Absuelta la mujer acusada de matar a su marido en Tafalla

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Re: Absuelta la mujer acusada de matar a su marido en Tafall

Notapor angelesvigo » Mar Nov 02, 2010 1:26 am


Cartera Mossos D`esquadra

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enpieldeubrique.com
RBN24 escribió:Y eso, como dijo Casandra, no cuadra con que un cuchillo entre y salga dos veces el cuerpo de una persona.

Un saludo.

Por cierto, el que ha escrito el articulo se ha olvidado una "h".
No sé exactamente como se ha desarrollado la pelea, pero si tras la primera puñalada él la sigue agrediendo y ella le da la segunda... Que no digo que haya sido así, digo que podría.

Y lo del miedo... Años continuos de malos tratos pueden provocar un estado semejante al que tú describes de las arañas. Paliza, tras paliza, tras paliza.... pues llega un momento en que una pelea te puede provocar un miedo semejante. Todavía no soy psicóloga, así que no sé si esto puede llegar a este nivel, pero yo en principio creo que sí. Las consecuencias psicológicas del maltrato son muy jodidas.
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Re: Absuelta la mujer acusada de matar a su marido en Tafall

Notapor angelesvigo » Mar Nov 02, 2010 1:27 am


RBN24 escribió:Por cierto, el que ha escrito el articulo se ha olvidado una "h".
Y una tilde también.
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Re: Absuelta la mujer acusada de matar a su marido en Tafall

Notapor RBN24 » Mar Nov 02, 2010 1:32 am


angelesvigo escribió:
RBN24 escribió:Y eso, como dijo Casandra, no cuadra con que un cuchillo entre y salga dos veces el cuerpo de una persona.

Un saludo.

Por cierto, el que ha escrito el articulo se ha olvidado una "h".
No sé exactamente como se ha desarrollado la pelea, pero si tras la primera puñalada él la sigue agrediendo y ella le da la segunda... Que no digo que haya sido así, digo que podría.

Y lo del miedo... Años continuos de malos tratos pueden provocar un estado semejante al que tú describes de las arañas. Paliza, tras paliza, tras paliza.... pues llega un momento en que una pelea te puede provocar un miedo semejante. Todavía no soy psicóloga, así que no sé si esto puede llegar a este nivel, pero yo en principio creo que sí. Las consecuencias psicológicas del maltrato son muy jodidas.

Porque el miedo insuperable hace mencion a que por ejemplo no has podido cumplir prestando auxilio, con lo que has incurrido en un delito de omision del deber de socorro, cosa distinta a que por miedo insuperable has metido tres mojás a tu pareja. El miedo te "bloquea", no que por miedo a la otra persona le agredes.

En cuanto a la legitima defensa, creo recordar que tiene que mediar una proporcionalidad entre los elementos empleados, igual que los PBA.

http://www.enciclopedia-juridica.biz14. ... efensa.htm

Por cierto, la consecuencia del maltrato tambien la puede sufrir el hombre, y eso nadie lo contempla.

Un saludo.
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Re: Absuelta la mujer acusada de matar a su marido en Tafall

Notapor angelesvigo » Mar Nov 02, 2010 1:42 am


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Vale, en lo del miedo insuperable me has convencido; en lo de la defensa propia todavía no.

RBN24 escribió:Por cierto, la consecuencia del maltrato tambien la puede sufrir el hombre, y eso nadie lo contempla.

Un saludo.
Ya he dicho antes "consecuencias del maltrato sobre una PERSONA, señalando entre paréntesis para que no hubiera ninguna duda que me refería a personas en general y no a mujeres en particular; pero claro, sólo lees lo que te da la gana.

Dos mensajes seguidos ciñéndote al tema... ya me extrañaba a mí. Me voy a la cama, que acabo de recordar que mañana madrugo. Para hablarle a una pared, prefiero la de mi habitación.
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Re: Absuelta la mujer acusada de matar a su marido en Tafall

Notapor RBN24 » Mar Nov 02, 2010 1:47 am



Increibles precios
materialpolicial.com
angelesvigo escribió:Vale, en lo del miedo insuperable me has convencido; en lo de la defensa propia todavía no.

