Atestado en acciidente

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Atestado en acciidente

Notapor El intocable » Vie Feb 09, 2007 6:23 pm


Hola buenas compañeros, voy proponer un caso práctico a ver si me podéis ayudar en algo, porque realmente tengo una duda.
Este caso es real, puesto que le pasó ayer a un conocido:

Un individuo, llamémosle A va ciruculando con su vehículo por zona interurbana, y en el trayecto, el vehículo que circula en sentido contrario llamémosle B, realiza un giro hacia la izquierda sin comprobar antes que no se aproximaba ningún vehículo en el sentido opuesto, con lo cual colisiona con el vehículo A,teniéndo entonces el V.B la responsabilidad antes este incidente.
El caso es que el vehículo A, el cual ha resultado como perjudicado carece de S.O.A, y una vez personada una patrulla de la GC de Tráfico, proceden a denunciar al vehículo A y retirarle el vehículo, hasta ahí bien, entonces le comunican al vehículo A que se le ha denunciado por los preceptos antes nombrados, y que bueno, como el ha salido perjudicado, lo único que harán será esto, todo porque según los GC le cayó bien (el conductor del V.A) que sinó formalizarían el correspondiente atestado con el consiguiente de que se celebraría un juicio por éste incidente, bueno el caso es que fue como si le perdonaran algo, y ahora viene mi pregunta: ¿procede en este tipo de casos, la formailización de un atestado? ya que yo como PL, lo que haría sería denunciar las infracciones presentes y a efectos internos rellenar un formulario tipo atestado, pero únicamente a título interno, con lo cual no lleguo a comprender lo que los GC quisieron darle a entender al individuo del V.A, ya que el no había sido el culpable y se le había denunciado por carecer de S.O.A... en fin si alguien puede aclararme esto lo agradecería, , y si hay algún GC de la Agrupación de Tráfico pues mejor aún.
UN SALUDO
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El intocable
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Re: Atestado en acciidente

Notapor traficante » Sab Feb 10, 2007 12:19 am


Curso Acceso Guardia Civil

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de-pol.es
Óscar escribió:Hola buenas compañeros, voy proponer un caso práctico a ver si me podéis ayudar en algo, porque realmente tengo una duda.
Este caso es real, puesto que le pasó ayer a un conocido:

Un individuo, llamémosle A va ciruculando con su vehículo por zona interurbana, y en el trayecto, el vehículo que circula en sentido contrario llamémosle B, realiza un giro hacia la izquierda sin comprobar antes que no se aproximaba ningún vehículo en el sentido opuesto, con lo cual colisiona con el vehículo A,teniéndo entonces el V.B la responsabilidad antes este incidente.
El caso es que el vehículo A, el cual ha resultado como perjudicado carece de S.O.A, y una vez personada una patrulla de la GC de Tráfico, proceden a denunciar al vehículo A y retirarle el vehículo, hasta ahí bien, entonces le comunican al vehículo A que se le ha denunciado por los preceptos antes nombrados, y que bueno, como el ha salido perjudicado, lo único que harán será esto, todo porque según los GC le cayó bien (el conductor del V.A) que sinó formalizarían el correspondiente atestado con el consiguiente de que se celebraría un juicio por éste incidente, bueno el caso es que fue como si le perdonaran algo, y ahora viene mi pregunta: ¿procede en este tipo de casos, la formailización de un atestado? ya que yo como PL, lo que haría sería denunciar las infracciones presentes y a efectos internos rellenar un formulario tipo atestado, pero únicamente a título interno, con lo cual no lleguo a comprender lo que los GC quisieron darle a entender al individuo del V.A, ya que el no había sido el culpable y se le había denunciado por carecer de S.O.A... en fin si alguien puede aclararme esto lo agradecería, , y si hay algún GC de la Agrupación de Tráfico pues mejor aún.
UN SALUDO


