Autorización al menor para salida al extranjero

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Re: Autorización al menor para salida al extranjero

Notapor TALOS » Jue Abr 14, 2011 12:11 am


Acceso al cuerpo de policía autonómica del País Vasco

nola2hurtu.eus
en_QAP escribió:
gk escribió:Hola

Yo creo que es un trámite que está más relacionado con la prevención de sustracción de menores o con fugas que con otra cosa, pero la verdad es que nunca me lo había planteado.

Por si te sirve de algo, en el Código de Fronteras Schengen hay un apartado en el Anexo VII que se refiere al tema.

Algún compañero nos sacará de dudas.

Un saludo!


Muchas Gracias... llevo solo unos dias entrando y gk, me estas dejando impresionado. :wink:

6. Menores

6.1. Los guardias de fronteras prestarán una atención especial a los menores, vayan o no acompañados. Los menores que crucen la frontera exterior estarán sometidos a los mismos controles de entrada y salida que los adultos, de acuerdo con lo dispuesto en el presente Reglamento.

6.2. En el caso de menores acompañados, el agente de la guardia de fronteras comprobará la patria potestad del acompañante, en particular, en caso de que el menor sólo vaya acompañado por un adulto y haya razones de peso para creer que se ha privado ilícitamente de la custodia del menor a las personas que ejerzan legítimamente la patria potestad sobre el mismo. En este último caso, el agente de la guardia de fronteras deberá efectuar una investigación más minuciosa para detectar posibles incoherencias o contradicciones en la información suministrada.

6.3. En el caso de los menores que viajen solos, los agentes de la guardia de fronteras deberán asegurarse, mediante una inspección minuciosa de los documentos y justificantes de viaje, de que los menores no abandonan el territorio contra la voluntad de las personas que ejercen la patria potestad.


Era justamente lo que preguntaba... yo no sabía si ese certificado se lo iba a requerir alguna persona o simplemente era un justificante para que los profesores no tubiesen ningún problema legal o de otra indole con los padres de los niños.

Muchas Gracias y un saludo. Quizás alguien pueda aportar algo más.


Rescato este hilo del fondo del baúl porque yo sigo sin ver en ningún lugar que un menor que va acompañado de un profesor de una escuela deba ir acompañado de una autorización de salida al extranjero, ya que dice, "En el caso de los menores que viajen solos".

Por otro lado, el punto 6.2 sigue sin hablar de autorización de salida, si no de comprobar la patria potestad en caso de ir acompañado de un adulto y comprobarlo en particular si existen "razones de peso" (un autobús lleno de niños de la misma edad y curso no lo veo una razón de peso para investigarlo...).

Tampoco veo en ningún lado quienes son los competentes para expedir dichas autorizaciones de viaje.
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Re: Autorización al menor para salida al extranjero

Notapor MURGUINSON » Jue Abr 14, 2011 9:50 am


" Los menores de edad, si viajan solos o en compañía de otras personas, precisarán además del DNI, la autorización del padre, madre o tutor legal efectuada mediante comparecencia personal en las Comisarías de Policía, Puestos de la Guardia Civil, Juzgados, Notarias y Ayuntamientos"

http://www.policia.es/documentacion/doc ... aises.html
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Re: Autorización al menor para salida al extranjero

Notapor TALOS » Jue Abr 14, 2011 10:46 am


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Muchas gracias Murguison, ahí ya no cabe lugat a dudas pero, y perdona que sea tan cansino :lol: , ¿Cómo se yo que esa..."Nota" no es fruto de la mala intetpretación del apartado citado antes y donde viene recogida legalmente?.......

Saludos!
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Re: Autorización al menor para salida al extranjero

Notapor gk » Jue Abr 14, 2011 10:54 am


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TALOS escribió:Rescato este hilo del fondo del baúl porque yo sigo sin ver en ningún lugar que un menor que va acompañado de un profesor de una escuela deba ir acompañado de una autorización de salida al extranjero, ya que dice, "En el caso de los menores que viajen solos".....


Hombre TALOS, "en ningún lugar", no sé que decirte. Dice "en el caso de los menores que viajen solos", efectivamente, y seguidamente alude a documentos y justificantes de viaje que, me temo, algo tienen que ver. Vamos, ¡digo yo!

Un saludo!
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Re: Autorización al menor para salida al extranjero

Notapor TALOS » Vie Abr 15, 2011 12:11 am


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:lol: :lol: :lol:

gk escribió:
TALOS escribió:Rescato este hilo del fondo del baúl porque yo sigo sin ver en ningún lugar que un menor que va acompañado de un profesor de una escuela deba ir acompañado de una autorización de salida al extranjero, ya que dice, "En el caso de los menores que viajen solos".....


