Arma Policia Portuaria

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Re: Arma Policia Portuaria

Notapor DRAGONES » Mar Ago 05, 2008 12:10 pm


HECKLER & KOCH SFP9

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Una pregunta Alcon 28, tu trabajarias sin arma reglamentaria, en una zona en la que la competencia en seguridad fuese de otro cuerpo, como por ejemplo el País Vasco o Cataluña, según tu si los Policías Portuarios tienen un problema que llamen al CNP o a la G.C., tu llama a los Mossos o a la ertzaintza, no queramos para otros lo que no querríamos para nosotros, si son un cuerpo de POLICIA tendrían que portar armas, como todos, por cierto no soy Policía Portuario, pero opino que SI tendrían que portar armas de fuego para su defensa, un saludo. :policia:
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Re: Arma Policia Portuaria

Notapor halcon-28 » Mar Ago 05, 2008 8:17 pm


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Pero que comparacion, como me vas a comparar la problematica del Pais Vasco con un puerto, vamos a ver que de la seguridad de un puerto se encarga GC y no le deis mas vueltas al gato, vamos yo creo que con la extensible se va en un puerto mas que de sobra, vamos es lo que pienso y me remito a mi anterior pregunta, dame cifras sobre bajas en la policia portuaria de cualquier puerto.


SALUDOS
H-30, aqui es halcon-28, este indicativo le comunica que se encuentra operativo, buen servicio
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Re: Arma Policia Portuaria

Notapor DRAGONES » Mar Ago 05, 2008 10:00 pm


Temario Escala Básica

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Compañero Alcon 28, yo no comparo nada, lo que digo, en contestación a tu afirmación, si tienen un problema que llamen a la G.C. o al CNP, que son los competentes en el lugar, por lo cual no necesitan armas, eso mismo nos lo podemos aplicar los demás en zonas donde practicamente no tenemos competencias ¿ o no ? me mantengo en lo dicho, si son un cuerpo policial deberían de estar dotados de armamento, que pasa que los Policías Portuarios no patrullan los puertos y en los mismos no hay "malos" o hay que esperar a que maten a uno para decir que si que tienen que tener armas para por lo menos poder defenderse, te repito la pregunta tu realizarías servicios sin armas y de uniforme por la calle...... yo NO, y lo que NO quiero para mi NO lo quiero para nadie, un saludo compi. :policia:
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Re: Arma Policia Portuaria

Notapor Pepeillo » Mar Ago 05, 2008 11:36 pm


Gc Edicion 175 Aniversario

gafaspolicia.com
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Re: Arma Policia Portuaria

Notapor Er chachi » Mié Ago 06, 2008 12:06 am



foropolicia.es
halcon-28 escribió:Pero que comparacion, como me vas a comparar la problematica del Pais Vasco con un puerto, vamos a ver que de la seguridad de un puerto se encarga GC y no le deis mas vueltas al gato, vamos yo creo que con la extensible se va en un puerto mas que de sobra, vamos es lo que pienso y me remito a mi anterior pregunta, dame cifras sobre bajas en la policia portuaria de cualquier puerto.


SALUDOS


Por ley le competen en los Puertos de Interés General del Estado; al CNP, el servicio de Extranjería y a la G.C. El resguardo Fiscal, ahí si que no hay mas tu tía, otra cosa es que al estar delegadas, por ley también, las competencias en seguridad ciudadana en los CCFFSSEE, luego actúe el que actúe.
Cada puerto es un mundo y lo que veas en el que tu estas nada tendrá que ver con cualquiera de los otros cuarenta y tantos que hay en España en manos del Gobierno (P.I.G.E). En Las Palmas, por ejemplo en materia de seguridad ciudadana actúa por lo general el CNP, una vez se ha solicitado ayuda, o se ha resuelto la situación y se les trasladan los detenidos para las correspondientes diligencias, ya que los primeros en llegar somos siempre nosotros, ¿o acaso hay patrullas del CNP o una comisaria en el puerto? pues no, hay una a 300 metros y entran para tomar café por las noches.

