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Foro sobre Seguridad Privada

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Notapor El Vigilante de Seguridad » Vie Feb 09, 2007 11:06 pm


Gracias por la informacion miguel4.

Un saludo
Así conocerán vuestras mercedes el modo en que el nombre de mi patria era respetado, temido y odiado. Y cómo, para crear el infierno en el mar o en la tierra, no eran menester más que un español y el filo de una espada
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El Vigilante de Seguridad
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Notapor miguel4 » Vie Feb 09, 2007 11:22 pm


El Vigilante de Seguridad escribió:Gracias por la informacion miguel4.

Un saludo

De nada hombre. Un saludo.
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miguel4
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Notapor alfajuliet » Sab Feb 10, 2007 8:58 am


Curso Acceso Guardia Civil

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de-pol.es
Los vigilantes no detienen, RETIENEN como cualquier persona de la calle, de hecho al realizar un atestado policial lo primero que hay que poner es el COMPAPECEN (Con los nºs de carnet profesional de los funcionarios policiales, su comisaria, brigada, etc y su indicativo) Despues para detener, hay que presentar a alguien como detenido (La filiacion completa del individu@) y despues el MANIFIESTAN en donde se cuanta lo que ha pasado.

No solamente eso, sino que para detener, hay que informar al detenido sobre los derechos constitucionales que le asisiten segun el art. 520 de la ley de enjuiciamiento criminal, cosa que a ningun vigilante se le ocurra hacer, por su propio bien, ya que el juez le diria que quien es el para leer los derechos, ya que solo los que practican la DETENCION, estan facultados para hacerlo, ya que luego estos derechos se le deben de dar en una hoja para que los lea detenidamente y si quiere que los firme.

Si no se le informa de los derechos y se le da la HOJA DE INFORMACION DE DEREHOS AL DETENIDO, no hay detencion alguna o seria una detencioon ilegal, y dado que un vigilante de seguridad no esta ni mucho menos facultado para ejercer esta atribucion UN VIGILANTE NO DETIENE, RETIENE hasta la llegada de los policias que son los detienen.

Es mas si por muy detenido-retenido y engrilletado que este el individuo, los policias no observan indicios de un delito, a esta persona no se la detiene y punto. Por lo tanto:

Un vigilante no detiene, retiene hasta la llegada de las FCS que son las que sopesan si se detiene o no y las unicas que pueden realizar un atestado con comparecencia con detenido.

Yo he ido a llamadas por robo y cuando he llegado tenian los vigilantes engrilletado a un tio por hurtar una cartera de unos compañeros de trabajo en una obra (una falta de hurto en toda regla, ya que esta cartera se dejo encima de una mesa y no se forzo nada) Como no habia delito alguno, le dijimos que eso no era delito y se quedo asi el vigilante :shock: asi que los filiamos, hicimos un parte de intervencion para tener los datos de todos y que se denuncien si quieren.

Un dia algun vigilante va ha cometer un error y la va a cag*r pero bien.

El otro dia unos tios iban con cable por la calle y los vigilantes del ave los pararon, les pidieron la documentacion y les intervinieron el cable, porque se suponia que lo habian robado!

Fueron a denunciarlo a la comisaria y los compañeros de la ODAC les tuvieron que guardar el culo como pudieron ya que los vigilantes no pueden incautar nada y presentarlo en comisaria directamente. Para quitarle algo a alguien que se presuponga robado hay que hacer un acta de intervencion de objeto, el cual se remite a la delegacion del gobierno por si es sancionable. No se quita sin mas como hicieron estos.

Lo dicho los vigilantes no detienen porque no estan facultados para leer los derechos, ya que estos se los leeran los policias que seran los que aprecien indicios de delito O NO.
SOMOS TAN BUENOS EN NUESTRO TRABAJO QUE SOMOS INCAPACES DE HACER UNA HUELGA EN CONDICIONES.