Hombre TALOS, "en ningún lugar", no sé que decirte. Dice "en el caso de los menores que viajen solos", efectivamente, y seguidamente alude a documentos y justificantes de viaje que, me temo, algo tienen que ver. Vamos, ¡digo yo!

Un saludo!


Viajar solo, no es lo mismo que viajar con otro mayor de edad (por ejemplo un profesor...).
A eso me refería :wink:
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Autorización al menor para salida al extranjero

Notapor amakara » Mié Ago 24, 2011 2:09 pm


Temario Escala Básica

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¿Alguien puede decirme si necesito autorizacion del padre de mi hija para realizar un crucero por el mediterraneo si estando divorciados yo tengo la guarda y custodia? La potestad la tenemos compartida. ¿Podria denunciarme?
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Re: Autorización al menor para salida al extranjero

Notapor Schwarzenegger » Mié Ago 24, 2011 8:13 pm


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amakara escribió:¿Alguien puede decirme si necesito autorizacion del padre de mi hija para realizar un crucero por el mediterraneo si estando divorciados yo tengo la guarda y custodia? La potestad la tenemos compartida. ¿Podria denunciarme?


Si lees más arriba, tienes las respuesta.
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Re: Autorización al menor para salida al extranjero

Notapor Jeb » Vie Sep 16, 2011 11:02 pm



foropolicia.es
Hola, alguien me podría decir si mi ex necesita mi permiso para salir de España con nuestra hija? Tenemos la custodia compartida, ella tiene la custodia y nuestra hija tiene pasaporte Canadiense, pero nacio aquí en España, tiene residencia aquí y tenemos libro de familia español y todo sobre derechos/custodia/visitas se ha hecho ante un juez aquí. Mi ex se la quiere llevar a Colómbia a vivir, y yo no quiero darle permiso. No tengo problema que viaje a Colombia en vacaciones, pero no para irse a vivir ahí.

Tendría ella que tener mi permiso para salir con mi hija de España? Si yo tengo el pasaporte de mi hija, me lo podría quitar?
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Re: Autorización al menor para salida al extranjero

Notapor jemc » Mié Sep 21, 2011 12:13 pm


Cartera Mossos D`esquadra

Realizada en piel
enpieldeubrique.com
¿Cuánto tiempo tiene de validez la autorización que se expide al menor para la salida al extranjero? Un mes, dos o tres meses.
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Re: Autorización al menor para salida al extranjero

Notapor tronkokote » Mar Mar 13, 2012 1:52 pm


Que tipo de autorización requiere un niño extranjero residente legal en España para salir con otro adulto que no sean sus padres,necesitan autorización?
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Re: Autorización al menor para salida al extranjero

Notapor astures » Vie Jun 15, 2012 5:23 pm


Para los del FORO en general. Me vais a perdonar, he estado recopilando información sobre el asunto de las autorizaciones para menores, antes de nada deciros que soy Guardia Civil, y verdaderamente no existe legislación legal que ampare la petición efectuada por los padres. En sí esta solicitud la realizan por que la mayoría de las compañías aéreas, a su libre albedrío, peticionan esta solicitud sin base legal. Me explico, el Reglamento CE nº 562/2006 (Código de fronteras Schengen), define fronteras interiores y exteriores. Dentro de las interiores (países de la UE) y donde suelen viajar nuestros hijos menores (edad entre 14 y 17 años) por viajes de estudio, cursos de idiomas, etc., necesitan los mismos documentos que cualquier persona adulta, es decir, DNI en vigor o Pasaporte en vigor. Como ya sabéis el Pasaporte para un menor de entre 14 y 17 años, debe de firmar el consentimiento el padre o la madre, tutor, etc.
Si leéis el reglamento citado cuando alude al GUARDIA DE FRONTERAS, está más encaminado a las fronteras EXTERIORES que a las interiores, pues como podéis comprobar en cualquier aeropuerto, cuando viajas a cualquier país de la UE existe algún control aduanero?, no es más cierto que sí existe cuando sales a cualquier otro país que no sea de UE?. Por eso cuando en el ANEXO VII, Norma 6 del Reglamento CE aludido pone lo del Guardia de fronteras, si os fijáis en el punto 6.1, dice cuando: “….Los menores que crucen la frontera exterior estarán sometidos….”. Como comprobareis en ninguno de los otros dos puntos habla de frontera interior, pues el resto es genérico.
Asimismo si entráis en la página de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (seguridadaerea.es) del Ministerio de Fomento, pinchar en derechos de los pasajeros, una vez dentro ir a guía del viajero, en la siguiente página pinchar antes de viajar y en esa misma pinchar en documentación, como veréis se despliega un cuadro resumen y al final del mismo pone documentación necesaria para volar un menor (mayor de 14 años), en el resumen para viajes a países de la UE necesita los mismos que un adulto, sin que sea necesaria autorización de los padres.
Como podéis comprobar el asunto de la autorización famosa es EXIGIDA POR LAS COMPAÑÍAS AÉREAS no por el Guardia de fronteras ni por que sea necesario, claro está cuando viajen a países de la Unión Europea (UE). Así que como me dijeron en la AESA (Agencia Estatal de Seguridad Aérea), aquellos padres a los cuales, las compañías aéreas, no dejan que esos menores (14 a 17 años), vayan en unión de profesores o solos, no los dejan facturar para su posterior embarque, deberían de presentarse en el Aeropuerto y formular las denuncias necesarias por abuso de las citada aerolíneas antes las Autoridades administrativas competentes o denunciar vía judicial.
Creo que con estos he podido aclarar un poco el asunto sobre la famosa autorización, aunque ya se sabe DONDE HAY PATRÓN NO MANDA MARINERO y si el Jefe de turno dice que es obligatorio realizar tal documento porque lo pide un ciudadano, que cada uno haga lo que crea conveniente.
Saludos
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Re: Autorización al menor para salida al extranjero

