por welldone » Sab Ene 26, 2008 12:05 am
hola.
como seguro que ya sabes las competencias en infracciones de la ley extranjeria son competencia de CNP, por lo que tu no podrias incoar ningun expediente basado en dicha ley.
la ley de extranjeria que mencionas no refleja la posibilidad de incoar expediente de expulsion de una persona extranjera con residencia o estancia regular en nuestro pais basandose en una infraccion penal.
la via que te ofrece la ley vigente extr conmutar una infracción penal por una expulsion solo puede recaer en persona extranjera irregular en nuestro pais y con las siguientes condiciones:
Extranjeros no residentes legalmente en España, condenados a penas privativas de libertad, inferiores a seis años, estas podrán ser sustituidas por su expulsión del territorio nacional.
Extranjero condenado a penas privativas de libertad iguales o superiores a seis años, siempre que haya cumplido las tres cuartas partes de la condena.
Extranjero no residente como sustitución de las medidas de seguridad privativas de libertad que le fueran aplicables.
posd: si es posible, si tienes conocimiento de que un persona con permiso de residencia esta imputado o condenado por alguna infraccion penal, hacerselo conocer, via oficio explicativo, este hecho a la subdelegac o ofic de extranjeros para que le deniegen a esta persona la renovacion del permiso de residencia pudiendo pasar a situacion irregular.