Auxiliares trabajando en CCTV

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Auxiliares trabajando en CCTV

Notapor almirante » Mar Abr 04, 2006 4:51 pm


CNP Modelo Squad

gafaspolicia.com
hola a todos, haber si algun compañero que este destinado en Seguridad Privada me puede ayudar. Conozco un par de servicios en los cuales hay Auxiliares de Seguridad (figura que no existe legalmente) y estan cubriendo un sistema de camaras, haciendo intervenciones en centros comerciales, haciendo noches y festivos en dichos centros cuando existe un sistema de intrusismo y un sistema contraincendios y la empresa dice que eso es legal, algunos se han quejado diciendo que estan haciendo funciones de personal habilitado pero la empresa le ha respondido que no hay problema y que estan haciendo bien su trabajo puesto que han tenido varias inspecciones en otros centros y no ha habido ningun problema.

Ahora mi pregunta es: ¿es legal que personas no habilitadas hagan noches solas, cubran un sistema de camaras y hagan intervenciones sin la presencia del Vigilantes? y otra seria ¿que se puede hacer para que no hiciesen servicios de noche solos?

Gracias de antemano y un saludo
almirante
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Notapor Invitado » Mié Abr 05, 2006 11:17 pm



foropolicia.es
Almirante, te cuento

En principio la funcion de controlar unas camaras de seguridad no tiene por que hacerlo un vigilante de seguridad, ya que no es una función especifica de tal personal, por lo tanto los AUXILIARES si pueden tanto hacer noches, como quedarse solo, como controlar el CCTV (para los que no entiendan del tema el Circuito Cerrado de Televisión).

Eso sí, lo que nunca pueden hacer es actuar solos ejerciendio funciones de seguridad privada, lo unico que pueden hacer es llamar a un Vigilante o a la Policia ante una intervención.

Un saludo
Invitado
 

controladores de seguridad

Notapor juande dios vargas ramos » Mar Abr 25, 2006 4:39 pm


Cartera Porta Placa Ertzaintza

Fabricado en piel de vacuno
enpieldeubrique.com
estimados amigos,este tema ya se soluciono legalmene,como casi siempre,son los tribunales de justicia los que acaban poniendo a cada uno en su sitio,los guardas,auxiliares o como se les llame,estan legalizados por sentencia de la sala especial del tribunal supremo,lo mismo pasara con los auxiliares de detectives,y con los de seguridad privada de toda europa,porque como ya sabeis por sentencia del tribunal europeo,cualquier ciudadano de europa y cualquier empresa,puede instalarse <en españa como quiera......las sentencias las tengo yo en mi despacho,si alguien desea saber mas,puede entrar en los foros delos colegios de detectives privados o en los de las asociaciones de detectives,o si lo prefiere mandarme un correo a juandedios@detectivesdistrito46.com,o pedirlas por fax a 963941871.un saludo.
juande dios vargas ramos
 

Notapor max » Lun May 22, 2006 10:16 pm


Entonces entiendo que si el auxiliar esta controlando las camaras y una persona quiere entrar en ese centro, ¿devera llamar a un vigilante para que habra la puerta?
Los guardas de seguridad, controladores y figuras analogas estan prohibidas expresamente en la L.S.P. Logicamente las empresas les dan todas las vueltas posibles para vender estos servicios que para ellos son mucho mas rentables.

Una duda: si esos servicios son legales (no se meten en temas de seguridad privada) ¿por que solo lo hacen en noches y/o fines de semana? ¿entre semana de dia nadie mira los monitores? huyyyyyy como huele eso¡¡¡¡¡
max
 

Basta de Intrusismo

Notapor BCP » Jue May 25, 2006 12:43 am


Saludos a todos.

El sr. Juan de Dios, nos asegura...

"los guardas, auxiliares o como se les llame, están legalizados por sentencia de la sala especial del tribunal supremo, lo mismo pasara con los auxiliares de detectives...."

Parea luego remitirnos a un foro que nada tienen que ver con nuestros intereses....

Mire usted D. Juan de Dios, cuando tengamos que leer sentencias y jurisprudencia hay muchos foros donde buscar y encontrar... si lo que pretende es que visitemos web, lo dice y ya está..............................

Tanta lucha durante el periodo de creación de la LSP, para que a los Auxiliares y detectives no os mezclaran con los "pobres" Vigilantes de Seguridad y Zaz¡¡, toma Ley ¿que no os gusto...? bueno a nosotros hay muchos aspectos que tampoco nos gusta.........................................

Pero hombre no diga que han sido legalizadas las figuras de guardas, controladores etc... que esas fihuras NO eran ilegales, solo unos intrusos.....y en ese sentido seguimos igual, osea que los limites de las funciones de un auxiliar de servicio(llámeles usted como quiera) y el de lo profesionales de la Seguridad Privada UNIFORMADA, tiende sospechosamente a confundirse......................................................