Notapor TALOS » Sab Jun 16, 2012 5:29 pm


Curso Acceso Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
de-pol.es
astures escribió:Para los del FORO en general. Me vais a perdonar, he estado recopilando información sobre el asunto de las autorizaciones para menores, antes de nada deciros que soy Guardia Civil, y verdaderamente no existe legislación legal que ampare la petición efectuada por los padres. En sí esta solicitud la realizan por que la mayoría de las compañías aéreas, a su libre albedrío, peticionan esta solicitud sin base legal. Me explico, el Reglamento CE nº 562/2006 (Código de fronteras Schengen), define fronteras interiores y exteriores. Dentro de las interiores (países de la UE) y donde suelen viajar nuestros hijos menores (edad entre 14 y 17 años) por viajes de estudio, cursos de idiomas, etc., necesitan los mismos documentos que cualquier persona adulta, es decir, DNI en vigor o Pasaporte en vigor. Como ya sabéis el Pasaporte para un menor de entre 14 y 17 años, debe de firmar el consentimiento el padre o la madre, tutor, etc.
Si leéis el reglamento citado cuando alude al GUARDIA DE FRONTERAS, está más encaminado a las fronteras EXTERIORES que a las interiores, pues como podéis comprobar en cualquier aeropuerto, cuando viajas a cualquier país de la UE existe algún control aduanero?, no es más cierto que sí existe cuando sales a cualquier otro país que no sea de UE?. Por eso cuando en el ANEXO VII, Norma 6 del Reglamento CE aludido pone lo del Guardia de fronteras, si os fijáis en el punto 6.1, dice cuando: “….Los menores que crucen la frontera exterior estarán sometidos….”. Como comprobareis en ninguno de los otros dos puntos habla de frontera interior, pues el resto es genérico.
Asimismo si entráis en la página de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (seguridadaerea.es) del Ministerio de Fomento, pinchar en derechos de los pasajeros, una vez dentro ir a guía del viajero, en la siguiente página pinchar antes de viajar y en esa misma pinchar en documentación, como veréis se despliega un cuadro resumen y al final del mismo pone documentación necesaria para volar un menor (mayor de 14 años), en el resumen para viajes a países de la UE necesita los mismos que un adulto, sin que sea necesaria autorización de los padres.
Como podéis comprobar el asunto de la autorización famosa es EXIGIDA POR LAS COMPAÑÍAS AÉREAS no por el Guardia de fronteras ni por que sea necesario, claro está cuando viajen a países de la Unión Europea (UE). Así que como me dijeron en la AESA (Agencia Estatal de Seguridad Aérea), aquellos padres a los cuales, las compañías aéreas, no dejan que esos menores (14 a 17 años), vayan en unión de profesores o solos, no los dejan facturar para su posterior embarque, deberían de presentarse en el Aeropuerto y formular las denuncias necesarias por abuso de las citada aerolíneas antes las Autoridades administrativas competentes o denunciar vía judicial.
Creo que con estos he podido aclarar un poco el asunto sobre la famosa autorización, aunque ya se sabe DONDE HAY PATRÓN NO MANDA MARINERO y si el Jefe de turno dice que es obligatorio realizar tal documento porque lo pide un ciudadano, que cada uno haga lo que crea conveniente.
Saludos


La cuestión es que se esta libre interpretación de la ley por parte de las compañías (no sólo aéreas, también de autocares) y por parte de los Centros Docentes está generando un gasto público innecesario (tanto en recursos materiales como rrhh), que debería ser atajado por la Administración.



