arma y policia local

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Re: arma y policia local

Notapor 10David » Dom Sep 27, 2009 12:42 pm



foropolicia.es
deker escribió:
pues en mi caso,CNP mi arma reglamenteria va SIEMPRE CNMG entre otras cosas porque en toda una jefatura superior no hay un armero ni nadie que se haga responsable de ella cuando no este de servicio,asi que a ver quien es el guapo que me dice q no.....jejejeje

saludod


Entiendo que entonces siempre llevarás también la guía contigo. ¿verdad?.
¿A nombre de quien estan guiadas las armas reglamentarias del CNP/GC?
otra cosa, el dilema aquí está en el uso que se le puede dar a un arma REGLAMENTARIA, porque lo que si tenemos claro es que un arma PARTICULAR con licencia A puede portarse siempre, la duda viene en las armas que pertenecen a la administración, en el cual yo creo que sin una autorización expresa de poder portarla y darle un uso PERSONAL a la misma no es posible su utilización. Otra cosa es que no se posea armero en la comisaria y todos los compañeros se la lleven a casa estando autorizados, pero de ahí a llevarsela encima cuando salgas a tomar algo o de vacaciones hay una diferencia. Para eso estan en este último caso las PARTICULARES.
Saludos
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Re: arma y policia local

Notapor deker » Dom Sep 27, 2009 2:13 pm


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10David escribió:
deker escribió:
pues en mi caso,CNP mi arma reglamenteria va SIEMPRE CNMG entre otras cosas porque en toda una jefatura superior no hay un armero ni nadie que se haga responsable de ella cuando no este de servicio,asi que a ver quien es el guapo que me dice q no.....jejejeje

saludod


Entiendo que entonces siempre llevarás también la guía contigo. ¿verdad?.
¿A nombre de quien estan guiadas las armas reglamentarias del CNP/GC?
otra cosa, el dilema aquí está en el uso que se le puede dar a un arma REGLAMENTARIA, porque lo que si tenemos claro es que un arma PARTICULAR con licencia A puede portarse siempre, la duda viene en las armas que pertenecen a la administración, en el cual yo creo que sin una autorización expresa de poder portarla y darle un uso PERSONAL a la misma no es posible su utilización. Otra cosa es que no se posea armero en la comisaria y todos los compañeros se la lleven a casa estando autorizados, pero de ahí a llevarsela encima cuando salgas a tomar algo o de vacaciones hay una diferencia. Para eso estan en este último caso las PARTICULARES.
Saludos


en la guia de pertenencia reza mi nombre como titular.....

por otro lado,no te olvides que CNP/GC tenemos competencias en toda españa y no solo en nuestro barrio,asi que a ver quien es el guapo que me dice que no la puedo llevar y a ver si tengo suerte y algun espabilado me la interviene que se le va a caer el pelo....




saludos
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Re: arma y policia local

Notapor prodigo » Dom Sep 27, 2009 3:20 pm


Hola, Deker, un PL también tiene competencia en TODA ESPAÑA ANTE EL DELITO...... pero que bonito palabro... COMPETENCIA, por lo que tambien portan armas por TODO EL TERRITORIO NACIONAL, pero eso no es lo que preguntabas no??. en fin, que no hay que darle mas vueltas. Si un policía porta un arma corta, pues en contadas excepciones, que la porte...
Un salu2

PD. y la excepciones debes de tenerlas claras...
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Re: arma y policia local

Notapor jesacrisma » Dom Sep 27, 2009 6:57 pm


10David escribió:
deker escribió:
pues en mi caso,CNP mi arma reglamenteria va SIEMPRE CNMG entre otras cosas porque en toda una jefatura superior no hay un armero ni nadie que se haga responsable de ella cuando no este de servicio,asi que a ver quien es el guapo que me dice q no.....jejejeje

saludod


Entiendo que entonces siempre llevarás también la guía contigo. ¿verdad?.
¿A nombre de quien estan guiadas las armas reglamentarias del CNP/GC?
otra cosa, el dilema aquí está en el uso que se le puede dar a un arma REGLAMENTARIA, porque lo que si tenemos claro es que un arma PARTICULAR con licencia A puede portarse siempre, la duda viene en las armas que pertenecen a la administración, en el cual yo creo que sin una autorización expresa de poder portarla y darle un uso PERSONAL a la misma no es posible su utilización. Otra cosa es que no se posea armero en la comisaria y todos los compañeros se la lleven a casa estando autorizados, pero de ahí a llevarsela encima cuando salgas a tomar algo o de vacaciones hay una diferencia. Para eso estan en este último caso las PARTICULARES.
Saludos


