Con respecto a los cazadores en Alicante.

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Con respecto a los cazadores en Alicante.

Notapor johngfd » Jue Jul 22, 2010 2:08 pm


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materialpolicial.com
Hola , tengo un terreno con viñas en la provincia de Alicante y muchos fines de semana veo cazadores dentro de mis viñas , quisiera saber , a parte de a la Guardia Civil a quien mas puedo llamar para saber que cumplen todos los requisitos o no ( si puedo llamar a la antigua ICONA o a los agentes forestales ...) , cuales son las normas , y si pueden cazar por donde les venga en gana o tienen que mostrarme si se lo pido alguna documentacion .
Tiene la obligacion de cazar dentro de un coto , o pueden cazar donde quieran? a mi nadie me ha pedido permiso para entrar en mis tierras, puede ser que sea un coto y yo no tenga derecho a decir que no? espero que si esto no va aqui me lo digais y lo cambio ,gracias.
johngfd
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Registrado: Jue Jul 22, 2010 2:00 pm

Re: Con respecto a los cazadores en Alicante.

Notapor xenx68 » Jue Jul 22, 2010 2:49 pm



intervencionpolicial.com
Lo primero que te aconsejaría es que te pusieras en contacto con los agentes forestales de la zona (si no me equivoco en la Comunidad Valenciana reciben el nombre de agentes medioambientales) o con el SEPRONA de la Guardia Civil que serán quiénes te informarán mejor.

No se exactamente cómo está la legislación en Valencia (cada comunidad puede tener la suya autonómica y si no ,se rigen por la básica estatal). Pero pueden que tu finca esté en tres supuestos.

1- Es terreno libre, con lo que cualquier persona con licencia de caza, seguro y la documentación del arma puede cazar en la época hábil.

2- Es un coto, con lo que además deberían tener la autorización del titular o presidente del coto. En este caso tendría que haber por alguna zona cercana las tablillas o señales con la matrícula del coto. Como propietario de la finca deberías tener conocimiento sobre si tu finca está incluida dentro de un coto, y lo normal es que lo hayas autorizado, tú o el anterior propietario. De todas maneras, hay unos supuestos en los que tu finca puede ser incluida obligatoriamente en un coto, incluso contra tu voluntad.

3- Es una zona de seguridad, y no puede cazar nadie. Normalmente son unos metros alrededor de una casa, carretera, camino, población...

Si tu finca ha sido incluida en un coto, puedes pedir que se segregue y que lo saquen (esto lo tendría que hacer la administración competente) o vallar toda la finca e impedir la entrada a todo el mundo.

Lo que no puedes hacer es pedirle la documentación a nadie, puesto que no tienen ninguna obligación en mostrártela.
Hay tontos que tontos nacen, hay tontos que tontos son, y hay tontos que tontos hacen a los que tontos, tontos, no son.
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