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Re: Autorización al menor para salida al extranjero

Notapor Jarama » Sab Jun 16, 2012 10:54 pm


Boligrafo Kubotan

28?
materialpolicial.com
astures escribió:Para los del FORO en general. Me vais a perdonar, he estado recopilando información sobre el asunto de las autorizaciones para menores, antes de nada deciros que soy Guardia Civil, y verdaderamente no existe legislación legal que ampare la petición efectuada por los padres. En sí esta solicitud la realizan por que la mayoría de las compañías aéreas, a su libre albedrío, peticionan esta solicitud sin base legal. Me explico, el Reglamento CE nº 562/2006 (Código de fronteras Schengen), define fronteras interiores y exteriores. Dentro de las interiores (países de la UE) y donde suelen viajar nuestros hijos menores (edad entre 14 y 17 años) por viajes de estudio, cursos de idiomas, etc., necesitan los mismos documentos que cualquier persona adulta, es decir, DNI en vigor o Pasaporte en vigor. Como ya sabéis el Pasaporte para un menor de entre 14 y 17 años, debe de firmar el consentimiento el padre o la madre, tutor, etc.
Si leéis el reglamento citado cuando alude al GUARDIA DE FRONTERAS, está más encaminado a las fronteras EXTERIORES que a las interiores, pues como podéis comprobar en cualquier aeropuerto, cuando viajas a cualquier país de la UE existe algún control aduanero?, no es más cierto que sí existe cuando sales a cualquier otro país que no sea de UE?. Por eso cuando en el ANEXO VII, Norma 6 del Reglamento CE aludido pone lo del Guardia de fronteras, si os fijáis en el punto 6.1, dice cuando: “….Los menores que crucen la frontera exterior estarán sometidos….”. Como comprobareis en ninguno de los otros dos puntos habla de frontera interior, pues el resto es genérico.
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Como podéis comprobar el asunto de la autorización famosa es EXIGIDA POR LAS COMPAÑÍAS AÉREAS no por el Guardia de fronteras ni por que sea necesario, claro está cuando viajen a países de la Unión Europea (UE). Así que como me dijeron en la AESA (Agencia Estatal de Seguridad Aérea), aquellos padres a los cuales, las compañías aéreas, no dejan que esos menores (14 a 17 años), vayan en unión de profesores o solos, no los dejan facturar para su posterior embarque, deberían de presentarse en el Aeropuerto y formular las denuncias necesarias por abuso de las citada aerolíneas antes las Autoridades administrativas competentes o denunciar vía judicial.
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Saludos


Excelente explicación.

Muchas gracias.
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Re: Autorización al menor para salida al extranjero

Notapor Haisam » Dom Jun 24, 2012 11:20 pm



intervencionpolicial.com
A todo esto queria hacer un pequeña pregunta y sencilla. Tengo 15 años y dentro de un par de dia voy a viajar La compañia con la que viajo me ha dicho que la edad minima para viajar es de 18 años. Bien me madre me ha dicho que la guardia civil ofrece un pequeño permiso en el que se debe rellenar unas cuantas cosas para que yo pueda viajar solo. ¿Eso es verdad? Gracias por atenderme y espero que respondan pronto. Saludos :)
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Re: Autorización al menor para salida al extranjero

Notapor Teucro » Lun Jun 25, 2012 12:36 pm


Academia Acceso CNP

sector115.es
MURGUINSON escribió:
Luiso escribió:Muchas gracias Oxígeno... consultaré en la comisaría y en la embajada de los USA, aunque de lo que comentais, entiendo que el pasaporte en regla es suficiente.
Me queda la duda de si es necesaria la autorización de la madre... que no quiero llevarme luego un disgusto...
Muchas gracias de nuevo

Luis


Yo tambien entiendo que el niño, cuando tiene un pasaporte, conlleva implicitamente que la persona/s (padre/madre) que hicieron el trámite, autorizan a su hijo a viajar solo con todas las consecuencias , por lo tanto si puede viajar en solitario también lo puede hacer con quién quiera. Otra cosa bien distinta es que en caso de viajar solo, la Compañia aérea (ejemp. Ryanair) no acepte a menores de 14 años viajando solos, y a partir de Octubre/2009 tampoco a menores de 16 años viajando solos, pero hay que diferenciar la normativa legal (menor con pasaporte viajando solo), de lo que son exigencias corporativas de la compañía aérea (edad mínima para viajar solo)



Yo también lo entiendo así pero a ciertas compañías aéreas de bajo coste, les da igual, o autorización de viaje o no viajas aunque el vuelo sea nacional. En mi dependencias se solicita libro de familia y dni de los padre y el menor y que estén todos presentes, si falta un progenitor se realiza llamada telefónica asentando telefonema
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