Arma Policia Portuaria

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Notapor Er chachi » Dom Feb 10, 2008 6:47 pm



intervencionpolicial.com
Jose María escribió:Despues de darle vueltas al temo y sinceramente nunca había pensado en ello, admito que tal como va la sociedad estáis indefensos ante cualquier hecho que se salga de lo normal en un puerto. Dado que cualquier choro puede llevar una escopeta, pistola o navaja. Y la verdad patrullar por esas explanadas de contenedores solitarias, muelles pesqueros etc se puede convertir en una trampa.
Y voy a mi reflexión:
Porque motivo vuestros sindicatos no solicitan el portar arma en el lugar de trabajo, ya que sois un cuerpo de seguridad con caracter de A. de la A. en sus funciones y zona asignada para ello. Al igual que la seguridad privada se haría un curso de capacitación para poder ser portada y una vez aprobado solicitud a la G.C. y permiso de armas. ¿que problema hay?
Creo que es una reivindicación sindical, al igual que los sueldos, mejoras laborales, jubilación. etc.


Aparte de esos lugares que citas, añade zonas de ocio, muelles deportivo, zonas de crucero, terminales de pasajeros, vías comunes, zonas ciudad-puerto, acontecimientos como carnavales, fiestas populares, cabalgatas de Reyes Magos, etc.

Nuestros sindi-queee???? :risitas: :risitas: :risitas: Precisamente ahí radica uno de nuestras principales LACRAS. Ya está bien de echarle la culpa al Gobierno al Ministerio de Fomento y los gestores de las A.A.P.P, empecemos a mirarnos el ombligo y a determinar donde se encuentran verdaderamente las herramientas de solución de todo este "desmadre" que es la P.P. Española.
Los sindicatos no hacen nada por nosotros mas que añadirse falsas victorias para defender sus oligarquías. Que bueno es disfrutar de horas sindicales, añadirse nivelitos, comer con los "cortijeros" y engañar al personal. Que si el talante negociador.... que si toma las migajas que el pan ya me lo comí yo, que si toma un uniforme nuevo para que los "memos" se queden tranquilos!!!
MERIENDA DE NEGROS, es la frase que define nuestra "representación" sindical, mafiosos y falsos profetas vendedores de humo.

Respecto al arma, ya la tuvimos, El cuerpo de Guardamuelles fue un cuerpo armado y ya he expresado en post anteriores mi opinión del por que, de nuestro interesado declive. En algunos puertos ya tienen contestación positiva por parte del MIR o del Subdelegado del Gobierno, pero todos tienen miedo a desencadenar el efecto domino que despierte la furia de ese gran RECAUDADOR que es nuestro querido ente PUERTOS DEL ESTADO.
Patrullamos, vigilamos y compartimos espacio con V.S. armados, por lo menos ellos podrán tener la oportunidad de salvaguardar sus vidas si desgraciadamente se da el caso en alguna ocasión, espero llegado el momento poder estar al lado de uno de estos compañeros, saludos para todos ellos.



:bastaya: :bastaya: :bastaya: :bastaya: :bastaya: :bastaya:
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Notapor Er chachi » Dom Feb 10, 2008 8:47 pm


Academia Acceso Cnp

sector115.es
Compañero Dragones, si eres quien creo te agradecería que pasaras por tu "otra casa" ya que se te hecha de menos por allí.
Un saludo
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Notapor DRAGONES » Dom Feb 10, 2008 10:28 pm


Vale querido V.......O de todas maneras me paso TODOS los días por la "puerta" y miro un poco.
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Notapor JASAN12 » Lun Feb 11, 2008 1:06 am


Prueba Gratis La Plataforma

7 días de prueba
nola2hurtu.eus
Er chachi escribió:
JASAN12 escribió:http://www.lasprovincias.es/valencia/prensa/20070128/valencia/policia-portuaria-realiza-controles_20070128.html


Muchas gracias por el enlace compañero, algún día espero poder colgar uno totalmente distinto.



Espero ponerlo yo
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OLE, OLE, Y OLE.....