En segundo lugar me referiré a la disposición adicional décimo tercera de la ley 48/2003, en la que se cita: 1. Las funciones de policía especial, enunciadas en el artículo 4.1 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, atribuidas a la Autoridad Portuaria por la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, corresponden a su Consejo de Administración.
2. Dichas funciones serán ejercidas, en la forma que determine el Reglamento de Explotación y Policía, por los celadores-guardamuelles y demás personal de la Autoridad Portuaria, debidamente cualificado y adscrito al Servicio de Policía, a cuyo efecto tendrán la consideración de agentes de la autoridad de la Administración Portuaria en el ejercicio de las potestades de policía portuaria recogidas en la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, sin perjuicio de la obligación de colaborar siempre que sea preciso con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Aunque estas competencias en seguridad ciudadana, no contengan la extensión de la expresión al completo, si que son peligrosas.

Comentarte también que lo del arma, no es mas que querer recuperar lo que ya tuvimos, pues hasta hace unos 20 años eramos un cuerpo armado y así lo fuimos durante mas de 200 años de historia.
Para enriquecer tus conocimientos sobre la Policía Portuaria, te diré que la retenida de armas solo fue una parte mas del plan estratégico de privatización que se llevó en los puertos del estado para su optimización, rentabilización y como no, reparto de todo ello entre los políticos de turno. Proceso el cual comienza con la transformación de las juntas de obras y puertos autónomos en Autoridades Portuarias y la creación del excelentísimo órgano opresor y recaudador Puertos del Estado., cuyo presidente al frente del mismo, Don Mariano Navas, junto con el apoyo pactado e interesado de los nefastos lideres sindicales de CIG, CCOO y UGT, emprendieron negociaciones y pactos para acabar con todos los servicios de los puertos, dicese: Aguada, Obras, Gruas y pasarelas, Electricidad, Bomberos, Talleres, Carpinteros, Guardamuelles, etc, etc e ir cediendo a sus "primos" los "empresarios", suculentos contratos para la gestión y explotación de estos servicios.
Peeeerroooo!!! voila!! el 11 de septiembre de 2001 un nefasto atentado en Las Torres Gemelas de Nueva York, cambia el panorama mundial de la seguridad, en especial en Puertos y Aeropuertos. La OMI, especialmente presionada por EEUU, pone manos a la obra y pretende intensificar en el convenio SEVIMAR o SOLAS, todo lo referente a la seguridad, lo mismo hacen los gobiernos contratantes y toman sus propias medidas. España lo hace con la ley 48/2003, donde se dota de la condición de agentes de la autoridad a los Celadores Guardamuelles, se adscribe a estos a un servicio de Policía y se legisla que los servicios que impliquen SEGURIDAD Y EJERCICIO DE LA AUTORIDAD NO PODRÁN SER PRIVATIZADOS. también se pone en marcha el CÓDIGO INTERNACIONAL PBIP, el reglamento CE-725/2004, la Directiva Comunitaria 2005/65/CE y el Real Decreto 1617 de 7 de diciembre de 2007 por el que se establecen medidas para la mejora de la protección de los puertos y del transporte marítimo. En todas estas reglamentaciones, Las autoridades portuarias toman parte activa y protagonista, e inherente a ellas, por ende: La Policía Portuaria

No quiero acabar sin comentar que si como dices conoces los puertos sabrás que se mezclan con la ciudad, que en ellos viven inmigrantes e indigentes, que a ellos llegan polizones, que en sus zonas ludicas se celebran actividades multitudinarias, que atracan buques de crucero objetivos principales del terrorismo, que repostan petroleros y plataformas petrolíferas, que se transbordan la mayoría de las mercancias mundiales, que avituallan buques y convoyes militares, que conviven marineros y no tan marineros Rusos, Albanos, Turcos, Malayos, Chinos, Coreanos, Filipinos, Colombianos, Panameños. Me imagino que también habrás visto las armas que traen escondidas (Palos con cuchilla, sables, huesos de tiburón, puñetes, etc), también sabrás y habrás visto lo que se requisa por parte de la Policía Especial Portuaria de Algeciras y Almeria en la Operación Paso del Estrecho (OPE). Habrás visto quien realiza los controles PBIP de todos estos buques y actividades, quien convive cada día con estas realidades y cuantas FFCCSSEE hay en los puertos.

Por ultimo reclamar que no se necesitan victima ni mártires para solicitar lo que legitima y racionalmente nos corresponde, queremos profesionalizarnos, queremos poder defender nuestras vidas y las de los usuarios cuando sea estrictamente necesario y la única vía sea defenderse con un arma de fuego. No pedimos nada absurdo ni incoherente, solo lo que pidieron los PP.LL hace unos años y tantos otros, también vieron con malos ojos.

