asuntos propios

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asuntos propios

Notapor wwwsss » Vie Ago 08, 2008 10:03 am


hola a todos, pertenezco a una plantilla de policia local de un pueblo de sevilla y ahí va mi pregunta: pueden negarme (alcalde, delegado de seguridad ciudadana) un día de asuntos propios, el cual necesito, por estar ese día solo trabajando en mi turno? me lo tienen que contestar por escrito motivándomelo?, que plazos tienen para hacerlo?.
me gustaría que me asesorarais con base legal. gracias a todos.
pd. no vale la solución de que otro compañero heche horas extras, ya que nos negamos a ello, debido al convenio tan precario que tenemos.
REAL BETIS BALOMPIE: no tuvo infancia NACIÓ GRANDE
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wwwsss
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Re: asuntos propios

Notapor dito270 » Vie Ago 08, 2008 11:54 am


Carteras Portaplaca Desde 9?

Alta calidad, fabricada en piel
desenfunda.com
Me parece que te lo pueden denegar "por necesidades del servicio", pero no estoy seguro, habla con tu sindicato, ellos seguro que te lo aclaran al 100%
LA SUERTE FAVORECE A LA MENTE PREPARADA
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dito270
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Re: asuntos propios

Notapor Omega74 » Jue Ago 14, 2008 6:11 pm


Formación Oficial H&K

Formación / tutoriales H&K
uspsuministros.com
Las famosas "necesidades del servicio", son una de nuestras lacras...

Por poder denegar un asunto propio por necesidades del servicio, pues siento decirte que SI, si que puede hacerlo, pero ahora bien, está obligado a notificarlo por escrito (los plazos no los recuerdo), e incluso debe de especificar las necesidades del servicio, diciendo la función que debes de realizar, la duración y el porque no puede hacerlo otro, pero visto que parece que tienes problemas, lo mejor es que metas por registro todas las solicitudes que hagas, ya que si no te lo autoriza se considera igualmente denegación, pero si lo has pedido por registro está obligado a contestar, aunque sea después de que pase la fecha que querias, y cuanto menos, si decides recurrir la decisión o incluso denunciar en el juzgado de lo contencioso, sino lo has metido por registro será como si no lo hubieras solicitado, y si lo has hecho ya será el juez el que le pida las explicaciones pertienentes.

Y recuerda eso de "Primero cumplir, después recurrir", es una pena pero es así, ya que sino lo haces así, y te tomas el día como libre bajo tu responsabilidad te pueden abrir expediente y sancionar

Todo esto lo he sacado de un problemilla que tuve hace tiempo y tuve que ir al abogado del sindicato.

Un saludo
timeo danaos et dona ferentes
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Re: asuntos propios

Notapor LARRO » Jue Ago 14, 2008 6:25 pm


Bolsa Tiro

militariapiel.es
1º Ante todo tienes que enterarte si en tu ayuntamiento existe un convenio o un acuerdo marco entre trabajadores y empresa.
2º Si no existe o en el ámbito de aplicación del mismo no incluye TU PUESTO, por el motivo que sea, al menos tienes derecho a seis días según el "ESTATUTO BASICO DEL EMPLEADO PUBLICADO" publicado en abril de 2007.
3º Intenta hacerlo todo por las buenas.

CAPÍTULO V
Derecho a la jornada de trabajo, permisos
y vacaciones

Artículo 47. Jornada de trabajo de los funcionarios
públicos.
Las Administraciones Públicas establecerán la jornada
general y las especiales de trabajo de sus funcionarios
públicos. La jornada de trabajo podrá ser a tiempo
completo o a tiempo parcial.
Artículo 48. Permisos de los funcionarios públicos.
1. Las Administraciones Públicas determinarán
los supuestos de concesión de permisos a los funcionarios
públicos y sus requisitos, efectos y duración. En
defecto de legislación aplicable los permisos y su duración
serán, al menos, los siguientes:

...k) Por asuntos particulares, seis días.
2. Además de los días de libre disposición establecidos
por cada Administración Pública, los funcionarios
tendrán derecho al disfrute de dos días adicionales
al cumplir el sexto trienio, incrementándose en
un día adicional por cada trienio cumplido a partir del
octavo.
...Artículo 51. Jornada de trabajo, permisos y vacaciones
del personal laboral.
Para el régimen de jornada de trabajo, permisos y
vacaciones del personal laboral se estará a lo establecido
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Re: asuntos propios

Notapor Devonfire » Dom Ago 17, 2008 8:37 pm


¿Quieres ser Policía Nacional?

Prepárate con los mejores
joyfepolferes.es
Las necesidades del servicio son como han dicho una lacra, porque en plantillas con los efectivos justos siempre habra necesidades del servicio y te niegan algo a lo que tienes derecho, pero de momento es así. Si acaba el año y no te han permitido cogerte ninguno pues supongo que te los tendrán que abonar como horas extras.
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Re: asuntos propios

Notapor Blackhawk02 » Jue Dic 27, 2012 10:48 pm


Gc Edicion 175 Aniversario

gafaspolicia.com
¿Alguien puede decirme la OG o circular en la que se autoriza a disfrutar de los Asuntos Propios hasta junio de 2013?
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"Digan lo que digan o hagan lo que hagan te seguiré defendiendo como el primer día."
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Re: asuntos propios

Notapor LARRO » Vie Dic 28, 2012 10:20 am



foropolicia.es
Blackhawk02 escribió:¿Alguien puede decirme la OG o circular en la que se autoriza a disfrutar de los Asuntos Propios hasta junio de 2013?

Incremento del plazo para el disfrute de los días de Asuntos Particulares
http://Esto es SPAM/index.php?limitstart=22

http://www.acaip.info/valencia/Document ... ropios.pdf

http://www.forodelguardiacivil.com/web/ ... hp?t=63045

te vale esto????
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Notapor Blackhawk02 » Vie Dic 28, 2012 11:50 am


Cartera Porta Placa Ertzaintza

Fabricado en piel de vacuno
enpieldeubrique.com
Si muchas gracias aunque me equivoque y refloté el hilo del subforo de Policía Local.
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