Claro que por mucho que, le duela a este Sr. para cambiar lo de los Auxiliares de... y a los Detectives.... habrá que modificar la LSP......¿o no?

Tal vez, estos sñores no se dan cuanta que lo de poner a los mal llamados auxiliares de seguridad, de paisano e investigando dentro de un establecimiento.......es casi una función detectivesca????, pues haberlos haílos¡¡.

En fin, que sea usted mas directo D. Juan de Dios y salga a la calle que en su despacho, no se entera uno lo que ocurre a pie de calle.

Salud y saludo para todos.
Basta un segundo para tomar una mala decición
BCP
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Para no divagar

Notapor Vigilante de seguridad » Sab Jun 17, 2006 2:49 pm


DEPOL Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
de-pol.es
Con el objeto de disipar dudas al respecto, y ya que este tema me repercute directamente en lo que yo entiendo mi profesión, he aquí un link de "la última" consulta realizada a la Secretaría Técnica del Ministerio del Interior al respecto.
Aquí se determina que la visualización de un sistema de CCTV es función de un Vigilante de Seguridad.

Entrecomillo lo de la ültima, porque en una consulta anterior opinaban en sentido contrario,quizás una sentencia del Tribunal Supremo haya apresurado el "donde dije digo, digo Diego"


http://www.mir.es/MIR/Publicaciones/sec ... 90500.html

Saludos
Vigilante de seguridad
 

Notapor sanchez » Mié Ago 23, 2006 3:53 am



Increibles precios
materialpolicial.com
Menos mal que unos sacaste de dudas porque yo tenia conocimiento del otro, aki hay trabajo para todos cada uno a lo suyo
sanchez
 

CCTV Y DEMAS

Notapor AUXILIAR » Mié Sep 20, 2006 4:59 pm



intervencionpolicial.com
Y DIGO YO ¿PORQUE LOS DE SEGURIDAD PRIVADA PASAN DE METER MANO A A LOS SERVIVIOS EN LOS QUE SE INFRINGE LA LEY? PORQUE LO SABEN DE SOBRA...
LOS SINVERGUENZAS SON LAS EMPRESAS DE SEGURIDAD. QUE LES DEN CAÑA A ELLOS NO AL CURRITO DE TURNO.
AUXILIAR
 

Notapor j15 » Dom Nov 19, 2006 3:13 am



sector115.es
Auxiliar, a las empresas se les da caña como tu dices por prestación de servicios de seguridad a través de Vigilantes de Seguridad, sin habilitación (no auxiliares como vosotros os haceis llamar), no obstante todos los que trabajais en ellas os deberiais dar con un canto en los dientes, ya que por norma no se os sanciona aunque la ley lo preveé..........ENCIMA OS VAIS A QUEJAR.

Os recuerdo que aunque puedo comprender que os estais buscando la vida, sois tan culpables como las empresas de seguridad pero no se os sanciona por la ley de seguridad privada porque la sancion es muy elevada (3000 E). Dar gracias.

Un saludo
j15
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Notapor metro123 » Dom Nov 19, 2006 3:48 am


Sobre el tema de los CCTV ya se ha dejado claro con la última circular del MIR. De hecho, en los centros comerciales que conozco se han puesto las pilas enseguida y han metido a VS a realizar esa función.

La sentencia que cita el Sr. Juan de Dios no habilita a que cualuqier empresa se instale en España como quiera. Simplemente considera que algunas limitaciones van contra el acervo comunitario. Además, no es directamente ejecutiva, pues es el Gobierno español quien debe tenerla en cuenta para modificar la legislación, como ya he comentado en otro mensaje de este foro.

En caso de que alguna irregularidad, de cualquier tipo, exista en algún servicio y la conozcais, acercaros a vuestro sindicato y se pone denuncia ante el CNP, en Seguridad Privada, o ante Subdelegación del Gobierno.

Y en cuanto a los auxiliares que realizan tareas reservadas a VS, decir que al menos en la Comunidad Valenciana la Delegación del Gobierno ha decidido (y así está actuando) sancionar no solo a las empresas implicadas (cliente y empleadora) sino también a los auxiliares. Es lo que establece la LSP. Así que lo que os manden hacer pedirlo por escrito y os curais en salud, porque entonces vuestra la multa la tendrá que pagar la empresa.
Si aceptas el sacrificio, el esfuerzo con constancia, la rectitud sin medida, perdonar con gallardía, exigir con humildad, ayudar sin interés, enseñar con agrado, atesorando honradez, lealtad, audacia, paciencia y sabiduría, serás VIGILANTE
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