Notapor PORTUARIOALM » Lun Feb 11, 2008 11:51 am


Er chachi escribió:
Jose María escribió:Despues de darle vueltas al temo y sinceramente nunca había pensado en ello, admito que tal como va la sociedad estáis indefensos ante cualquier hecho que se salga de lo normal en un puerto. Dado que cualquier choro puede llevar una escopeta, pistola o navaja. Y la verdad patrullar por esas explanadas de contenedores solitarias, muelles pesqueros etc se puede convertir en una trampa.
Y voy a mi reflexión:
Porque motivo vuestros sindicatos no solicitan el portar arma en el lugar de trabajo, ya que sois un cuerpo de seguridad con caracter de A. de la A. en sus funciones y zona asignada para ello. Al igual que la seguridad privada se haría un curso de capacitación para poder ser portada y una vez aprobado solicitud a la G.C. y permiso de armas. ¿que problema hay?
Creo que es una reivindicación sindical, al igual que los sueldos, mejoras laborales, jubilación. etc.


Aparte de esos lugares que citas, añade zonas de ocio, muelles deportivo, zonas de crucero, terminales de pasajeros, vías comunes, zonas ciudad-puerto, acontecimientos como carnavales, fiestas populares, cabalgatas de Reyes Magos, etc.

Nuestros sindi-queee???? :risitas: :risitas: :risitas: Precisamente ahí radica uno de nuestras principales LACRAS. Ya está bien de echarle la culpa al Gobierno al Ministerio de Fomento y los gestores de las A.A.P.P, empecemos a mirarnos el ombligo y a determinar donde se encuentran verdaderamente las herramientas de solución de todo este "desmadre" que es la P.P. Española.
Los sindicatos no hacen nada por nosotros mas que añadirse falsas victorias para defender sus oligarquías. Que bueno es disfrutar de horas sindicales, añadirse nivelitos, comer con los "cortijeros" y engañar al personal. Que si el talante negociador.... que si toma las migajas que el pan ya me lo comí yo, que si toma un uniforme nuevo para que los "memos" se queden tranquilos!!!
MERIENDA DE NEGROS, es la frase que define nuestra "representación" sindical, mafiosos y falsos profetas vendedores de humo.

Respecto al arma, ya la tuvimos, El cuerpo de Guardamuelles fue un cuerpo armado y ya he expresado en post anteriores mi opinión del por que, de nuestro interesado declive. En algunos puertos ya tienen contestación positiva por parte del MIR o del Subdelegado del Gobierno, pero todos tienen miedo a desencadenar el efecto domino que despierte la furia de ese gran RECAUDADOR que es nuestro querido ente PUERTOS DEL ESTADO.
Patrullamos, vigilamos y compartimos espacio con V.S. armados, por lo menos ellos podrán tener la oportunidad de salvaguardar sus vidas si desgraciadamente se da el caso en alguna ocasión, espero llegado el momento poder estar al lado de uno de estos compañeros, saludos para todos ellos.



:bastaya: :bastaya: :bastaya: :bastaya: :bastaya: :bastaya:


....Y AL QUE NO DIGA OLE.....!QUE SE LE SEQUE LA HIERBABUENA!

!OLE, OLE, Y OLE !

Después de esta referencia "carnavalera".....añadir que:

! SE PUEDE DECIR MÁS ALTO, PERO NO MÁS CLARO !

Con respecto a los "medios" y "lugares" para la realización de esos "controles"...señalar que en la Autoridad Portuaria de Almería, hace 5 años que existen 2 detectores de explosivos (ITEMISER 3 Y VAPORTRACER II), y "están muertos de risa..."; y los lugares donde "supuestamente" son utilizados...no son otros que la Zona de Servicio del Puerto (principalmente en el embarque de vehículos, en preembarque, y ocasionalmente en el scanner...además de "pasarselo" a las maletas y bultos abandonados en la Terminal de Viajeros...)...

¿Por qué se realizarían este tipo de "controles" por parte de los Policías Portuarios? Muy sencillo, porque OTROS colectivos policiales carecen de estos "medios" o su prestancia inmediata depende del momento, o de la disponibilidad del Servicio de Guías Canínos (CNP y GC) o de los compañeros TEDAX...

Cosa bien distinta, es que la formación para el uso de dichos "detectores" de explosivos y otras sustancias (psicotrópicas, por ej.), este muy lejos de lo "deseable"....y mucho más si no se RETRIBUYE.....por lo que el escaso "interés" por el aprendizaje...se convierte en CERO PATATERO.

Desgraciadamente, se siguen desaprovechando las oportunidades de SER NECESARIOS (que no INPRESCINDIBLES....), de luchar por asumir y consolidar nuevas tareas y competencias, etc, etc. :wink: :wink: :wink:

Un salu2.