091....POLICIA...... Digame..... 062.... Guardia Civil... Digame.....
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Notapor VIGILANTESG » Sab Feb 10, 2007 10:46 am


Fundas De Pernera

Para servicios en moto
materialpolicial.com
Mira que eres erre que erre. Léete lel reglamento de seguridad privada, que veo que te hace mucha falta. Los vigilantes SI pueden DETENER, y SI pueden incautar los objetos del delito y las herramientas o armas para llevarlo a cabo. Pueden hacerlo, y DEBEN hacerlo. Eso sí, hay que ponerlo a disposición de la policía inmediatamente. Además es de cajón.
Osea, pillo a un choro con una pistola, y no le detengo, sinó que le retengo y le invito a café, y no le incauto la pistola porque solo los policías pueden, así que le sujiero que os espere relajado y conservando su pistola hasta que vosotros la incauteis... de verdad, a veces me pregunto en que manos está mi seguridad...
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Notapor El Vigilante de Seguridad » Sab Feb 10, 2007 11:14 am



intervencionpolicial.com
alfajulietfernandez, tu problema esque no lees los post, opinas sin saber y sin preocuparte de lo que se ha escrito antes, como bien comentaba Vigilatesg hay que ser un poco mas humilde, y no estar tan endiosados, y sobre todo leerse la ley de seguridad privada antes de meter la pata opinando de lo que no se tiene ni idea.
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Notapor miguel4 » Sab Feb 10, 2007 12:33 pm


Academia Acceso CNP

sector115.es
VIGILANTESG escribió:Mira que eres erre que erre. Léete lel reglamento de seguridad privada, que veo que te hace mucha falta. Los vigilantes SI pueden DETENER, y SI pueden incautar los objetos del delito y las herramientas o armas para llevarlo a cabo. Pueden hacerlo, y DEBEN hacerlo. Eso sí, hay que ponerlo a disposición de la policía inmediatamente. Además es de cajón.
Osea, pillo a un choro con una pistola, y no le detengo, sinó que le retengo y le invito a café, y no le incauto la pistola porque solo los policías pueden, así que le sujiero que os espere relajado y conservando su pistola hasta que vosotros la incauteis... de verdad, a veces me pregunto en que manos está mi seguridad...


Lo q dice el compañero en parte tiene razon, t esta diciendo lo q t he comentado yo muchas veces q la figura de la detencion es mucho mas amplia q ponerle los grilletes a un tio y aunq en la 23/92 ponga lo de detener, no lo tomes al pie de la letra, eso mas bien se refiere a coger al tio, por supuesto si es agresivo se le engrilleta y se llama a la policia y ellos dispondran. Te pondre un ejemplo, yo me llevo "detenido" a un tio siendo policia, llego a la guardia a comparecer y por circustancia el instructor dispone q no se quede detenido, NO HAY DETENCION ALGUNA, aunq se le engrilletara, se le informara de los derechos de forma verbal y se le trasladara a dependencias. Por ultimo decir q la figura de la RETENCION, no esta tipificada como tal, pero tambien es cierto q es lo q mas se asemeja a la funcion del vigilante. Espero haber aclarado un poquillo el tema, y de buen rollo jejeje. Un saludo.
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Notapor metro123 » Sab Feb 10, 2007 12:44 pm


Entiendo que en vuestras formalidades administrativas solo considereis detención a quien se quede en prisión.

Pero lo cierto es que, con la LECRIM en la mano, la detención no incluye necesariamente las notas de formalidad que dices.

De hecho, la jurisprudencia del Tribunal Constitucional considera detención la mera "privación de la libertad deambulatoria", aunque sea solo de unos minutos y no hayais cubierto las formalidades administrativas que dices.

Un saludo muy cordial, miguel4.
Si aceptas el sacrificio, el esfuerzo con constancia, la rectitud sin medida, perdonar con gallardía, exigir con humildad, ayudar sin interés, enseñar con agrado, atesorando honradez, lealtad, audacia, paciencia y sabiduría, serás VIGILANTE
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Notapor alimaña » Sab Feb 10, 2007 8:08 pm


Prueba Gratis La Plataforma

7 días de prueba
nola2hurtu.eus
miguel4 escribió:
VIGILANTESG escribió:Mira que eres erre que erre. Léete lel reglamento de seguridad privada, que veo que te hace mucha falta. Los vigilantes SI pueden DETENER, y SI pueden incautar los objetos del delito y las herramientas o armas para llevarlo a cabo. Pueden hacerlo, y DEBEN hacerlo. Eso sí, hay que ponerlo a disposición de la policía inmediatamente. Además es de cajón.
Osea, pillo a un choro con una pistola, y no le detengo, sinó que le retengo y le invito a café, y no le incauto la pistola porque solo los policías pueden, así que le sujiero que os espere relajado y conservando su pistola hasta que vosotros la incauteis... de verdad, a veces me pregunto en que manos está mi seguridad...


