Bulgaro o Rumano trabajando por cuenta ajena

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Bulgaro o Rumano trabajando por cuenta ajena

Notapor Yandros » Vie Dic 28, 2007 1:58 am



foropolicia.es
Hasta el dia uno de enero de 2009, los bulgaros y rumanos disfrutarán de todos los derechos que tienen el resto de ciudadanos del espacio shengen a excepción de poder realizar actividades por cuenta ajena sin la autorización administrativa pertinente. Si pueden realizar actividades por cuenta propia.

Puestos en el caso de que nos encontramos un bulgaro matón en la puerta de una discoteca, y nos dice que trabaja, el empresario nos lo confirma y no tiene permiso de trabajo, si bien si tiene permiso de residencia al ser ciudadano europeo.

Actuación: Detenido el empresario por un delito contra el derecho de los trabajadores.

Que pensais? haríais algo mas? No tomareis tal medida?
Por mas que le doy vueltas, no consigo la solución
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Yandros
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Notapor COLT52 » Sab Dic 29, 2007 6:56 pm


Cartera Porta Placa Ertzaintza

Fabricado en piel de vacuno
enpieldeubrique.com
Ya te conteste en otro hilo:

No se puede detener al empresario, aunque si podrá ser sancionado por la Inspección de Trabajo.

Los ciudadanos de la Unión no pueden ser considerados extranjeros, según el Art 1 del Acuerdo Schengen la difinición es la siguiente:
"Extranjero: Toda persona que no sea nacional de los Estados miembros de las Comunidades Europeas.

Por lo tanto no se pueden aplicar ni el Art. 318 bis del C.P., ni el 54.1 b) de la L.O. 4/2000.-

POR CIERTO, La Inspección de trabajo, sanciona al empresario con 3000 euros (500.000 pelas) por cada trabajador irregular.-

Por otro lado el ciudadano bulgaro esta obligado a realizar su Registro si permanece mas de tres meses (otro motivo para incordiar).
Sólo conozco 2 cosas infinitas, el universo y la estupidez humana, aunque de lo primero no estoy muy seguro.
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