COMPETENCIAS POLICIA FORAL

Foro sobre la Policía Foral de Navarra.

Moderador: Moderadores Zonales

Reglas del Foro
Este foro está CERRADO, visita y participa en nuestro nuevo foro en: https://www.foropolicia.es.

Por decisión de la administración en este foro ya no se podrán escribir temas ni mensajes nuevos y solo permanecerá abierto a efectos de consulta. Si quieres saber los motivos de este cambio pincha aquí.

Para cualquier información, pregunta o duda puedes enviarnos un e-mail a info@foropolicia.es

COMPETENCIAS POLICIA FORAL

Notapor minimunny » Sab Ago 07, 2010 12:12 pm


Botas Policiales Desde 52?

desenfunda.com
Como no tengo mucha idea... me gustaría q alguien me pueda informar un poco y enumerar las funciones y competencias q tiene la Policía Foral. En qué se distingue de la local??

Muchas gracias
minimunny
-Policía en Prácticas-
-Policía en Prácticas-
 
Mensajes: 28
Registrado: Mar Jun 01, 2010 9:24 pm

Re: COMPETENCIAS POLICIA FORAL

Notapor polillon89 » Sab Ago 07, 2010 2:50 pm


HECKLER & KOCH SFP9 - SK

Subcompact 9mm x 19
uspsuministros.com
Pues se diferencia de la local pues que la foral es una policia autonomica y sus compentencias son trafico, seguridad ciudadana, etc...
PARA ASI PREMIAR EN LOS HIJOS, LAS VIRTUDES DE LOS PADRES
Avatar de Usuario
polillon89
Nivel: Básico -Policía-
Nivel: Básico -Policía-
 
Mensajes: 131
Registrado: Mié Sep 24, 2008 11:29 pm

Re: COMPETENCIAS POLICIA FORAL

Notapor B.C.I. » Sab Ago 07, 2010 4:11 pm


Gafas Polarizadas 5.11

militariapiel.es
Ley Foral 8/2007, de 23 de marzo, de las policías de Navarra escribió:TÍTULO II. LA POLICÍA FORAL DE NAVARRA

CAPÍTULO I. Organización y funciones

Artículo 7. Naturaleza.


1. La Policía Foral de Navarra es el instituto armado dependiente de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, de carácter civil, con estructura y organización jerarquizadas.

2. La Policía Foral de Navarra es una policía integral y de referencia que ejerce sus funciones en todo el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, sin perjuicio de las competencias que el ordenamiento jurídico atribuye a las Policías Locales y a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

Artículo 8. Mando supremo.

1.
Corresponde al Gobierno de Navarra, ejercido a través de su Presidente, el mando supremo de la Policía Foral de Navarra.

2. El Consejero competente ejercerá la superior dirección del Cuerpo de la Policía Foral de Navarra.

Artículo 9. Funciones.

La Policía Foral de Navarra ejercerá las siguientes funciones:

a) Garantizar la seguridad ciudadana y el pacífico ejercicio de los derechos y libertades públicas y la protección de personas y bienes.

b) Velar por el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones generales aplicables en las materias de la competencia de la Comunidad Foral, así como de los actos emanados de los órganos institucionales de la Comunidad Foral de Navarra, mediante las actividades de inspección, denuncia y ejecución forzosa.

c) Velar por la protección y seguridad de las autoridades de la Comunidad Foral.

d) Velar por la protección y seguridad de las personas, edificios e instalaciones dependientes de las instituciones de la Comunidad Foral de Navarra y de sus entes instrumentales.

e) Garantizar el normal funcionamiento de los servicios públicos esenciales cuya competencia corresponda a la Comunidad Foral de Navarra.

f) La ordenación del tráfico dentro del territorio de la Comunidad Foral de Navarra, conforme a los convenios de delimitación de competencias en la materia concluidos con el Estado y vigentes en cada momento, salvo que correspondan legalmente a las Policías Locales.

g) La actuación e inspección en materia de trasportes, de conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente.

h) Mantener y, en su caso, restablecer el orden y la seguridad ciudadana mediante las intervenciones que sean precisas, y, en particular, vigilar los espacios públicos, proteger y ordenar las manifestaciones y mantener el orden en grandes concentraciones.

i) La protección y el auxilio de personas y bienes, especialmente en los casos de accidente y de emergencia, según las disposiciones y, en su caso, planes de protección civil.

j) Instruir atestados por accidentes de circulación, en el ámbito funcional de la letra f).

k) La prevención de actos delictivos y la realización de las diligencias necesarias para evitar su comisión.

l) Policía judicial, en los casos y formas que señalen las leyes.

m) La cooperación y colaboración con las autoridades locales de Navarra, siempre que éstas lo soliciten, en la forma que determinen las disposiciones aplicables.

n) La cooperación y colaboración con otras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en los casos previstos en las leyes.

ñ) La colaboración con todas las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en la recogida, tratamiento y suministro recíprocos de información de interés policial.

o) La inspección de las empresas de seguridad privada que actúen en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra, así como el control de sus servicios y actuaciones y de los medios y personal a su cargo, en los términos establecidos en la legislación vigente.

p) La cooperación a la resolución amistosa de los conflictos privados cuando sean requeridos para ello.

q) Cualesquiera otras que le atribuyan las leyes y, en concreto, las que éstas encomienden a los Cuerpos de Seguridad de las Comunidades Autónomas.
Imagen
Avatar de Usuario
B.C.I.
Nivel:Master I -Jefe Superior-
Nivel:Master I -Jefe Superior-
 
Mensajes: 4622
Registrado: Mar Dic 25, 2007 9:13 pm
Ubicación: ESPAÑA


Volver a Policía Foral

¿Quién está conectado?

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 1 invitado