actuación policial en carga y descarga

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actuación policial en carga y descarga

Notapor Nil » Dom Mar 18, 2007 3:00 pm


DEPOL Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
de-pol.es
Buenas estimados foreros, necesito nuevamente de vuestra opinion al respecto.

Situación planteada:

Nos comentan que hay un turismo particular estacionado en una zona señalizada como de carga y descarga. La señal vertical es la R307 con la leyenda de la imagen. Para simplificar no hay señal en zig-zag.
En el vehículo se realizan operaciones de carga y descarga desde hace diez minutos. Los hechos se desarrollan a las 11 horas de la mañana.

El disco contiene el siguiente texto, "excepto carga y descarga. 15 minutos. Vehículos comerciales. Laborables de 8 a 13 y de 16 a 20horas.

Pregunta:

Nos comentan por radio la situación y el policía nos dice tener dudas sobre la legalidad de la actuación.

Responda a las preguntas justificando y especificando la respuesta. Por ejemplo si decide denunciar indique artículo, norma, leyenda y cuantía.
1. ¿Denunciaría al turismo?
2. ¿Habría medidas cautelares?
3. ¿La señalización es adecuada?
Nil
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Notapor El intocable » Dom Mar 18, 2007 4:07 pm



60?
materialpolicial.com
Seguro que es la R307?? Esta señal prohíbe la parada y el estacionamiento, si es así :

1.- Procede denuncia contra el vehículo
2.-Las medidas cautelares vendrían supeditadas al contexto del estacionamiento, ya que si obstaculiza gravemente la circulación, se procedería a la retirada del mismo.
3.-La señalización, no es la correspondiente a un puesto reservado para operaciones de carga y descarga.

Espero que te sirva de algo :wink:

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El intocable
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Notapor Malcriavelico » Dom Abr 01, 2007 2:57 am



intervencionpolicial.com
1. Denuncio al vehículo
2. Me lo llevo con la grúa, bien porque puede estar obstaculizando la circulación o bien porque esta en una zona reservada a otros usuarios de la vía. De ser el caso de tomar medidas.
3. Bueno esas señales las usan en muchos municipios, prohibe la parada y estacionamiento salvo carga y descarga.
Malcriavelico
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Notapor nuberu » Dom Abr 01, 2007 9:07 pm


Academia Acceso Cnp

sector115.es
Veamos en primer lugar considero que la señalización es incorrecta, ya que tanto en el art. 91G como en el 94 2C del RGC, se hace referencia a la carga y descarga de mercancias en relación con el estacionamiento y no con la parada y estacionamiento que es lo que prohibe la R-307, por otro lado parece ilogico en un lugar prohibir la parada y estacionamiento, ya que se entiende que existe un peligro para la circulacion, y luego permitir estacionar un camión para descargar.
De todos modos nosotros no somos quienes debamos decidir lo que procede o no salvo el realizar un informe sobre la existencia de una señalización a nuestro entender incorrecta.
En caso de denunciar yo lo haría por el Art. 154 del RGC desobedecer una señal de prohibida la parada y estacionamiento, ( o en todo caso a lo dispuesto en la Ordenanza Municipal)
En cuanto a la retirada del vehículo habría que ver si está incurso en lo dicho en el art. 71.1 F de la LSV "Cuando un vehículo permanezca estacionado en los carriles o partes de la vía reservados exclusivamente para la circulación o para el servicio de determinados usuarios"
Para finalizar cuando un particular necesita realizar una carga o descarga por algún motivo muy concreto en una zona que exista reserva exclusiva para veh. comerciales, yo le aconsejaría que solicitara permiso para una hora y día determinado.
nuberu
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