Lo q dice el compañero en parte tiene razon, t esta diciendo lo q t he comentado yo muchas veces q la figura de la detencion es mucho mas amplia q ponerle los grilletes a un tio y aunq en la 23/92 ponga lo de detener, no lo tomes al pie de la letra, eso mas bien se refiere a coger al tio, por supuesto si es agresivo se le engrilleta y se llama a la policia y ellos dispondran. Te pondre un ejemplo, yo me llevo "detenido" a un tio siendo policia, llego a la guardia a comparecer y por circustancia el instructor dispone q no se quede detenido, NO HAY DETENCION ALGUNA, aunq se le engrilletara, se le informara de los derechos de forma verbal y se le trasladara a dependencias. Por ultimo decir q la figura de la RETENCION, no esta tipificada como tal, pero tambien es cierto q es lo q mas se asemeja a la funcion del vigilante. Espero haber aclarado un poquillo el tema, y de buen rollo jejeje. Un saludo.


Si coges a alguien de la calle ( con grilletes o sin ellos) y compareces ante el instructores, lo hace en calidad de detenido...aunque queda a criterio del instructor ponerlo en libertad bajo apercibimiento de que comparezca ante la Autoridad Judicial cuando sea citado para ello.

P.D: y el instructor lo primero que hace antes de ponerlo en libertad es darle a firmar su hoja de derechos e informarle de los derechos que tiene como persona detenida,aparte que tu se los hayas leido supuestamente en el momento de la detencion, aparte de los derechos las razones o motivos de su detencion.
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Notapor gk » Sab Feb 10, 2007 10:07 pm


miguel4 escribió:Lo q dice el compañero en parte tiene razon, t esta diciendo lo q t he comentado yo muchas veces q la figura de la detencion es mucho mas amplia q ponerle los grilletes a un tio y aunq en la 23/92 ponga lo de detener, no lo tomes al pie de la letra, eso mas bien se refiere a coger al tio, por supuesto si es agresivo se le engrilleta y se llama a la policia y ellos dispondran. Te pondre un ejemplo, yo me llevo "detenido" a un tio siendo policia, llego a la guardia a comparecer y por circustancia el instructor dispone q no se quede detenido, NO HAY DETENCION ALGUNA, aunq se le engrilletara, se le informara de los derechos de forma verbal y se le trasladara a dependencias. Por ultimo decir q la figura de la RETENCION, no esta tipificada como tal, pero tambien es cierto q es lo q mas se asemeja a la funcion del vigilante. Espero haber aclarado un poquillo el tema, y de buen rollo jejeje. Un saludo.


:shock: :shock: Si tu llevas a un tío a Comisaría para comparecer con él, engrilletado y tras leerle los derechos como después dices, ese hombre está detenido y el Instructor puede decir misa.
En todo caso, tras tomar la comparecencia y recibir al detenido lo podrá poner en libertad, no decir "aquí no ha pasado nada" porque eso es un disparate, dicho sea con todos mis respetos. Claro que si tú dejas que un Instructor te haga eso que dices, no deja de ser tu problema porque a él le da lo mismo, ya que el que ha paseado por la ciudad a un individuo con los grilletes puestos y tras haberle leído los derechos eres tú, así que tuya es la responsabilidad de que esa gestión conste donde corresponda.

Un saludo!
gk
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Notapor ferlito » Sab Feb 10, 2007 10:30 pm



8000 productos al mejor precio
desenfunda.com
Hola, creo que en la LeCrim, lo deja bastante claro. Otra cosa es que sea por Faltas.

CAPÍTULO II.
DE LA DETENCIÓN
Artículo 489.

Ningún español ni extranjero podrá ser detenido sino en los casos y en la forma que las leyes prescriban.

Artículo 490.

Cualquier persona puede detener:

Al que intentare cometer un delito, en el momento de ir a cometerlo.
Al delincuente in fraganti.

Artículo 491.
El particular que detuviere a otro justificará, si éste lo exigiere, haber obrado en virtud de motivos racionalmente suficientes para creer que el detenido se hallaba comprendido en alguno de los casos del artículo anterior.

Un saludo
ferlito
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Notapor metro123 » Jue May 10, 2007 8:04 pm


HECKLER & KOCH SFP9

Creada para profesionales
uspsuministros.com
miguel4 escribió:Lo más lógico es q cuando el vigilante sorprenda a alguien llevandose algun artículo, llame a la policia y lo ponga a su disposicion, ellos seran los q determinen si es delito ( mas de 400 euros) o falta en funcion del articulo.


