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De sobra sabemos que un cacheo con desnudo integral no se lo puedo hacer yo a un chico,pero,a la luz del último real decreto y de las últimas dudas que me han surgido por opiniones ajenas,os pregunto:puedo,como funcionaria hacer un cacheo ordinario o de urgencia sin desnudo integral, o por el contrario debe hacerlo un funcionario del mismo sexo que el interno?
Os parecerá una burrada que lo pregunte a estas alturas,pero es que necesito que nos saqueis a más de uno del dilema,lo estamos discutiendo y aunque parezca tan claro,los que estamos aqui no hemos practicado aún ninguno y hay diversas opiniones.
Esperamos respuestas,muchas gracias!!!!!
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