P.D: Hablo de DETECCIÓN...NO DE DESACTIVACIÓN.
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Estos son los "medios"....

Notapor PORTUARIOALM » Lun Feb 11, 2008 12:55 pm



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He encontrado el siguiente enlace en la red....

La página no viene en Castellano, pero pongo el enlace ya traducido:

http://es.babelfish.yahoo.com/translate ... =yfp-t-501


En la misma página, también viene el otro detector, el más "portatil", que además de funcionar en modo "partículas", también analiza las muestras en modo "vapores"...

Son un "coñazo" de mantener operativos...pero bien calibrados y "conociendo" el tema....son muy útiles ( y son incansables...no como los "perritos"...)

Espero que os gusten....

Un salu2.
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Re: Arma Policia Portuaria

Notapor CaligulaCop » Lun Jun 09, 2008 8:46 pm


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Ya que no se nada de las PP solo decir una cosilla.
Se ha dicho por aque que en las Policias Locales en cada cortijo rigen sus propias normas y eso no es cierto, no es cierto respecto a competencias ya que la Constitucion Española y la LOFCS las dejan bien claras (que se cumplan o no...). Otra cosa son las normas internas. Pero eso entre comillas tambien las tienen cada comisaria del CNP y cada puesto de la GC, lo se muy bien ya que me he criado en uno y toda mi familia esta en ello.

Con respecto a las Policias Portuarias lo logico y normal es que se os considerara Policias a todos los efectos usease FF.CC.SS y con buestras competencas claras.
Y incluso ya llendonos por las ramas y, al igual que las PP.LL o las PP.AA dado el caso pueden actuar fuera de sus demarcaciones vosotros dado el caso pudierais hacerlo (no se si ahora podeis). Vamos, lo que conllevaria ser de las FF.CC.SS
Pero en fin, sin saber mas bien nada acerca de vosotros, me da a mi que queda mucho para eso (ojala me equivoque).
¿Alguien ve logico que un Vigilante de Seguridad pueda ir armado para realizar su trabajo y un Policia Portuario no? Yo no lo entiendo.
Un afectuoso saludo compañeros.
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Re: Arma Policia Portuaria

Notapor Er chachi » Mar Jun 10, 2008 12:39 am


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Tus palabras, celo y calor son bien recibidos. Desde luego que no lo vemos lógico, pero el peso de los políticos, los caimanes, los sindicatos (a los pies de los primeros) y el lastre de la intentona de privatización que sufrió este colectivo pesan sobre nuestras cabezas, estamos en ello, estamos luchando y espero que así sea en un futuro cercano.

No sólo realizamos tareas de seguridad ciudadana sino que la seguridad en el puerto se vive desde un punto especifico, teniendo en cuenta que son entrada y salidas de prácticamente todo lo que se mueve en un país, teniendo en cuenta que hay inmigrantes ilegales, polizones, tripulaciones chinas, coreanas, malayas, rusas, colombianas, panameñas, marroquis, argelinas, etc, etc. También se debe tener en cuenta que le pese a quien le pese hacemos controles anti terroristas y de acceso y vigilancia a cruceros en niveles 2 y 3 de protección, y a convoys militares como el que atracó durante 2 dias en Las Palmas, entre el que se encontraba el Porta Aeronaves Príncipe de Asturias, en su camino hacia un ejercicio de maniobra militares de la U.E.
Vease.

- Codigo PBIP, capitulo XI-2 del Convenio Internacional Solas
- Reglamento C.E. 725/2004
- Directiva 2005 C.E. 65/05
- Real Decreto 1617/2007 de 7 de diciembre por el que se establecen medidas para la mejora de la protección de los puertos y del transporte marítimo.

- No sólo no es lógico, sino que es una vergüenza, y una falta de respeto hacia la vida de las personas, pues hasta el día que uno de nosotros muera, no se tomarán medidas, aún habiendo contestación positiva del MIR en cuanto al armamento y licencia tipo-C.
En mi puerto por ejemplo hay VV.SS armados, y mientras nosotros, "a pecho descubierto", aun habiendo un estudio de peligrosidad de la subdelegación del gobierno donde considera la zona portuaria como de alto riesgo y habilita por tanto a los VV.SS a ir armados en puestos, por ejemplo, como los astilleros. Muy bien por ellos, seguro que sus responsables y sindicatos tienen algo mas de sentido común y respeto hacia la dignidad de los profesionales.