Perdona 10David, pero del arma reglamentaría no existe guía, solo de la particular.
Así que no se te ocurra pedirle la guía a CNp o GC, por que lo único que porta es su placa o identificación pra poder portar el arma.
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Re: arma y policia local

Notapor deker » Dom Sep 27, 2009 7:35 pm


DEPOL Guardia Civil

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de-pol.es
pues yo si tengo mi guia,donde se refleja que el arma tiene procedencia del cuerpo nacional de policia y el titular soy yo :policia:
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Re: arma y policia local

Notapor deker » Dom Sep 27, 2009 7:42 pm


Boligrafo Kubotan

28?
materialpolicial.com
prodigo escribió:Hola, Deker, un PL también tiene competencia en TODA ESPAÑA ANTE EL DELITO...... pero que bonito palabro... COMPETENCIA, por lo que tambien portan armas por TODO EL TERRITORIO NACIONAL, pero eso no es lo que preguntabas no??. en fin, que no hay que darle mas vueltas. Si un policía porta un arma corta, pues en contadas excepciones, que la porte...
Un salu2

PD. y la excepciones debes de tenerlas claras...



bueno,no se de donde sacas eso de que un policia local tenga competencia en toda españa....jejejeje

esta no es la intencion del post pero te recordare algo por si no lo has estudiao o no te acuerdas, para terminar el tema y volver a lo q de verdad se pregunta en el post primero....

Ley 2/86 articulo 11

2. Las funciones señaladas en el párrafo anterior serán ejercidas con arreglo a la siguiente distribución territorial de competencias:

1.

Corresponde al Cuerpo Nacional de Policía ejercitar dichas funciones en las capitales de provincia y en los términos municipales y núcleos urbanos que el Gobierno determine.


3. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, los miembros del Cuerpo Nacional de Policía podrán ejercer las funciones de investigación y las de coordinación de los datos a que se refieren los apartados G) y H) del número 1 de este artículo, en todo el territorio nacional.

------------------------------
articulo 51 POLICIA LOCAL

3. Dichos cuerpos sólo podrán actuar en el ámbito territorial del municipio respectivo, salvo en situaciones de emergencia y previo requerimiento de las autoridades competentes.


solo podran actuar en una situacion de emergencia y siempre y cuando se requiere su ayuda.....


saludos
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Re: arma y policia local

Notapor jesacrisma » Dom Sep 27, 2009 7:56 pm



intervencionpolicial.com
deker escribió:pues yo si tengo mi guia,donde se refleja que el arma tiene procedencia del cuerpo nacional de policia y el titular soy yo :policia:

Perdona, pero yo no, en la mia reglamantaria, en la particular si, y refleja que soy GC.
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Re: arma y policia local

Notapor ROBIN » Dom Sep 27, 2009 8:12 pm



sector115.es
deker escribió:bueno,no se de donde sacas eso de que un policia local tenga competencia en toda españa....jejejeje


Te faltan leer palabras....

prodigo escribió:Hola, Deker, un PL también tiene competencia en TODA ESPAÑA ANTE EL DELITO....
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Re: arma y policia local

Notapor deker » Dom Sep 27, 2009 8:25 pm


ROBIN escribió:
deker escribió:bueno,no se de donde sacas eso de que un policia local tenga competencia en toda españa....jejejeje


Te faltan leer palabras....

prodigo escribió:Hola, Deker, un PL también tiene competencia en TODA ESPAÑA ANTE EL DELITO....



articulo 51 POLICIA LOCAL

3. Dichos cuerpos sólo podrán actuar en el ámbito territorial del municipio respectivo, salvo en situaciones de emergencia y previo requerimiento de las autoridades competentes.
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Re: arma y policia local

Notapor jesacrisma » Dom Sep 27, 2009 8:34 pm


Conviértete En Ertzaina

Todo online
nola2hurtu.eus
deker escribió:
ROBIN escribió:
deker escribió:bueno,no se de donde sacas eso de que un policia local tenga competencia en toda españa....jejejeje


Te faltan leer palabras....

prodigo escribió:Hola, Deker, un PL también tiene competencia en TODA ESPAÑA ANTE EL DELITO....



articulo 51 POLICIA LOCAL

3. Dichos cuerpos sólo podrán actuar en el ámbito territorial del municipio respectivo, salvo en situaciones de emergencia y previo requerimiento de las autoridades competentes.