Saludos
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Re: Arma Policia Portuaria

Notapor Er chachi » Mié Ago 06, 2008 12:15 am


Cartera Porta Placa Ertzaintza

Fabricado en piel de vacuno
enpieldeubrique.com
Pepeillo escribió:Estos señores pertenecen al ministerio de fomento por lo tanto son policia del ministerio de fomento otras personas pertenecen a la autoridad sanitaria en el muelle que tambien son una autoridad o agentes etc algun policia portuaria deveria decir si en su carnet actual pone de cargo CELADOR - GUARDAMUELLE como yo e leido o pone policia portuaria como algunos dicen, y ¿que arma de fuego se le puede dar a un señor del ministerio de fomento con competencias exclusivamentes para el muelle?

saludos


1º- Genericamente y en primera instancia, pertenecemos como tu dices a cada Autoridad Portuaria, no al ministerio de fomento.

2º-¿autoridad sanitaria del muelle? ¿Por favor me puedes hacer llegar la reglamentación de dicha actividad, sus estatutos y un carné profesional?

3º- ¿Que tiene que ver la velocidad con el tocino? ¿necesitan las autoridades sanitarias un arma?

4º- En mi TIP, pone Policía Portuaria, pero por mi como si pone Celador Pinchadiscos, aquí lo que importa son las leyes, el servicio al que estás adscrito y la realidad del trabajo que realizas.

5º- ¿Un señor del ministerio de fomento con competencias exclusivas para el muelle? No se si te refieres al: Ingeniero, Al Capitán Marítimo, Al Director del Puerto o al OPIP, todos ellos son funcionarios del ministerio de fomento con competencias en "el muelle" como tu le dices.

6º- Igual deberías informarte antes de hablar. Muelle no tiene nada que ver con Puerto. Puerto poco que ver con Puerto de Interés General, y las competencias en uno de ellos son varias y están correctamente definidas en cada servicio.
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Re: Arma Policia Portuaria

Notapor Er chachi » Mié Ago 06, 2008 12:22 am


Pepeillo escribió:La comision interministerial permanente de armas y explosivos considera adecuado y autoriza el uso de defensa de goma,descartando el uso de armas de fuego...



----------------------el ningun caso pueden ejercer coercion directa sobre las personas o retener sus pertenencias.


estas son algunas de las normas escritas por la que se rigue la policia portuaria otras son colaboracion obligatoria con las FCSE cuando sean soliciatado para ello y dirijir el trafico dentro del muelle. tambien inpedir el acceso a los muelles a las personas que no esten autorizadas para ello....


Estan en su derecho a intentar cambiar las leyes pero al dia de hoy eso es lo que hay.


Esto a lo que haces referencia, denominado como informe D. Mariano es una contestación a un escrito de CCOOO, y no tiene mas valor que la respuesta positiva emitida por el MIR, tanto al Puerto de Algeciras como al de Barcelona, cuyos presidentes por cautela y queriendo evitar una reacción en cadena no tomaron medidas en su debido momento. Pronto se realizará la misma petición en Las Palmas y si es positiva, veremos que pasa esta vez.
Por cierto, la Policía Portuario no se rige por esta norma, ya que no lo es, para que tengas algo mas de conocimiento sobre lo que hablar, te diré que la Policía Portuaria se rige por la Ley 27/1992, 48/2003, Código PBIP y normativas al respecto y el Reglamento de Policía de los puertos de interés general del estado, además de por la constitución, la LECRIM, el Código Penal y otras leyes relevantes.
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Re: Arma Policia Portuaria

Notapor iNMoRTaL » Mié Ago 06, 2008 1:12 am


Pepeillo, y tu a que ministerio perteneces?? Que hable de esos temas alguien perteneciente al SVA es cuanto menos gracioso... Y eso de que las competencias son exclusivas en el muelle es porque no has visto ninguna zona lúdica... Esas zonas son de nuestra competencia y esas zonas se suelen convertir en los nucleos de ocio más importantes de las ciudades... Respecto a lo de las bajas de Policias Portuarios la verdad esque no conozco ninguna, pero esque si te basas en eso contestame, cuantos Policias Locales mueren al año? Y cuantos hay en total en toda España? Siendo una diferencia tan grande dudo que haya mas de 2 de diferencia entre un cuerpo y otro... Y otro motivo para que este dato por suerte sea tan bajo es debido a que los puertos se han ampliado considerablemente en los últimos años aumentando la cantidad de gente que pasa por ellos, así como su tamaño, esto añadido a la pasividad que ha existido entre los antiguos Guardamuelles, los cuales en su gran mayoria han sido trabajadores de Talleres, o ferroviarios reconvertidos a una profesion a la que la gran mayoria han acudido a vivir bien y no hacer nada... Y por cierto, en mi carnet pone Policía Portuaria...
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Re: Arma Policia Portuaria

