CUESTION: ¿OBLIGACION DE ENTREGAR PASAPORTE A ABOGADO?

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CUESTION: ¿OBLIGACION DE ENTREGAR PASAPORTE A ABOGADO?

Notapor tonimeloni » Vie Jun 11, 2010 7:52 pm


DEPOL Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
de-pol.es
HOLA COMPAÑEROS:

OS PLANTEO LA SIGUIENTE CUESTIÓN QUE SE DA A MENUDO EN LA UCRIF EN LA QUE CURRO ACTUALMENTE.

EXTRANJERO QUE EN SU DIA FUE DETENIDO, INCOACION-NOTIFICACION Y PUESTA EN LIBERTAD CON PRESENTACIONES PERIODICAS Y RETIRADA DE PASAPORTE PREVIA ENTREGA DE RESGUARDO.

PASAN SEIS MESES Y POR MOTIVOS VARIOS, ENTRE ELLOS EL NO CUMPLIMIENTO DE LA MEDIDA CAUTELAR DE LAS PRESENTACIONES PERIODICAS, EL EXPEDIENTE CADUCA.

POSTERIORMENTE SE PRESENTA EL ABOGADO Y/O REPRESENTANTE PORTANDO UN PODER NOTARIAL PARA REALIZAR TODOS LOS TRÁMITES HASTA CONSEGUIR RETIRAR EL PASAPORTE DE SU REPRESENTADO.

1. ¿ESTAMOS OBLIGADOS A DAR EL PASAPORTE AL ABOGADO O REPRESENTANTE X.?, POR QUE EL EXTRANERJO SIGUE ESTANDO IRREGULAR YA QUE LA CADUCIDAD NO LE NUTRE DE AUTORIZACION DE RESIDENCIA ALGUNO Y CABRIA LA INCOACION DE OTRO EXPEDIENTE SANCIONADOR, ENTIENDO QUE ESTA VEZ POR PREFERENTA IGUALMENTE YA QUE INCUMPLIO EN EL PRIMERO LA MEDIDA CAUTELAR.

ME GUSTARIA SABER DE LOS EXPERTOS DEL FORO, PARA VER HASTA QUE PUNTO PUEDE SER UTILIZADO TAL "TRIQUIÑUELA" PARA EVITAR SER NUEVAMENTE EXPEDIENTADO.

MENCIONAR QUE SI TANTO EL REPRESENTANTE COMO EL EXTRANJERO SE PERSONAN PARA RETIRAR SU PASAPORTE Y PRESENTA DOCUMENTAL QUE ACREDITE EN PRINCIPIO QUE REUNE LOS REQUISITOS PARA ACOGERSE AL ARRAIGO SOCIAL ( art 45.2), y presenta la cita electrónica en la Delegacion del gobierno, entonces se le entrega el pasaporte sin problema alguno, entendiendose que ya ha ejercido su derecho a solicitar autorización, pero por problemas burocráticos o de volumen de trabajo la delegacion le pospone la presentación de esa documentación.
tonimeloni
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Re: CUESTION: ¿OBLIGACION DE ENTREGAR PASAPORTE A ABOGADO?

Notapor jjmm » Vie Jun 11, 2010 8:53 pm


Guante Corte-trauma

Excelente oferta solo **25?**
materialpolicial.com
Yo nunca le doy el pasaporte al abogado , diga lo que diga o traiga el poder notarial que traiga. Sólo se lo daría si una una resolución judicial lo dice expresamente.
Soluciones:
1-Decirle al abogado que su cliente no es el propietario del pasaporte, sino el titular del mismo, y que por lo tanto sólo se lo entregas a las autoridades de su pais si lo piden o al titular del mismo, pues dicho documento pertenece a un Estado.
2-Incoar un nuevo expediente de expulsión y adoptar la medida cautelar de retirada de pasaporte. Ya lo notificarás cuando localices al extranjero, y si no lo localizas puedes publicar en el Boletin Oficial el acuerdo de inicio, o a incoarle un expediente cada 6 meses.
A veces algunos abogados utilizan el pasaporte para "forzar" el pago de sus minutas (o me pagas o no te doy el pasaporte).
Sadudos.
jjmm
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Re: CUESTION: ¿OBLIGACION DE ENTREGAR PASAPORTE A ABOGADO?

Notapor tonimeloni » Sab Jun 12, 2010 12:33 pm



intervencionpolicial.com
compañero, ¿ podría incoarle nuevo expediente sin estar el extranjero presente, es decir, grabo nuevo expediente sancionador en la aplicación e intentar localizarle?

Entonces, ¿puedo aprovechar que se persona el letrado o representante y notificarle a este el inicio de nuevo expediente sancionador, con la medida cautelar de retirada de pasaporte?
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Re: CUESTION: ¿OBLIGACION DE ENTREGAR PASAPORTE A ABOGADO?

