CONDENA A UNA EMPRESA DE SEGURIDAD

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CONDENA A UNA EMPRESA DE SEGURIDAD

Notapor EL LOBO » Mié Jun 20, 2007 2:28 am



intervencionpolicial.com
Condenada una empresa de alarmas por enviar a la Guardia Civil a un falso atraco
Los jueces consideran que la empresa ha de tener verificado el auténtico domicilio de sus contratos


FRANCISCO BARRASA
El Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha ratificado en sentencia que las empresas de seguridad privada cometen infracción de carácter grave cuando remiten un salto de alarma a los servicios policiales «sin verificarla previa y adecuadamente».


La sentencia del TSJB considera que es pertinente una sanción pecuniaria impuesta por el Ministerio del Interior a una empresa radicada en Mallorca que movilizó a una patrulla de la Guardia Civil hacia una dirección de Cala d'Or, en Santanyí, donde el suboficial al mando comprobó que no había ningún logotipo de la central de alarmas, no le fueron facilitados más datos sobre la empresa que supuestamente radicaba allí, y concluyó que con ello se había ocasionado «un desplazamiento urgente innecesario de los agentes».


El recurso a los tribunales de la empresa de seguridad no estaba dirigido a combatir el montante de la multa -600 euros- sino las razones del Ministerio del Interior para imponerla, y así señalaba que su obligación no es otra recibir la señal de atraco, dar aviso a las Fuerzas de Seguridad y «facilitar todos los datos para la localización del lugar donde se ha disparado la alarma».


Pero es precisamente esa última obligación la que comporta, a criterio de los magistrados del TSJB, una infracción grave por incumplimiento en el caso de la llamada por el supuesto incidente de Cala d'Or, puesto que la empresa tenía contratada una alarma pero no había verificado «y no ha tratado siquiera de demostrar que en el lugar de los hechos hubiera una empresa con actividad».


La sentencia del Tribunal Superior de Balears, contra la que no cabe recurso ordinario, deja establecido que en casos como el juzgado la responsabilidad punitiva parte del seguimiento de «una conducta ilícita en materia de seguridad privada».
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Notapor Mahonei » Mié Jun 20, 2007 2:37 am


Academia Acceso CNP

sector115.es
Estupendo!!!
más caña deberían darles con estas cosas...
Yo ya he sufrido hechos similares... como mandarnos a un domicilio por una alarma de atraco... llegar y ser el domicilio del dueño de una empresa sita al otro lado de la ciudad. La alarma por supuesto había saltado en la empresa y "sola"... ale... eso lo único que consigue es que te digan que tienes que ir a una alarma y vayas con la mayor parsimonia del mundo...

¿Qué porcentaje de las alarmas resultan ser ciertas? un 2%, por ahí andará, por lo menos por aquí...

Me encantaría saber cual es la función de comprobación que se realiza... pq he oido que se suelen instalar sistemas bidireccionales para poder comprobar la alarma... pero... me da que o no funcionan, o no son realmente operativos, o simplemente no se usan....

Saludos
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Notapor Beorn » Mié Jun 20, 2007 2:49 am


Son caros :)
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Notapor snakefd99cb » Mié Jun 20, 2007 2:55 am


Conviértete En Ertzaina

Todo online
nola2hurtu.eus
Ahora mismo no me ha acuerdo

¿Pero que tanto % de falsas alarmas en un mismo sitio debe darse para que la empresa sea multada?
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Notapor EL LOBO » Mié Jun 20, 2007 3:03 am


Una mas de tantas empresas de seguridad ILEGALES que se mueven en este pais.


:protesta: :protesta: :protesta: :protesta: .


Sin servicio ACUDA , colocan alarmas sin estar homologadas en lugares sin estar dadas de alta en la Policia, en fin.........despues contratan gente.........y asi.....y asi......


Claro despues la policia se quema y piensa que todos somos iguales.

Denunciar POLICIAS ( TODOS) Y G.C.


ASI FUNCIONAN LAS NORMAS DE ESTE GOBIERNO.


Un saludo.
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Notapor Beorn » Mié Jun 20, 2007 3:09 am


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Joer pregunta de examen y yo no me acuerdo jajajaja

Creo que son tres para que le metan el palo, aunque con dos ya les dan el toque. Mañana mirare los libros que ahora estoy cansado jajajaja
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go

Notapor snakefd99cb » Mié Jun 20, 2007 3:17 am


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Beorn escribió:Joer pregunta de examen y yo no me acuerdo jajajaja

Creo que son tres para que le metan el palo, aunque con dos ya les dan el toque. Mañana mirare los libros que ahora estoy cansado jajajaja


Pues en mi examen salio algo parecido. Preguntaba algo así: en el caso que
se dieran falsas alarmas..... y continuaba, pena que no lo recuerde
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Notapor Beorn » Mié Jun 20, 2007 3:23 am


Chaleco Tactico Cnp

20 euros, marcaje incluido
militariapiel.es
No me hagas mucho caso que ya estoy gaga :) pero si mal no recuerdo eran asi, a las dos falsas se daba un toque de atencion por parte de los agentes a la empresa de seguridad y a los tres se la catigaba, lo que me parece que tenia que ser de la misma, si se producia de distintas eran mas, pero pocas mas, creo que se daba ese margen debido a que si se daba en distintas era problema de la central y si se daba en la misma era problema de la que estuviera instalada.

Pero ya te digo que mejor te lo digo mañana a no ser que se me anticipe un compañero :)
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Notapor Beorn » Mié Jun 20, 2007 3:17 pm


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snakefd99cb Casi la acierto .....(ni de coña jajajajajaja)

El Reglamento de Seguridad Privada define en su art. 50.20 las falsas alarmas como: "toda alarma que no este determinada por hechos susceptibles de producir intervencion policial"

Una alarma podra ser desconectada cuando no sea indicador de un Sistema de Seguridad obligatorio.

Si el Sistema es voluntario, este se podra desconectar cunado las falsas alarmas superen el numero de 4 en un mes o 12 en seis meses, siempre que requeridos los titulares para que subsanen las deficiencias estos hicieran caso omiso.

En los Sistemas obligatorios, al no poder desconectarse, se incoara contra sus propietarios el correspondiente expediente sancionador (art. 23.n de la Ley Organica sobre la Proteccion de la Seguridad Ciudadana)

Me da la sensacion de que ya no lo voy a olvidar jejejejeje
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