Deker, me diras que un PL, ante un delito no actuará como un componente de las FCS, y en caso de detención en las diligencias constará como PL, no como un simple ciudadano.
Creo que es un poco la obligación de todos.
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Re: arma y policia local

Notapor ROBIN » Dom Sep 27, 2009 8:48 pm


deker escribió:
ROBIN escribió:
deker escribió:bueno,no se de donde sacas eso de que un policia local tenga competencia en toda españa....jejejeje


Te faltan leer palabras....

prodigo escribió:Hola, Deker, un PL también tiene competencia en TODA ESPAÑA ANTE EL DELITO....



articulo 51 POLICIA LOCAL

3. Dichos cuerpos sólo podrán actuar en el ámbito territorial del municipio respectivo, salvo en situaciones de emergencia y previo requerimiento de las autoridades competentes.


Pues nada don erre que erre...
Estoy planteándome...devolver una felicitación por una intervención hace años, estando de vacaciones, en la que gracias al menda y a otra pareja que nos acompañaba, logramos después de sudar un poquillo, detener a un tironero, y ponerlo a disposición de la primera patrulla de GC y PL que llegó al lugar...porque igual cometí una ilegalidad...
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Re: arma y policia local

Notapor anomalía10 » Dom Sep 27, 2009 8:53 pm


www.Desenfunda.com - Descuento!

desenfunda.com
CALIGUALCOP DIJO:
No, ni GC, ni CNP, ni PPAA, ni PL pueden dar un uso particular al arma reglamentaria.
Es mas creo que legalmente y para todos los cuerpos policiales de España, para poder llevarte tu arma reglamentaria a casa tiene que ir desmontada, no lo se seguro pero es lo que me ha comentado un instructor de tiro del CNP.




JODER vaya tío puesto en el tema,eh? Como va a llevar el CNP y la GC que persiguen delitos por todo el territorio nacional y son del estado el arma desmontada.JA JA JA JA. Ni puñetera idea vaya
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Re: arma y policia local

Notapor deker » Dom Sep 27, 2009 9:09 pm


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Subcompact 9mm x 19
uspsuministros.com
Pues nada don erre que erre...
Estoy planteándome...devolver una felicitación por una intervención hace años, estando de vacaciones, en la que gracias al menda y a otra pareja que nos acompañaba, logramos después de sudar un poquillo, detener a un tironero, y ponerlo a disposición de la primera patrulla de GC y PL que llegó al lugar...porque igual cometí una ilegalidad...[/quote]


felicidades por la actuacion,esta claro que eres un buen profesional no lo discuto hombre y seguro que algun compañero no hubiera actuado asi,pero el detener a un tironero y ponerlo a disposicion tambien lo puede hacer un particular,no te olvides

Artículo 490.

Cualquier persona puede detener:

1.

Al que intentare cometer un delito, en el momento de ir a cometerlo.
2.

Al delincuente in fraganti.

etc etc
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Re: arma y policia local

Notapor ROBIN » Dom Sep 27, 2009 9:34 pm


Gafas Polarizadas 5.11

militariapiel.es
deker escribió:felicidades por la actuacion,esta claro que eres un buen profesional no lo discuto hombre y seguro que algun compañero no hubiera actuado asi


El POLICIA que aún estando libre de Servicio, de vacaciones, en Almería o en Oviedo y no actuase así....no es que sea un buen profesional....es que está cometiendo una ilegalidad...

deker escribió:ponerlo a disposicion tambien lo puede hacer un particular,no te olvides


Claro que sí...pero fuimos detrás de él gritandole ALTO POLICÍA....cuando lo teníamos en el suelo le dije claramente que estaba detenido por un POLICÍA...cuando llegaron los primeros compañeros me identifiqué como POLICIA y cuando fuí a comparecer lo hice como POLICÍA...
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Re: arma y policia local

Notapor Hogueras con sidra » Dom Sep 27, 2009 9:56 pm


¿Quieres ser Policía Nacional?

Prepárate con los mejores
joyfepolferes.es
Qué lástima, pensé que en este foro se podría hablar como compañeros, pero no creí que nos conocieramos tanto como para discutir quien la tiene más larga. Saludos y recordad quien es el enemigo.
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