Respecto a lo de perseguir a un delincuente fuera del puerto, el articulo 4de la ley organica 1/1992 sobre protección de la seguridad ciudadana cita: "1. En las materias sujetas a potestades administrativas de Policía especial no atribuidas expresamente a Órganos dependientes del Ministerio del Interior, estos solo podrán intervenir en la medida necesaria para asegurar la consecución de las finalidades previstas en el apartado 2 del artículo 1.
2. Dichos Órganos, a través de sus agentes, deberán prestar el auxilio ejecutivo necesario a cualesquiera otras autoridades publicas que lo requieran para asegurar el cumplimiento de las Leyes." El articulo 58-D de la ley 48/2003 cita "Los servicios de vigilancia, seguridad y policía en las zonas comunes, sin perjuicio de las competencias que correspondan a otras Administraciones.", La disposición adicional decimo tercera de la ley 48/2003 cita "1. Las funciones de policía especial, enunciadas en el artículo 4.1 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, atribuidas a la Autoridad Portuaria por la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, corresponden a su Consejo de Administración. 2. Dichas funciones serán ejercidas, en la forma que determine el Reglamento de Explotación y Policía, por los celadores-guardamuelles y demás personal de la Autoridad Portuaria, debidamente cualificado y adscrito al Servicio de Policía, a cuyo efecto tendrán la consideración de agentes de la autoridad de la Administración Portuaria en el ejercicio de las potestades de policía portuaria recogidas en la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, sin perjuicio de la obligación de colaborar siempre que sea preciso con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad." El articulo 450 del Codigo Penal por su parte cita "1. El que, pudiendo hacerlo con su intervención inmediata y sin riesgo propio o ajeno, no impidiere la comisión de un delito que afecte a las personas en su vida, integridad o salud, libertad o libertad sexual, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años si el delito fuera contra la vida, y la de multa de seis a veinticuatro meses en los demás casos, salvo que al delito no impedido le correspondiera igual o menor pena, en cuyo caso se
impondrá la pena inferior en grado a la de aquél. 2. En las mismas penas incurrirá quien, pudiendo hacerlo, no acuda a la autoridad o a sus agentes para que impidan un delito de los previstos en el apartado anterior y de cuya próxima o actual comisión tenga noticia." También cita en su articulo 176: "Artículo 176 Se impondrán las penas respectivamente establecidas en los artículos precedentes a la autoridad o funcionario que, faltando a los deberes de su cargo, permitiere que otras personas ejecuten los hechos previstos en ellos." La ley de enjuiciamiento criminal cita por otro lado: "ARTICULO 490. Cualquier persona puede detener:
1º) Al que intentare cometer un delito, en el momento de ir a cometerlo.
2º) Al delincuente, "in fraganti".
3º) Al que se fugare del establecimiento penal en que se halle extinguiendo condena.
4º) Al que se fugare de la cárcel en que estuviere esperando su traslación al establecimiento penal o lugar en que deba cumplir la condena que se le hubiese impuesto por sentencia firme.
5º) Al que se fugare al ser conducido al establecimiento o lugar mencionado en el número anterior.
6º) Al que se fugare estando detenido o preso por causa pendiente.
7º) Al procesado o condenado que estuviere en rebeldía."

Así que por todo ello y excusando lo extenso de mi exposición yo perseguiría a un delincuente que se diera a la fuga y hubiese cometido un delito o hubiere sospechas fundadas y suficiente de ello, comunicando eso si la situación al Centro de Control para coordinarnos con las FFCCSSEE.

Queremos ser FFCCSSEE, queremos dejar de ser los perros de presa del Ministerio de Fomento, queremos que se termine ya el apaleamiento al que estamos sometidos por políticos y sindicatos o aquellos que dicen serlo y lucharemos por ello.
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Re: Arma Policia Portuaria

Notapor CaligulaCop » Mar Jun 10, 2008 1:03 am


¿Quieres ser Policía Nacional?

Prepárate con los mejores
joyfepolferes.es
Si, si todo eso lo se.
Solo queria saber si profesionalmente (ya que practicamente no se nada de la PP) y dejando aparte las causas en las que puede actuar cualquier ciudadano.
Si buestros "estatutos" os permitian actuar profesionalmente como FF.CC.SS. Y ya veo que si, solo queda el reconocomiento.
Pues esperemos lo consigais pronto.

