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Esto me ocurrio hace 3 años estando de prácticas y me gustaría saber que opinais.
Nos comisiona la sala por que hay una reyerta en el edificio público de Hacienda (Agencia Tributaria)
A la llegada nos encontramos a un hombre, una mujer embarazada y varios Vigilantes de Seguridad.
Entrevistados con el hombre (requirente) este se nos identifica como compañero del CNP y nos dice que el problema es el siguiente:
Su mujer que está embarazada (se apreciaba a simple vista por que estaba por el 8º mes) tiene que acceder al interior del edificio de Hacienda para arreglar unos papeles, pero para acceder debe pasar por un arco detector de metales...
El compañero (requirente) nos comunica que su mujer no quiere pasar por los arcos ya que teme que le cause lesiones al feto, por lo que procede a hablar con los Vigilantes de Seguridad...
Estos le comunican que nadie puede pasar al edificio sin pasar por el escaner, excepto los miembros de las FCS que lleven su arma y tras estar identificados.
El compañero dice que lo acepta pero que hay una circular/instrucción de la Unión Europea en la que se imparten instrucciones a los estados miembros para que las mujeres embarazadas sean eximidas de pasar por elementos electrónicos durante la gestación, debiendo suplirse tal medida de control por un registro personal.
Por lo que el compañero solicito a los vigilantes (concretamente había 2 mujeres vigilantes habilitadas) que por favor sometieran al registro que considerasen oportuno a su mujer incluso en sala aparte, pero que esta no debia pasar por el arco por la salud del feto.
Los vigilantes se niegan a tal extremo argumentando que ellos tienen la orden de que todo el mundo que acceda a Hacienda debe pasar por el detecto de metales (excepto FCS).
Ese día no estaba el jefe de seguridad por lo que tuvimos que hablar con un vigilante (sería el más antigüo o el de mayor rango) y nos dijo que solamente darían acceso a la mujer si nos haciamos nosotros (mi compañero y yo) responsable de lo que pudiera pasar.
Yo hubiera estado encantado de hacerme responsable pero el compañero no estaba por la labor y dijo que nosotros no teniamos por que hacernos cargo de lo que ocurra dentro del edificio, que eso es tema de ellos (el personal de seguridad privada) por lo que tras advertir al compañero (requirente) que solo podía hacer una cosa (denunciar) nos fuimos a Comisaría y escribimos la oportuna minuta.
El compañero se identifico en todo momento como miembro de las FCSE ya que portaba su arma reglamentaria. En ningún momento le impidieron el acceso al compañero puesto que tenían instrucciones de dejar pasar a los miembros de las FCSE sin control por escaner ni nada.
¿Sabies si es cierto lo de la Circular/Instrucción de la UE? ¿Que habríais hecho vosotros?
A mi la verdad que me toco un poco los "webs" la actitud del vigilante que para colmo al finalizar la intervención le pedía el número de placa al compañero (requirente) el cual porsupuesto le mando a freir esparragos....
Un saludo!!