Notapor halcon-28 » Mié Ago 06, 2008 1:48 am


Curso Acceso Guardia Civil

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Si no dudo de vuestra razon y de vuestra profesionalidad como mencione anteriormente, pero por esta regla de tres ¿porque no se dota de armas a los agentes de movilidad por ejemplo?, pues porque ya existe un cuerpo armado del que depende y no digo con esto de que vosotros dependais de nadie, pero que la seguridad del puerto o muelle como decis ya esta teoricamente garantizada con la presencia de las diferentes FFCCSS.
Este es un tema que personalmente no me quita el sueño, si en un futuro se os dota de arma pues muy bien por vosotros, pero que a dia de hoy no lo veo relevante no necesario.
¿Que anualmente el cuerpo de policia local no presenta grandes bajas?,pues no sera porque no realize las mismas funciones de seguridad ciudadana que otro cuerpo policial, con los problemas que eso acarrea y que como tu dices pues sí cada puerto es un mundo...


SALUDOS
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Re: Arma Policia Portuaria

Notapor Pepeillo » Mié Ago 06, 2008 2:42 am



60?
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Re: Arma Policia Portuaria

Notapor Eratsi » Mié Ago 06, 2008 5:00 am



intervencionpolicial.com
Señores, buenas noches a todos. Es la 1ª vez que entro en este foro y soy Policia Portuario de un puerto del sur, y he leido algunas cosas que me gustaria matizar:
1º.- El "Real Cuerpo de Guardamuelles" fue creado por el Rey Carlos III en 1783.
2º.- Que no podemos ejercer coerción sobre las personas, eso se lo sacó Mariano Navas, queriendo restringir todavia más nuestras ompetencias; las cuales a dia de hoy son bastantes y por desgracia somos desconocidos para mucha gente.
3º Si un chory atenta contra tu integridad física o la de cualquier compañero, que haces ¿le tiras de las patillas y lo cojes del brazo y le dices que se espere hasta que vengan los compañeros de la PN o de la GC?
Vamos hombre, ¡no nos jodas Mariano!
También si nos dieran un arma logicanmente tendrian que darnos un plus de peligrosidad, pero claro...al darnos ese dinero no habria para subirle el sueldo a costa de todos los que trabajamos para el Estado a otros cuerpos de Policia autonómicos. Pero eso si a los demás cuerpos, recortes presupuestarios en dotación, dietas,uniformidad, etc... sea a la PN, GC, o SVA.
Lo que hace falta ya es que se apruebe el nuevo Reglamento, nos encuadren dentro de la ley de FF y CC de Seguridad y que nos den un "hierro", que nunca pasa nada... hasta que pasa, y por desgracia en este pais no se arreglan las cosas hasta que pasa algo (en algunos puertos no tenemos ni guantes anticorte/antipinchazos).
Saludos cordiales a todos.
Todos tenemos un precio; algunos están siempre en rebajas.
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Re: Arma Policia Portuaria

Notapor iNMoRTaL » Mié Ago 06, 2008 3:01 pm


Academia Acceso CNP

sector115.es
[quote="halcon-28"]Si no dudo de vuestra razon y de vuestra profesionalidad como mencione anteriormente, pero por esta regla de tres ¿porque no se dota de armas a los agentes de movilidad por ejemplo?, pues porque ya existe un cuerpo armado del que depende y no digo con esto de que vosotros dependais de nadie, pero que la seguridad del puerto o muelle como decis ya esta teoricamente garantizada con la presencia de las diferentes FFCCSS.

