Cuchillos Serie Policia |
Police-air force-swat |
militariapiel.es |
q. Redacción según Ley 10/2006, de 28 de abril. Agente forestal: Funcionario que ostenta la condición de agente de la autoridad perteneciente a las Administraciones Públicas que, de acuerdo con su propia normativa y con independencia de la denominación corporativa específica, tiene encomendadas, entre otras funciones, las de policía y custodia de los bienes jurídicos de naturaleza forestal y la de policía judicial en sentido genérico tal como establece el apartado 6 del artículo 283 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
http://noticias.juridicas.com/base_dato ... t1.html#a6
Los agentes del MMA si que están juridicamente facultados para presentar el caso a fiscalia como cualquier otro cuerpo.
Todos los Agentes Forestales (nombre oficial de este cuerpo en la Comunidad de Madrid) Ambientales, etc de España tienen la condición de agentes de la autoridad desde la creación de este cuerpo por allá por 1862, creo recordar, otra cosa es que tradicionalmente las administraciones se lo hayan pasado por el forro, para gozo de los infractores (en forma administrativa o de delito) de la legislación ambiental.
Ver post: "dudas sobre las competencias de los Agentes Ambientales" en este mismo foro.
Saludos