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BOE 21/12/2013
Entrada en vigor:
El día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.
Objeto:
Adoptar medidas para atajar la morosidad pública que afecta a la sostenibilidad financiera, entre ellas, ampliar el concepto del principio de sostenibilidad financiera para incluir el control de la deuda comercial.
Comentario:
La Ley Orgánica 9/2013, de 20 de diciembre, de control de la deuda comercial en el sector público recoge un conjunto de medidas, la mayoría dirigidas a la reducción de la morosidad pública y favorecer el cumplimiento del principio de sostenibilidad financiera. En este sentido, modifica varios preceptos de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, aplicables a las Administraciones Públicas, en general y, a la Administración Local en particular.
Se recoge en esta Ley una modificación de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, con la que se amplia en un día, los tres previstos hasta ahora en concepto de permiso por asuntos propios.
Por otro lado, se faculta a los municipios de gran población para que, mediante acuerdo de Pleno, se pueda asignar a funcionarios el ejercicio de funciones de ordenación del tráfico en casco urbano, subordinados al cuerpo de Policía local, pero sin integración en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
La Ley Orgánica introduce modificaciones en la tipificación de infracciones muy graves recogida, en materia de gestión económico-presupuestaria, en la reciente Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
http://www.lasclavesdelderecho.com/dere ... -3885.html
Entiendo que a día 22 de diciembre disfrutamos no de los tres días de asuntos que nos [tachar]
Ahora a ver si no hay ningún problema con los jefes y secretarías.