Heavy CME escribió:Aunque esta pregunta se ha contestado infinidad de veces, lo voy ha hacer una más.
Al finalizar el ISPC se hace media entre la nota de las opos y la del ISPC (opos 30% y ISPC 70%). Con esa nota se hace una lista con todos los aspirantes y eligen destino por orden.
Luego una vez en prácticas, a los 4 meses aproximadamente vuelves a elegir destino hasta el final de las prácticas dónde eliges por última vez usando aún la nota que tenías. A partir de ahí cuando salga concurso general o a una especialidad puedes ganar plaza en propiedad.
Si subes de rango, pues más o menos lo mismo, pero dentro de los de tu rango.
Un saludo!
Aprovechando el hilo este antes de que lo cierres o lo cierren, tengo dos preguntas:
1. Yo tenía entendido que en el ISPC los primeros de la promoción se les permetia escoger el destino que quisieran, pero a los demás se les entregaba una hoja donde ponían sus preferencias de destino, pero aunque quisieras ir a Barcelona te podían enviar a Girona. ¿Eso sigue así o es un sueño mio?
2n- Cuando se está en prácticas (que sobre los 4 meses, como dices, se tiene que cambiar de destino) ¿es obligatorio cambiar a otro destino o te puedes quedar donde estabas hasta acabar las prácticas y una vez acabadas ya para siempre?
Porque si en el ISPC escoges de destino Barcelona y te dicen que sí, eso quiere decir que al acabar el período de prácticas te instalas ya en la comisaría escogida en Barcelona, ¿o lo de escoger destino es para hacer las primeras prácticas?
Moltes gràcies!!