por metro123 » Dom Nov 19, 2006 3:48 am
Academia Acceso CNP |
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Sobre el tema de los CCTV ya se ha dejado claro con la última circular del MIR. De hecho, en los centros comerciales que conozco se han puesto las pilas enseguida y han metido a VS a realizar esa función.
La sentencia que cita el Sr. Juan de Dios no habilita a que cualuqier empresa se instale en España como quiera. Simplemente considera que algunas limitaciones van contra el acervo comunitario. Además, no es directamente ejecutiva, pues es el Gobierno español quien debe tenerla en cuenta para modificar la legislación, como ya he comentado en otro mensaje de este foro.
En caso de que alguna irregularidad, de cualquier tipo, exista en algún servicio y la conozcais, acercaros a vuestro sindicato y se pone denuncia ante el CNP, en Seguridad Privada, o ante Subdelegación del Gobierno.
Y en cuanto a los auxiliares que realizan tareas reservadas a VS, decir que al menos en la Comunidad Valenciana la Delegación del Gobierno ha decidido (y así está actuando) sancionar no solo a las empresas implicadas (cliente y empleadora) sino también a los auxiliares. Es lo que establece la LSP. Así que lo que os manden hacer pedirlo por escrito y os curais en salud, porque entonces vuestra la multa la tendrá que pagar la empresa.
Si aceptas el sacrificio, el esfuerzo con constancia, la rectitud sin medida, perdonar con gallardía, exigir con humildad, ayudar sin interés, enseñar con agrado, atesorando honradez, lealtad, audacia, paciencia y sabiduría, serás VIGILANTE