Capacidad sancionadora de la Administración

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Capacidad sancionadora de la Administración

Notapor Insigne » Dom Feb 16, 2014 11:53 am



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Capacidad sancionadora a la Administración sobre conductas que no son delito.

Enlace de la noticia:
http://www.abc.es/espana/20140216/abci-cgpj-seguridad-ciudadana-201402151840.html


En dicha información que se facilita a dicho insigne Periódico online y en papel físico parece ser que se alude a la retención..

Medidas extraordinarias.-

En su informe, el Consejo Fiscal incluso dudaba de la constitucionalidad de medidas de seguridad extraordinarias previstas como la prohibición del paso y la retención de personas, sobre las que decía que debe haber mayor concreción de condiciones y requisitos en la norma que los establece.


Enlace relacionado con dicho asunto de ¨retener¨:
http://www.foropolicia.es/foros/los-vigilantes-retenemos-t119646.html
La seguridad es intangible y la hacemos todos.Buen Servicio.
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