¿En que situación estaba la Policia Local antiguamente? Que yo sepa estaba en las ciudades la Policia Nacional y en los pueblos la Guardia Civil, entonces según tu regla de 3, ¿porque se les dotó de arma? Seamos serios y no compares un cuerpo inventado por los ayuntamientos y que creo que a dia de hoy no tienen ni caracter de agente de la autoridad, con un cuerpo mucho más antiguo y que ha portado armas anteriormente y que tras pasar un periodo de crisis esta volviendo a resurgir como cuerpo policial.

¿Que anualmente el cuerpo de policia local no presenta grandes bajas?,pues no sera porque no realize las mismas funciones de seguridad ciudadana que otro cuerpo policial, con los problemas que eso acarrea y que como tu dices pues sí cada puerto es un mundo...
Pues esa evolución es la que queremos que pase con la Policia Portuaria, no queremos seguir siendo "los chicos paratodo" ni los apuntabarcos ni cosas similares, queremos una profesionalización y llegar a ser a efectos legales y practicos lo más parecido a una Policía Local en los puertos.

SALUDOS
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Re: Arma Policia Portuaria

Notapor halcon-28 » Mié Ago 06, 2008 3:25 pm


¿Expongan Vds, los motivos por los que entienden deberian estar dotados de arma reglamentaria?, hasta ahora se ha argumentado la defensa propia y tal, pero en realidad diganme ¿cuantas veces les hubiera hecho falta si la llevasen encima?.
Es que eso de llevar pipa mola mazo, pero no se arregla con cobrar mas ni mucho menos, ya querria cobrar yo por llevarla y si lo cobro es una ridiculez, pero vamos no van por ahi las tornas.
Se ha comentado el tema de los VS, pero no todos estan dotados de armas, para ello requiere aprobar un curso y realizar servicios que entrañan un riesgo como transporte de fondos, escolta, etc.
Pero como te decia antes, que si os la dan ,que os la daran tarde o temprano, pues no pasa nada, no sere yo quien lo juzgue si os veis mas seguros con ello.
Otra pregunta ya que la desconozco, ¿estais autorizados para portar defensas extensibles?, lo digo porque en el reglamento de armas habla de FFCCSS, ojo, que no lo digo con ironia, es que lo desconozco y querria estar informado.

SALUDOS.
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Re: Arma Policia Portuaria

Notapor Pepeillo » Mié Ago 06, 2008 6:26 pm


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Re: Arma Policia Portuaria

Notapor Er chachi » Mié Ago 06, 2008 9:31 pm


halcon-28 escribió:Si no dudo de vuestra razon y de vuestra profesionalidad como mencione anteriormente, pero por esta regla de tres ¿porque no se dota de armas a los agentes de movilidad por ejemplo?, pues porque ya existe un cuerpo armado del que depende y no digo con esto de que vosotros dependais de nadie, pero que la seguridad del puerto o muelle como decis ya esta teoricamente garantizada con la presencia de las diferentes FFCCSS.
Este es un tema que personalmente no me quita el sueño, si en un futuro se os dota de arma pues muy bien por vosotros, pero que a dia de hoy no lo veo relevante no necesario.
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SALUDOS

Y aunque hubiera bajas, ¿es que tiene que haberlas? ¿Conocéis la prevención? Me duele ver como algunos compañeros se afilan los dientes preocupándose por desvirtuar los propósitos de otros cuerpos, ya sean policías Especiales o Espaciales. En los aproximadamente 300 años de historia de nuestro cuerpo siempre se ha tenido arma, y sólo por los intereses politico-economicos de cuatro macacos y su pésima estrategia nos encontramos como nos encontramos. Nosotros nada tenemos que ver con los agentes de movilidad, no somos auxiliares ni dependientes de nada, y si ellos exigieran armas con motivo justificado; ole sus coj****!!
Te repito que las FFCCSSEE en los puertos brillan por su ausencia y ciñéndonos a la ley, sus respectivas competencias (G.C y CNP) son Resguardo Fiscal y Extranjería. No se si los agentes de movilidad o cualquier otro cuerpo recibe formación en detección y trato de explosivos, defensa personal policial, conducción policial, atestado e informes, siniestros, salvamento marítimo, prevención de incendios, mercancias peligrosas, manejo de escaners, Derecho penal, circulación y trafico, Seguridad operacional, detenciones, Controles, emergencias, control de accesos y zonas, etc, pero nosotros si y todo ello por que nuestras funciones en el puerto son esas, y los compañeros de las FFCCSSEE que trabajan conjuntamente lo saben y nos respetan al igual que nosotros a ellos.
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