Saludos.
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Re: Arma Policia Portuaria

Notapor kase » Mar Jun 17, 2008 6:36 pm


Gc Edicion 175 Aniversario

gafaspolicia.com
normas internas en un cuartel de GC??? eso seria antes...otra cosa esa nivel comandancia, que el jefe dela misma puede imponer una serie de "normas" al igual que el jefe de la Autoridad portuaria de la que se trate..eso si, nada tiene que ver con unas competencias u otras en cambio si en uniformidad (por poner un ejemplo).
¡¡¡UN SALUDO COMPAÑEROS!!!

¡¡¡EQUIPARACIÓN SALARIAL YA!!!

¡¡¡UNIFICACIÓN DE LA GUARDIA CIVIL CON EL CNP YA!!!
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Re: Arma Policia Portuaria

Notapor Pepeillo » Jue Jul 17, 2008 10:24 am



foropolicia.es
.
Última edición por Pepeillo el Jue Ago 21, 2008 8:52 pm, editado 1 vez en total
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Re: Arma Policia Portuaria

Notapor Er chachi » Jue Jul 17, 2008 8:52 pm


Cartera porta placa CNP

fabricado en piel de vacuno
enpieldeubrique.com
Pepeillo escribió:Hola con todos mis respeto la policia portuaria que yo conosco pone en el carnet

CELADOR-GUARDAMUELLES

un saludo


¿Y?

Esa era nuestra antigua denominación la cual se ha ido sustituyendo progresivamente a raíz del la disposición adicional decimotercera de la ley 48/2003, donde se adscribe al personal de este colectivo al servicio de Policía del puerto o Policía Portuaria cuyo nombramiento otorgaba el subdelegado del gobierno, función la cual ha sido delegada a los presidentes de las AA.PP.
Aunque yo estoy por la labor de la profesionalización y modernización del colectivo y un pequeño matiz de ello es el cambio de denominación "Policía Portuaria" que algunos aun no ha adoptado, me importa un bledo el nombre si luego se nos dota de reglamentación y medios necesarios.
El cuerpo de Guardamuelles es un cuerpo armado creado aproximadamente en el siglo XIX, fecha de la que se disponen documentos de su existencia y hasta que a los "Socialistas" les entró el hambre privatizador y quisieron acabar con este servicio como ya habían hecho con otros de la administración portuaria, era un cuerpo armado, dotado de medios y recursos humanos a la altura de cualquier otro y con pleno ejercicio y respeto de sus competencias, por todo ello y aunque en mi TIP pone: "Policía Portuaria", no me importaría que pusiese: "GUARDAMUELLES", es solo un matiz.
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Re: Arma Policia Portuaria

Notapor justiciero » Mié Jul 23, 2008 11:52 pm


Muy bien explicado todo compañero..

:aplausos: :aplausos: :aplausos: :aplausos:
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Re: Arma Policia Portuaria

Notapor halcon-28 » Mar Ago 05, 2008 1:00 am


Muy buenas compañeros, creo que el tema esta salido de madre, con todos mi respetos al que hacer diario de la policia portuaria que no es poco, lo se de primera mano ya que estoy destinado en un puerto del sur, ¿Para que un policia portuaria necesita estar dotado de arma de fuego?, la verdad es que no lo entiendo, ya se que en estas zonas se generan problemas de seguridad ciudadana pero para eso esta GC y cuando no disponen de efctivos nosotros(CNP), les hechamos una mano e incluso en la mayoria de ocasiones se solicita vuestro apoyo sin que decir tiene que no hace falta ya que estais ahi al pie del cañon.
Bueno dicho esto en muy pocas ocasiones se desenfunda el arma aunque a veces la cosa se calienta aunque sin llegar la sangre al rio, no sabeis el grave problema que a veces te puede acarrear portar un arma en el que la mayoria de las detenciones con resistencia estas mas preocupado de no perderla o que te la quite el malo.
Bueno dicho esto seguro que hay opiniones varias y contraria a la mia, pero hoy por hoy no creo que PP necesite ser dotada de arma reglamentaria, es mas, ¿cuantas bajas teneis en el cuerpo anualmente?, no estoy muy puesto pero creo que pocas o ninguna, ojo y que asi sea, nunca es bienvenido dramas de este tipo entre compañeros sean del cuerpo que sean.

SALUDOS.....
H-30, aqui es halcon-28, este indicativo le comunica que se encuentra operativo, buen servicio
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Re: Arma Policia Portuaria

Notapor Pepeillo » Mar Ago 05, 2008 1:12 am


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