Gc Edicion 175 Aniversario |
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Lo explicaré de manera resumida para no dar demasiados datos. El caso es que un agente fuera de servicio ve a un individuo cometiendo un delito (delito de daños). Mientras el individuo sube a su coche para marcharse, el agente se identifica y le ordena que pare el vehiculo y salga del coche con la intención de llamar a un patrulla e identificarlo. El individuo se marcha a gran velocidad hasta toparse con una retención. El agente vuelve a localizar al individuo, le pone la placa en la ventanilla y le vuelve a ordenar que pare el vehiculo y salga. La retención se pone en marcha y el individuo huye a gran velocidad saliéndose de la vía donde estaba la retención, de manera que el agente lo pierde de vista.
El agente tiene matrícula, vehiculo y descripción del individuo.
Mi pregunta es si estando fuera de servicio se le puede imputar desobediencia a agente de la autoridad, ya que el art. 634 del C.P. dice "Los que faltaren al respeto y consideración debida a la autoridad o sus agentes, o los desobedecieren levemente, cuando ejerzan sus funciones, serán castigados con la pena de multa de diez a sesenta días".
Gracias de antemano.