B.C.I. escribió:cotus escribió:José Antonio Gayarre, condenado por insultar y golpear a un guarda forestal
el presidente de bardenas, que ha recurrido, deberá pagar 400 euros de multa
El Juzgado de Tudela lo considera autor de una falta leve de resistencia y desobediencia a la autoridad
Vaya por adelantado mi apoyo a al Guarda Forestal agredido.
Ahora me surge una duda:
¿Los Guardas Forestales tienen la condición de Autoridad, o es una errata de la publicación y quiere decir Agentes de la autoridad?.
Todos los agentes forestales son agentes de la autoridad.
Hay alguna excepción, como en Castilla y León, en que se consideran autoridad. Desconozco el caso de Navarra.
LEY 3/2009, de 6 de abril, de Montes de Castilla y León.
Artículo 120.– De la vigilancia.
2. Los funcionarios pertenecientes a la Escala de Agentes Medioambientales del Cuerpo de Ayudantes Facultativos y a la Escala de Guardería Forestal del Cuerpo de Auxiliares Facultativos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León tendrán la
consideración de autoridad a los efectos de lo dispuesto en el artículo 137.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y estarán facultados para llevar a cabo las acciones prescritas por el artículo 58.3 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes.