Coche estacionado sin seguro

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Coche estacionado sin seguro

Notapor kaos total » Mar Feb 10, 2009 12:56 am


HECKLER & KOCH SFP9 - SK

Subcompact 9mm x 19
uspsuministros.com
Pues os comento:
A un amigo le han puesto hoy una multa de 1500€ por tener el coche estacionado sin el seguro obligatorio y se lo llevo la grua sin avisar. Segun he estado mirando parece que las sanciones por no tener seguro se rigen segun el RDL 8/2004 del 29 Oct. (aunque no estoy seguro) con multas entre 600€ y 3000€ graduada según que el vehículo circulase o no, su categoría, el servicio que preste, la gravedad del perjuicio causado, en su caso, la duración de la falta de aseguramiento y la reiteración de la misma infracción. Teniendo en cuenta que llevaba sin seguro desde Noviembre de 2008, que no causaba perjuicio (correctamente estacionado) , no hay reiteracion y no circulaba , ¿Se puede alegar algo en cuanto a la falta de proporcionalidad al graduar la multa? ¿O no hay nada que hacer?
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kaos total
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Re: Coche estacionado sin seguro

Notapor atis » Mar Feb 10, 2009 12:10 pm


Navaja Tactica Rui

militariapiel.es
Pos va a ser que no, es la multa que ponen a los turismo. Tu amigo debería haber dado una baja temporal del vehiculo para que no le hubiera pasado eso.
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atis
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Re: Coche estacionado sin seguro

Notapor esfa » Mar Feb 10, 2009 12:34 pm


¿Quieres ser Policía Nacional?

Prepárate con los mejores
joyfepolferes.es
De momento le habran puesto menis ya que esa cantidad es cuando el vhiculo esta en marcha. Y si es totalmente ilicito hacerlo.
APRENDER CON VOSOTROS
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Re: Coche estacionado sin seguro

Notapor Navarra » Mar Feb 10, 2009 6:09 pm


Gc Edicion 175 Aniversario

gafaspolicia.com
-Lo siento, tu amigo no librará.

-Tener el coche estacionado sin el seguro obligatorio en vía pública (clase B).

1º-Denuncia de 800 Euros en el boletín de la D.G.T y no 1500 Euros, porque ésta última cantidad procede por circular con un vehículo reseñado cómo de la clase B sin seguro.
-Pero no importa porque el instructor, que es quien instruye, osea quien multa determinando la cantidad, arreglará el defecto de forma,(800Euros).

2º-El agente llamará a la grua, para proceder la retirada del vehículo al depósito municipal.

Un saludo.
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Re: Coche estacionado sin seguro

Notapor Juanete » Mar Feb 10, 2009 7:49 pm



foropolicia.es
atis escribió:Pos va a ser que no, es la multa que ponen a los turismo. Tu amigo debería haber dado una baja temporal del vehiculo para que no le hubiera pasado eso.

¿Si se da de baja temporal un vehículo puede permanecer estacionado en la vía pública el tiempo que se quiera? ¿No hay peligro de que se lo lleve la grua por abandono si se comunica previamente al ayuntamiento?
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Re: Coche estacionado sin seguro

Notapor kaos total » Mar Feb 10, 2009 7:57 pm


Cartera Porta Placa Ertzaintza

Fabricado en piel de vacuno
enpieldeubrique.com
Navarra escribió:-Lo siento, tu amigo no librará.

-Tener el coche estacionado sin el seguro obligatorio en vía pública (clase B).

1º-Denuncia de 800 Euros en el boletín de la D.G.T y no 1500 Euros, porque ésta última cantidad procede por circular con un vehículo reseñado cómo de la clase B sin seguro.
-Pero no importa porque el instructor, que es quien instruye, osea quien multa determinando la cantidad, arreglará el defecto de forma,(800Euros).

2º-El agente llamará a la grua, para proceder la retirada del vehículo al depósito municipal.

Un saludo.


Entonces la multa deberia ser 800 y no de 1500 y deben rectificar?
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Re: Coche estacionado sin seguro

Notapor Navarra » Mar Feb 10, 2009 10:46 pm


-Exactamente kaos total:

-Art. 2, Ap. 1, Op 1C. Carecer del seguro obligatorio el vehículo reseñado para cuya conducción se exige
el permiso de la clase B. 800 €

-Y si se paga antes de 30 días naturales, contando desde el día después de la notificación, uno se beneficia del ahorro del 30% sobre el total de la cuantía.

El 30% de 800Euros=240Euros.

800-240=560Euros se pagaría.
- (Fácil ¿no?).

Un saludo.
Navarra
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Re: Coche estacionado sin seguro

Notapor thecatcherintherye » Mar Feb 10, 2009 11:24 pm


Las denuncias relativas al SOA que sean por carecer de seguro, NO LLEVAN DESCUENTO del 30 por ciento, se aplica el importe íntegro.
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Re: Coche estacionado sin seguro

Notapor Navarra » Mié Feb 11, 2009 12:08 am


DEPOL Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
de-pol.es
-Gracias, muchas gracias, thecatcherintherye por rectificarme. :oops:
-Se me ha ido el santo al cielo.

-Mis disculpas a los leyentes y en especial a kaos total.

-Saludos.
Navarra
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Re: Coche estacionado sin seguro

Notapor MASAM » Mié Feb 11, 2009 7:07 pm


Boligrafo Kubotan

28?
materialpolicial.com
Juanete escribió:
atis escribió:Pos va a ser que no, es la multa que ponen a los turismo. Tu amigo debería haber dado una baja temporal del vehiculo para que no le hubiera pasado eso.

