero para poder entrar, lo dejé a regañadientes ya que cualquiera podía llevarselo mientras yo estaba dentro, por suerte no fue así, pero si tengo que dejarlo en los paragüeros que tienen llave y candado para cada uno, lo dejo sin problema.
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toxxo escribió:Uff y que dudo mucho que sean legales ¿en que parte de alguna ley dice que no puedes llevar una mochila o bolso? ya sabemos que "las muletas" llevan bolsos grandes para meter dentro otros bolsos (hablo del hospital en el que yo trabajo en el que te limpian el bolso entero de la habitación) o los apantallan para meter ropa en los centros comerciales, pero ¿por eso vamos a impedir el paso a las personas dentro del establecimiento? no se si sería valido ponerlo en carteles como razón de exclusión y dentro del derecho de admisión. En cualquier caso hay que se retorcido y gilipollas para no querer precintar el bolso a la entrada y tocar ls narices luego a la salida, hay gente con mucho tiempo libre para perder, discutir para no precintarlo y luego discutir para enseñarlo.
Sivict escribió:toxxo escribió:Uff y que dudo mucho que sean legales ¿en que parte de alguna ley dice que no puedes llevar una mochila o bolso? ya sabemos que "las muletas" llevan bolsos grandes para meter dentro otros bolsos (hablo del hospital en el que yo trabajo en el que te limpian el bolso entero de la habitación) o los apantallan para meter ropa en los centros comerciales, pero ¿por eso vamos a impedir el paso a las personas dentro del establecimiento? no se si sería valido ponerlo en carteles como razón de exclusión y dentro del derecho de admisión. En cualquier caso hay que se retorcido y gilipollas para no querer precintar el bolso a la entrada y tocar ls narices luego a la salida, hay gente con mucho tiempo libre para perder, discutir para no precintarlo y luego discutir para enseñarlo.
Exacto, lo que no me ha quedado claro al leer este hilo es, si una tienda estilo Carrefour entra dentro de la regulación del derecho de admisión o no, nombra establecimientos públicos, pero éste entra dentro?
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