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AntonioJ escribió:no respetando las pertenencias de la comunidad.
¿Se puede denunciar? ¿Cómo y dónde? ¿Se podría hacer de forma anónima?
Como bien te ha contestado LARRO, tendrías que repasar los estatutos de la comunidad, como especifica la Ley de la Propiedad Horizontal.
Tendrías que concretar más el
"no respetando las pertenencias de la comunidad". Porque una cosa es no respetar y otra hacer las cosas con intención (dolo) de hacer daño, de romper intencionadamente (entonces sería denunciable por lo penal).
Si se prueban los hechos que comentas, lo que procede es una demanda (no denuncia) con abogado y procurador ante un juzgado de lo civil por parte de la comunidad de vecinos en base a la LPH, de forma anónima no es válida.
La actividad ilícita que normalmente se plasma en los contratos de arrendamiento de vivienda es el subarriendo, es decir, que se prohíbe que el arrendatario (inquilino) vuelva a arrendar a un tercero la vivienda, habitación, etc.
Saludos.