¿Si se da de baja temporal un vehículo puede permanecer estacionado en la vía pública el tiempo que se quiera? ¿No hay peligro de que se lo lleve la grua por abandono si se comunica previamente al ayuntamiento?



-- Seguro ??

-- Segun el Real Decreto 1507/2008 se habria librado.

-- Segun el Real Decreto LEGISLATIVO..... NO se libra.


***Ambas normas estan en vigor.
El "homo sapiens" está dejando de ser "sapiens"..... regresando al mono del que no debió salir.

-Soy responsable de lo que digo.....no de lo que tú "entiendes".-
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Re: Coche estacionado sin seguro

Notapor prodigo » Jue Feb 12, 2009 1:44 am



intervencionpolicial.com
Hola, si esta dado de baja, lo trato como residuo solido urbano, y la sancion es de HASTA 30.000 euros...... :caco: :caco:
Elige.
Un salu2
Spoiler:
Código: Seleccionar todo
http://www.avast.com/get/TffZNBD0


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Re: Coche estacionado sin seguro

Notapor chimote » Mar Feb 17, 2009 12:01 pm


Oposiciones Cnp 2013

sector115.es
Yo procedería de la siguiente manera.

Si oibservo un vehículo que puede estar abandonado pero no se dan las circunstancias para considerarlo como tal (tiene matrícula, aparentemente puede circular por sus propios medios, no está de baja) hago consulta a la base de datos de FIVA.

Si me consta como no asegurado envío carta certficada al titular para que acredite estar en posesión del SOA.

Si no se localiza o no acredita, denuncia al canto e inmovilizo en el lugar.

Transcurridas 48 desde la inmovilización, y segú artículo vigente del Código de Circulación, al depósito.

Transcurridos dos meses desde entrada en el depósito se envía carta certificada al titular informandole de este hecho. Si no subsana la circunstancia se puede considerar como vehiculo abanadonado y por tanto residuo sólido según Ley de Residuos. Denuncia al canto y al Centro Autorizado de Tratamiento.

¿Que os parece?

Saludos.
LA SOCIEDAD ES UN MANICOMIO CUYOS GUARDIANES SON LOS FUNCIONARIOS DE POLICIA
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Re: Coche estacionado sin seguro

Notapor MASAM » Mié Feb 18, 2009 7:46 pm


chimote escribió:Yo procedería de la siguiente manera.

Si me consta como no asegurado envío carta certficada al titular para que acredite estar en posesión del SOA.

Si no se localiza o no acredita, denuncia al canto e inmovilizo en el lugar.



Asi por lo pronto.........

1º- Lo dices en serio ??????????????????????????? :?: :?:

2º- Que no hay norma alguna que te permita requerir a nadie, NADA, por medio de carta certificada.

3º- Que no existe norma alguna que obligue a nadie a contestarte NADA en base a ese certificado que has enviado.


O denuncias o no denuncias (en funcion de si aplicas el RDL 8/2004 o el RD 1507/2008), pero no inventes """"requerimientos policiales""""" no contemplados en normativa.

De donde te sacas ese """"procedimiento administrativo"""" para requerir documentacion por carta certificada???????? :?: :?:
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Re: Coche estacionado sin seguro

Notapor motrato » Jue Feb 19, 2009 12:57 am


Prueba Gratis La Plataforma

7 días de prueba
nola2hurtu.eus
soa no hay descuentos, 1500euros muy mal agente equivocado.
Pero cuando Dios vio los jornales de estos servidores, diose la vuelta y lloró amargamente.


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Re: Coche estacionado sin seguro

Notapor chimote » Jue Feb 19, 2009 3:25 am


MASAM escribió:
chimote escribió:Yo procedería de la siguiente manera.

Si me consta como no asegurado envío carta certficada al titular para que acredite estar en posesión del SOA.

Si no se localiza o no acredita, denuncia al canto e inmovilizo en el lugar.



Asi por lo pronto.........

1º- Lo dices en serio ??????????????????????????? :?: :?:

2º- Que no hay norma alguna que te permita requerir a nadie, NADA, por medio de carta certificada.

3º- Que no existe norma alguna que obligue a nadie a contestarte NADA en base a ese certificado que has enviado.


O denuncias o no denuncias (en funcion de si aplicas el RDL 8/2004 o el RD 1507/2008), pero no inventes """"requerimientos policiales""""" no contemplados en normativa.

De donde te sacas ese """"procedimiento administrativo"""" para requerir documentacion por carta certificada???????? :?: :?:


Ley 21/2007 de 11 de Julio:
Art. 3.1.b)

"Cualquier agente de la autoridad que en el ejercicio de sus funciones [url]requiera la presentación del documento acreditativo del seguro y no le sea exhibido[/url], formulará la correspondiente denuncia a la autoridad competente...".

Como todos sabemos el fichero FIVA no es 100% fiable y, para curarse uno en salud, considero que es más conveniente permitir al interesado que acredite si realmente lo tiene, pues ha de haber un requerimiento previo, y la carta cretificada es un medio válido en derecho administrativo para ello.

Si te he de ser sincero, este es un proceso que no he puesto en marcha aún, pero llevo mucho tiempo dándole vueltas y no creo que sea nada descabellado. En mi municipio yo me encargo de los vehículos abandonados y muchas veces no se dan las circunstancias para considerarlos como tal, aunque lleven años en el lugar.

De todas maneras, y como nadie está libre de errar, he querido exponeroslo aquí para oir opiniones.

Saludos.
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