El Vigilante de Seguridad escribió:Compañero Portox, ¿has sido Vigilante antes que policia?, si no es asi, no sabes como nos sentimos ante una agresion en nuestro trabajo, o en una intervencion en la que nuestra integridad fisica peligra, sabiendo que no somos mas que un ciudadano normal
Hola compañero
haber te comento, antes de entrar a la Policía y desde que aprobe la oposición e ingrese a Ávila trabaje de "auxiliar de servicios" en el Corte Inglés, si ya lo sé, un pinta monas, pero no me iba a sacar el TIP sabiendo que había aprobado la oposición a pesar de que los de Prosegur se pusieron plastas...
En cualquier caso fui lo que se conoce como "Chaqueta Roja" y después estube 3 meses de paisano, así que se puede decir que trabaje en la Seguridad Privada aunque sin ser personal ni profesional cualificado, que te voy a contar a ti que no sepas ¿verdad?
La cosa es que trabaje en el Corte Inglés más grande que había en aquel entonces, el de la Castellana y si tuve intervenciones jodidas en las que tuve peleas y agresiones y así comparecí como particular en varios atestados policiales.
Como he dicho en mi anterior mensaje por esta situación que vivi puedo tener algo de idea de lo que sentis, y por eso expuse en mi anterior mensaje y me reitero en que:
Portox escribió:creo que sería obligatorio que tuvieran el carácter de agente de la autoridad en situaciones puntuales tales como en el momento de efectuar una detención, en situaciones de colaboración solicitada con las FCS y tambien en los casos que exista un enfrentamiento con cualquier tipo de arma, pudiendose de esa manera cubrirse las espaldas en esas situaciones tan delicadas.
El Vigilante de Seguridad escribió:teniendo que aguantar que nuestros datos esten a la vista del delincuente en una denuncia por no poder usar nuestro T.I.P, como he comentado antes un revisor tiene mucha menos preparacion que un Vigilante y es agente de la autoridad.
Ahí si que estoy al 100% contingo, los VS son personal cualificado y aprobado por el Ministerio del Interior y la DGP que son los que le asignan el TIP, con lo que estaría plenamente identificado si lo usaran en comparecencias, pero recuerdo que para eso no haría falta ser agente de la autoridad si no que la ley de seguridad privada lo contemple como metodo valido para la identificación del personal de seguridad privada...
Por cierto me he quedado así
cuando me he enterado que los revisores son agentes de la autoridad... no tenía ni idea opsss
El Vigilante de Seguridad escribió:En nuestro trabajo no tenemos ni mucho menos el peligro que tiene un policia pero tambien tenemos peligro, y estamos desprotegidos, nos obligan por ley a unas cosas, a la que ningun ciudadano esta obligado pero no nos dan ningun respaldo, el ser agente de la autoridad, seria mas serio la metedura de pata que algun patan pudiera cometer, por eso mismo se tendria mas cuidado y no se abusaria de ese caracter.
En eso no estoy deacuerdo,
un VS en función del destino puede tener mucho más peligro que un Policía, por ejemplo imaginate un VS destinado en la renfe de Orcasitas, o en un comercio de Villa de Vallekas comparado con un Policía de Albacete o el conductor del Comisario...
Reitero que mi opinión personal (que ni mucho menos será buena o cierta) es que deberiais tener ese carácter en determinadas situaciones como las antes expuestas y otras similares, pero no de forma continua puesto que las funciones que teneis vosotros aunque similares no son iguales que las de la Policía, por ello simplemente sería que en el caso de proceder en alguna competencia de la policía (detención por ejemplo) tuvierais ese carácter ya que de alguna manera actuais en nuestro nombre.
El Vigilante de Seguridad escribió:Tu opinion es muy respetable, pero creo que tendrias que ponerte por un momento en la piel de un Vigilante, un saludo compañero.
Compi, mi opinión es la que es por lo siguiente, actualmente solo los funcionarios públicos pueden ser agentes de la autoridad, si bien aunque un vigilantes de seguridad este acreditador por la DGP no es funcionario público, puesto que trabaja para empresas privadas, en consecuencia se estaría otorgando el carácter de agente de la autoridad a personal de empresas privadas, por ello esa figura de "Agente de la Autoridad" debería aparecer en el momento de ejercer funciones públicas como son la detención de un individuo, el enfrentamiento armado, etc... pues en ese momento se está realizando las mismas labores que la Policía.
Un saludo compi!!