DEPOL Guardia Civil |
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En mi grupo de extranjeria y documentación nos dedicamos a tramitar las Cartas de Invitación y sólo cuando son de caracter turistico y cumplen todos los requisitos. Y ahora os explico por que he hecho esta puntualización por lo que me paso ayer con una persona que me llamaba de una empresa, la cual iba a invitar a un ciudadano asiatico como todos los años a hacer una serie de trabajos en España y luego por toda Europa, y que la Embajada nuestra le exigía una Carta de Invitación, yo le expliqué que por temas laborales no servía la Carta que nosotros haciamos en comisaría al ser exclusivamente turistica y que podía hacer una invitación laboral a traves de un notario diciendole que volviera a llamar a la Embajada y se lo comunicar.
Me volvio a llamar y me dijo que la embajada le había dicho que como era una invitacion para venir a españa y no había por medio ningún permiso de trabajo ni nada que tenía que ser una Carta de Invitación o si no reserva en hotel.
Le expliqué que habiamos denegado cartas por temas laborales y me dijo que lo haría con reserva pero igualmente le dí la pagina del ministerio de asuntos exteriores (mae.es) y que llamara a los telefonos de consulta.
No hay criterio en las Embajadas en relación al tipo de Cartas de Invitacion que hace la Policia Nacional? Cuanto tiempo habría para revolver una Carta de Invitación? nosotros estamos tardando no mas de 15 dias.
GRACIAS