La verdad es que si fue así el asunto no enteiendo el proceder de los compañeros de tráfico. Como tú bien dices, se denuncian las infracciones que se observen en el momento, ya sea SOA, ITV, Documentación, etc. y seguidamente hacer unas diligencias a prevención y si hay juicio, pues que haya, el juez va a fallar sobre el culpable del accidente ya que el carecer de seguro dejó de ser falta penal hace tiempo y ha sido denunciado administrativamente. Lo único que se me ocurre es que al llegar la Fuerza dijeran los dos implicados que estaban de acuerdo y que confeccionaban un parte amistoso. Espero haberte aclarado algo. Un saludo.
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Re: Atestado en acciidente

Notapor El intocable » Sab Feb 10, 2007 1:18 am


Chaleco Balistico Sioen Sk1-6

790?
materialpolicial.com
Buenas compañero, suponía que estaba en lo cierto, gracias por la aclaración, aunque lo que todavía no tengo muy claro es:
traficante escribió:

y seguidamente hacer unas diligencias a prevención y si hay juicio, pues que haya, el juez va a fallar sobre el culpable del accidente ya que el carecer de seguro dejó de ser falta penal hace tiempo y ha sido denunciado administrativamente.

Porque, si cuando llega la fuerza actuante, ambos implicados ya están de acuerdo, teóricamente no cabe actuación penal, respecto a lo que comentas de hacer unas diligencias de prevención y lo de que , si hay juicio.
Ya que como bien apuntas el carecer de S.O.A es méramente administrativo. y además el perjudicado era el que carecía de S.O.A, con lo cual el que tuvo la culpa le vino bien ya que se ahorra dar un parte de siniestro a su seguro, no se si me he explicado con claridad. UN SALUDO
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Re: Atestado en acciidente

Notapor traficante » Sab Feb 10, 2007 5:08 pm



intervencionpolicial.com
Óscar escribió:Buenas compañero, suponía que estaba en lo cierto, gracias por la aclaración, aunque lo que todavía no tengo muy claro es:
traficante escribió:

y seguidamente hacer unas diligencias a prevención y si hay juicio, pues que haya, el juez va a fallar sobre el culpable del accidente ya que el carecer de seguro dejó de ser falta penal hace tiempo y ha sido denunciado administrativamente.

Porque, si cuando llega la fuerza actuante, ambos implicados ya están de acuerdo, teóricamente no cabe actuación penal, respecto a lo que comentas de hacer unas diligencias de prevención y lo de que , si hay juicio.
Ya que como bien apuntas el carecer de S.O.A es méramente administrativo. y además el perjudicado era el que carecía de S.O.A, con lo cual el que tuvo la culpa le vino bien ya que se ahorra dar un parte de siniestro a su seguro, no se si me he explicado con claridad. UN SALUDO


Cuando los dos implicados están de acuerdo y no ha habido ningún tipo de herido, includo leves, sólo daños materiales y los dos están de acuerdo también cabe hacer diligencias a prevención, aunque lo que se suele hacer es un parte amistoso, las diligencias a prevención se hacen precisamente cuando no hay acuerdo y si hay algún herido se hace atestado. Includo haciendo diligencias o atestado, en el 90% o más de los casos no hay juicio tampoco ya que llegan antes a un acuerdo. El que ha tenido la culpa deberá de pagarle su seguro a tu amigo igualmente, por lo tanto deberá dar cuenta a su seguro. Espero haberte aclarado algo y no haberte liado más aún. Un saludo.
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Notapor El intocable » Sab Feb 10, 2007 5:27 pm



sector115.es
Ahora me ha quedado claro :wink: , gracias. Y tienes razón, a mi personalmente en algunos accidentes, cuando las compañías no se pusieron de acuerdo llegaron a los juzgados, entonces el juez solicita de oficio que se le entregue el atestado de dicho accidente, ahí está el porque se deben hacer ese tipo de diligencias, nosotros en nuestra comisaria siempre que vemos que aunque se pongan de acuerdo hay algún tipo de duda, rellenados un formulario interno (tipo atestado pero a mano alzada ) y de esta manera nos curamos en salud por si luego pasa lo que pasa, y como dices rara vez se celebra el juicio. Gracias de nuevo, un saludo
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