Notapor jjmm » Sab Jun 12, 2010 4:09 pm



sector115.es
Respecto a la primera pregunta en mi opinión se puede hacer sin ningún problema.
El tema de la notificación es más delicado. Ese abogado que ha solicitado el pasaporte es es representante legal de expediente que caducó, pero no del que acabas de incoar.
Si le has incoado un preferente, veo muy difícil la notificacion sin que el infractor se halle privado de libertad pues tiene derecho a asistencia letrada de oficio.
Si le has incoado un ordinario, cualquier método de notificación admitido en la 30/92 valdría.
Saludos.
jjmm
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Re: CUESTION: ¿OBLIGACION DE ENTREGAR PASAPORTE A ABOGADO?

Notapor COLT52 » Sab Jun 12, 2010 5:58 pm


Estoy de acuerdo en casi todo, con relación a la entrega de pasaporte YO TAMPOCO se lo entrego a nadie, SOLO AL INTERESADO, efectivamente el pasaporete es propiedad del estado que representa.-

Por otro lado, yo entiendo que la presencia de letrado, solo es en caso de que el propuesto se encuentre DETENIDO y la detención sea en aplicación de alguno de los Art. de la L.O. 4/2000.

Yo entiendo que un Expte. preferente de expulsión se puede incoar estando el extranjero en libertad, si ese es el caso, CON EL OFRECIMIENTO DE ASISTENCIA LETRADA del Art. 22 de la L.E. es suficiente.-
Sólo conozco 2 cosas infinitas, el universo y la estupidez humana, aunque de lo primero no estoy muy seguro.
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Re: CUESTION: ¿OBLIGACION DE ENTREGAR PASAPORTE A ABOGADO?

Notapor cas » Sab Jun 12, 2010 6:09 pm


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Buenas.

Voy a dar mi opinión y mi forma de actuar.

Creo que antes de nada debemos acudir a la norma y recordar cual es la naturaleza de una medida cautelar: “asegurar la eficacia de la resolución que pudiera recaer”

Está también claro que la resolución, es parte del procedimiento administrativo.

Si el procedimiento administrativo ha caducado, la resolución aunque existente, deja de tener valor ejecutivo, de manera, que, la misma, por su directa vinculación con el procedimiento del que es consecuencia, al quedar éste extinto, invalida su ejecución.

De darse por hecho y ciertas estas deducciones, la medida cautelar adoptada para asegurar una resolución que ahora deja de ser ejecutiva, pierde de igual forma su valor procedimental y sus efectos, y en consecuencia su cobertura legal para seguir siendo aplicada.

De manera, que, el instructor, deja de tener motivo para seguir adoptando dicha medida cautelar de retirada de pasaporte.

Así pues, que hacer con el pasaporte?

Es posible que dicho pasaporte pertenezca a las autoridades que lo han expedido, como dice jjmm, pero también es personal e intransferible para con su titular y así se deduce de la excepción que supone su retirada a su titular por aplicación de la L.O 2/2009.

Son dos hechos ciertos y la excepcionalidad referida imprime un carácter circunstancial a la medida, “situación de irregularidad” y temporal “mientras el procedimiento sea eficaz para el fin perseguido”. Así, si ante nosotros acude un letrado con poder de representación “especifico” para hacerse cargo de esa documentación, legalmente, nada impide su devolución y entrega. Y sí no queremos devolvérselo, pues entonces haciendo uso de la teoría de jjmm, remítelo antes al consulado o embajada del país correspondiente, dada la imposibilidad de su entrega a su titular.

En cuanto a sí el letrado es o no representante de uno u otro procedimiento, dependerá del tipo de poder de representación que se haya suscrito entre ambas partes. En todo caso me parece un método muy muy expeditivo, como poco, tanto el pretender notificar al mismo en representación, un nuevo procedimiento administrativo sancionador, como el iniciar uno sin tener al ciudadano extranjero delante, dado que la ley, si bien, es posible que no excluya esta práctica, y así parece deducirse del contenido del articulo 6.2 del RD 1398/1993, lo cierto es que me sigue pareciendo que para el caso de tratarse de un procedimiento en vía preferente no encaja en absoluto. Hablamos, por supuesto del momento de la incoación del procedimiento y su notificación de ésta al interesado.

Tampoco, en consecuencia entiendo necesaria una resolución judicial para la devolución de un pasaporte, además de completamente innecesaria por tratarse del procedimiento administrativo en el que nos encontramos.


En cuanto a la incoación de un nuevo procedimiento cada seis meses. Sí, es evidente que haciendo un uso, preemíteme, torticero de la norma, nada nos lo prohibe.

Compañero, saca tus propias conclusiones, y aplica proporcionalidad y motivación a tu forma de actuar.

Un saludo ****48278
Última edición por cas el Sab Jun 12, 2010 9:00 pm, editado 1 vez en total
cas
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Re: CUESTION: ¿OBLIGACION DE ENTREGAR PASAPORTE A ABOGADO?

