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5 de octubre de 1981, la Ley 33/1981, (BOE nº 250, de 19 de octubre de 1981) define el nuevo Escudo de España.
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28 de octubre de 1981, la Ley 39/1981, de 28 de octubre (BOE nº 271, de 12 de noviembre), sobre el uso de la bandera de España y de otras banderas y enseñas, dice en su artículo 2.2: "En la franja amarilla se podrá incorporar, en la forma que reglamentariamente se señale, el escudo de España".
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20 de Octubre de 1982 se ordenó que todas las banderas que tuviesen menos de 50 años (es decir, todas menos la de la Academia General Militar) fuesen sustituidas por otras nuevas del modelo 1981, cuya diferencia con el anterior consiste en que el escudo del águila ha sido sustituido por otro cuartelado de Castilla, León, Aragón y Navarra, con la Granada en punta y el escusón central de la casa de Borbón, timbrado por corona Real y entre con las columnas de Hércules a sus costados.
Debe recordarse que no existe un Escudo constitucional, sino una bandera constitucional, que es la bandera sin escudo, ya que el Escudo de España no aparece en la Constitución, sino en una Ley posterior.Ley 33/1981, de 5 de octubre (BOE nº 250, de 19 de octubre de 1981). Escudo de EspañaArtículo 1º. El escudo de España es cuartelado y entado en punta. En el primer cuartel, de gules o rojo, un castillo de oro, almenado, aclarado de azur o azul y mazonado de sable o negro. En el segundo, de plata, un león rampante, de púrpura, linguado, uñado, armado, de gules o rojo y coronado de oro. En el tercero, de oro, cuatro palos, de gules o rojo. En el cuarto, de gules o rojo, una cadena de oro, puesta en cruz, aspa y orla, cargada en el centro de una esmeralda de su color. Entado de plata, una granada al natural, rajada de gules o rojo, tallada y hojada de dos hojas, de sinople o verde.
Acompañado de dos columnas de plata, con base y capitel, de oro, sobre ondas de azur o azul y plata, superada de corona imperial, la diestra, y de una corona real, la siniestra, ambas de oro, y rodeando las columnas, una cinta de gules o rojo, cargada de letras de oro, en la diestra "Plus" y en la siniestra "Ultra".
Al timbre, corona real, cerrada, que es un círculo de oro, engastado de piedras preciosas, compuesto de ocho florones de hojas de acanto, visibles cinco, interpoladas de perlas, y de cuyas hojas salen sendas diademas de perlas, que convergen en un mundo de azur o azul, con el semimeridiano y el ecuador de oro, sumado de cruz de oro. La corona, forrada de gules o rojo.
Artículo 2º. El escudo de España, tal como se describe en el artículo anterior, lleva escusón de azur o azul, tres lises de oro, puestas dos y una, la bordura lisa, de gules o rojo, propia de la dinastía reinante.
Ley 39/1981, de 28 de octubre (BOE nº 271, de 12 de noviembre).Uso de la bandera de España y de otras banderas y enseñas. Artículo 2º. 1. La bandera de España, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo cuarto de la Constitución española, está formada por tres franjas horizontales, roja, amarilla y roja, siendo la amarilla de doble anchura que cada una de las rojas.
2. En la franja amarilla se podrá incorporar, en la forma que reglamentariamente se señale, el escudo de España