Creo que es una apreciación correcta, ya que en estos casos de faltas solo cabe la detención si no hay identificación fiable que permita denunciar. Si el que comete la falta no se identifica o no lo hace de forma segura (datos verbales, por ejemplo, o documentación no fiable) tendrá que ser el agente de la autoridad el que identifique y valore si da fianza bastante.

http://www.foropolicia.es/foros/viewtop ... c&start=30

En ese caso no actuamos por potestad propia, sino como auxiliares de las FFCCSE:

http://www.policianacional.es/foros/vie ... ght=#32335

(en mitad del mensaje lo cuento).
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Notapor Gauleon » Vie May 11, 2007 12:17 am


Elige Modelo

13 euros la unidad
militariapiel.es
UNA COSA MUY IMPORTANTE PARA LOS VIGILANTES, PARTICULARES ETC, ETC: mucho cuidado porque la "RETENCIÓN" NO EXISTE.....en cuanto se priva de la libertad deambulatoria a una persona (y eso no va por tiempo, sino privarla de este derecho simplemente) se está realizando una "DETENCIÓN" que tiene dos modalidades (lo de "modalidades" es una forma de explicarlo):

1-DETENCIÓN LEGAL: poniéndola a la mayor brevedad posible a disposición de Agente de la Autoridad.

2-DETENCIÓN ILEGAL: donde el que pasará a disposición del Agente de la Autoridad será el que la haya practicado.

Son cosas muy simples, es el "ABC" de la seguridad, pero hay que dejarlo claro porque se leen y escuchan muchas cosas "raras". Lo dicho, la "retención" no existe, solo la detención y muuuucho tacto al realizarla.
LABOR OMNIA VINCIT
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Notapor Beorn » Vie May 11, 2007 1:04 am


Temario Escala Básica

90 euros. Hacemos envíos a toda España.
joyfepolferes.es
A ver si me centré.

Un vigilante detiene como cualquier ciudadano en los casos en los que vea que se va a cometer un delito, y si es in fraganti (me voy a centrar en estos que pueden suceder en un centro comercial).

Bien, ya puede detener. Me consta que una de las primeras cosas que hay que hacer es avisar al director de seguridad del centro el cual vera el valor de lo sustraido o roto y dependiendo de la cuantia se avisa a las FFSS o no, por lo de diferenciar entre delito y hurto. Ya que sea lo que sea el personajillo en cuestion es "presunto".

Por lo cual por un chicle Collejon de Ardoz y largate, y si es un reloj veremos lo que cuesta.

Si me equivoco me lo decis ¿vale?

Detenerlo se le va a detener de todas maneras "el tiempo necesario hasta el esclarecimiento de los hechos" y si lo hace un vigilante de seguridad en un centro comercial, me da que solo puede ser por dos de las causas de detencion que cite antes.

O lo va acometer de una manera clara o se le pilla con las manos en la masa.

Si no me he equivocado, esta bastante facil ¿no?
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Notapor VictorMike » Dom May 13, 2007 4:05 am


Edición 175 Aniversario Gc

45
gafaspolicia.com
A ver si estoy en lo cierto.

Un individuo se lleva, sin pagar, de un centro comercial un chaqueton de piel valorado en 850 Euros. Cuando sale por la puerta salta la alarma, emprende la huida, y un Vigilante de Seguridad le alcanza en el exterior del centro comercial. Solicita presencia policial, poniendo a su disposicion al autor del hecho delictivo.

Creo que el cuerpo de la comparecencia seria asi:

COMPARECE: Quien mediante DNI acredita ser y llamarse XXXXXXXX.

PRESENTA: En calidad de detenido a YYYYYYYYYYYYYY.

HACE ENTREGA: De un chaqueton de piel de la marca ZZZZZZZ, de dolor negro, con una etiqueta del Establecimiento Comercial JJJJJJJJJ,que indica su valor en 850 euros.

Y MANIFIESTA: Que es Vigilante de Seguridad de la Empresa de Seguridad LLLLLLLL, con numero de TIP 00000, expedido por la Direccion General de la Policia, y que actualmente presta sus servicios en el Establecimiento Comercial........ etc.
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Notapor metro123 » Dom May 13, 2007 11:38 am



foropolicia.es
Al menos deberás añadir a efectos de notificación el domicilio de la empresa de seguridad.

De todas formas, yo nunca he hecho un documento de tal tipo. Solamente la policia toma las notas oprotunas y ella hace sus diligencias, donde consta todo lo que citas.
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