Notapor tonimeloni » Sab Jun 12, 2010 7:12 pm


Gracias compañeros, por vuestras aportaciones.

La cuestión la planteo por que ya son muchos los letrados que se personan en comisaria portanto poder general para pleitos y una vez que se les deniega la entrega de pasaporte, estos posteriormenbte se presentan con acta notarial, con la redacción especifica " autorizado por el administrado para realizar todos los trámites pertinentes hasta conseguir la entrega del pasaporte", siendo igualmente denegado y por eso nos ganamos la denuncia de este.

ya que entiendo que dicha práctica es unica y exclusivamente para evitar que a su representado le sea nuevamente incoado expediente y como policia pues como que no sienta bien, pero entiendo que si hay que devolverlo por que la ley así me lo impone lo haré claro está y si por el contrario puedo no entregarlo y hacer frente a esa solicitud argumentandolo con legislación tambien lo haré, ese es el conocimiento que me falta, por eso pregunto en el caso de denegarselo, como lo haceís o simplemente decirles que no verbalmente.

otra cuestión es la siguiente:

Si al adminstrado, en el expediente caducado, se le impuso medida cautelar de presentaciones periodicas y por supuesto las ha incumplido sistemáticamente, debido a ello caduco el expediente,¿ se le podría incoar expediente sacionador con propuesta de expulsión, por la via preferente, en virtud del articulo 53.1 d) El incumplimiento de las medidas impuestas por razón de seguridad pública, de presentación periódica de alejamiento de fronteras o núcleos de población concretados singularmente, de acuerdo con lo dispuesto en la presente Ley?.

o por el contrario, ¿las presentaciones periodicas impuestas por el articulo 61, no se corresponden con las que menciona el anterior artículo?

perdonad mis desconocimientos pero como dije anteriormente me toca aprender sin veterano que me sirva de referencia.

un saludo.
tonimeloni
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Re: CUESTION: ¿OBLIGACION DE ENTREGAR PASAPORTE A ABOGADO?

Notapor MANDRAGORA » Sab Jun 12, 2010 7:18 pm


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¿No se podría incoar otro y como nueva medida cautelar le retirada del pasaporte?
Por lo que ante la presencia del letrado, se le indica que el otro caduco, pero se ha abierto otro nuevo.
MANDRAGORA
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Re: CUESTION: ¿OBLIGACION DE ENTREGAR PASAPORTE A ABOGADO?

Notapor cas » Sab Jun 12, 2010 9:22 pm


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Buenas.

Mira ya que buscas algo de experiencia, me voy a permitir la licencia de decirte que hacer bien nuestro trabajo no significa ganar siempre y ganar siempre no significa simpre hacer bien nuestro trabajo.

La norma es la que es y la denuncia por parte del letrado tiene fundamento legal, ya lo creo. La extranjería seguirá cuando tu te vayas, preocúpate de llegar a verlo, compañero.

En cuanto a lo del incumplimiento de las presentaciones periódicas, hay autores que identifican estas medidas incumplidas con el contenido del articulo que mencionas, pero hay otros sin embargo que entienden que estas medidas son más bien las que se toman bajo otras circunstancias que no son precisamente las derivadas propiamente de la ley de extranjería.

En todo caso existe una segunda solución. No es necesario que acudas a la aplicación de este articulo y a su presunta infracción, dado que sí puedes usar sin embargo, el criterio y uso del preferente, por supuesto aludiendo al punto a) del 63.1 riesgo de incomparecencia. Este termino del todo subjetivo aunque no falto de motivación por supuesto, estaría bajo mi punto de vista dentro del criterio posible para argumentar dicha tramitación. Es posible, pero aun así te recomiendo valorarlo tranquilamente.

Yo desde luego soy de la opinión de que las medidas a las que hace mención el punto d) no son propiamente la presentación periódica que nosotros acordamos.

Por cierto enhorabuena, has captado la atención de dos “monstruos” de estos temas, jjmm y Colt, es un placer compartir opiniones y se echa de menos, por cierto.

Mira Mandrágora, es posible que la ley no te lo prohiba, pero después de la norma, y de la jurisprudencia se impone el sentido comun y la prudencia. Debo decir que lo considero pero hoy por hoy no lo he encontrado necesario. Aunque sin embargo entiendo que es posible procedimentalmente hablando.

Un saludo ****48278.
cas
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Re: CUESTION: ¿OBLIGACION DE ENTREGAR PASAPORTE A ABOGADO?

Notapor rikart » Lun Jun 14, 2010 4:23 pm


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Mi opinión al respecto, y porque a menudo este caso se dá bastante, sobre todo cuando se te presenta el abogado diciendo que le hace falta el pasaporte porque tiene cita por Arraigo.
Yo en este caso y para no complicarme la vida, le doy una compulsa de todo el pasaporte y con eso le vale para realizar dicho trámite. El pasaporte yo solo se lo entrego cuando ya le han concedido la residencia y/o la Delegación del Gobierno me dice que el expediente se revoca.
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