RBN24 escribió:Por cierto, la consecuencia del maltrato tambien la puede sufrir el hombre, y eso nadie lo contempla.

Un saludo.
Ya he dicho antes "consecuencias del maltrato sobre una PERSONA, señalando entre paréntesis para que no hubiera ninguna duda que me refería a personas en general y no a mujeres en particular; pero claro, sólo lees lo que te da la gana.

Dos mensajes seguidos ciñéndote al tema... ya me extrañaba a mí. Me voy a la cama, que acabo de recordar que mañana madrugo. Para hablarle a una pared, prefiero la de mi habitación.

Pues leete el enlace que te pase, y los requisitos necesarios para la legitima defensa (no es legitima defensa si te defiendes con un bazooka porque uno te quiere pegar con una grapadora).

El problema es que el circo mediatico que hay alrededor de la "violencia domestica" creo que eso de que el hombre tambien es persona o bien no lo contempla, o bien hace como el ministerio, de igual-dá.

Un saludo.
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Re: Absuelta la mujer acusada de matar a su marido en Tafall

Notapor RBN24 » Mar Nov 02, 2010 1:50 am



intervencionpolicial.com
Para que te aclares, Angeles.

Los requisitos para que se pueda apreciar vienen taxativamente predeterminados en el art. 20.4 C.P., que establece los siguientes:


Primero.- Agresión ilegítima. La Ley especifica que: «En el caso de ataque a los bienes se reputará agresión ilegítima el ataque a los mismos que constituya delito o falta o los ponga en grave peligro de deterioro o pérdida inminentes. En caso de defensa de la morada o sus dependencias, se reputará agresión ilegítima la entrada indebida en aquella o éstas». La dicción del precepto obligará, sin duda, al abandono del restrictivo criterio jurisprudencial de aplicar la eximente sólo cuando concurre acometimiento personal en el ataque a los bienes (lo que, prácticamente, equivale a decir robo con violencia). La referencia expresa al allanamiento de morada parece superflua puesto que, al ser éste un tipo delictivo específico (arts. 202 a 204 C.P.), será siempre constitutivo de agresión ilegítima. La condición de que la legítima defensa se configure como respuesta a una agresión ilegítima es condictio sine qua non para que se pueda apreciar la circunstancia en cualquier concepto, completa o incompleta (SS.T.S. 18 de febrero de 1995, 5 de abril de 1995 o 9 de marzo de 1996). También se exige que la agresión sea real; actual, es decir, ni pasada ni alejada en el futuro (S.T.S. 6 de febrero de 1996), y contraria a Derecho sin necesidad, salvo el caso de ataque a los bienes, que sea constitutivo de ilícito penal (S.T.S. 8 de febrero de 1995).


Segundo.- Necesidad racional del medio empleado para repeler la agresión. Comprende dos elementos. El primero es la necesidad de la propia defensa: que el sujeto tenga que defenderse o defender a otro sin posibilidad de obtener la ayuda o intervención de la autoridad pública. Si no concurre, la eximente no podrá apreciarse en concepto alguno. El segundo está constituido por la proporcionalidad del medio, arma o expediente empleado para la concreta defensa la cual, dentro de unos parámetros objetivos, ha de apreciarse individualizadamente en relación a cada caso concreto.


Tercero.- Falta de provocación suficiente por parte del defensor. Ello significa que la conducta del agresor no puede estar motivada en una previa agresión del agredido. Nuestra doctrina y jurisprudencia entienden que provocación suficiente es aquella de tales características que motiva una reacción defensiva semejante en el común de las personas.

Y se tienen que dar los 3.

A diferencia de lo que ocurre con el estado de necesidad, la redacción del art. 20.4 no permite entender que el animus defensionis constituya un requisito subjetivo implícito de la legítima defensa lo que, por otra parte, pugna con el carácter objetivo de la circunstancia.


En cuanto a sus efectos son los propios de una causa de justificación y de ahí su aparición en el catálogo de eximentes. En consecuencia, la legítima defensa excluye la responsabilidad criminal del autor del hecho y de los partícipes en el mismo dado el principio de accesoriedad limitada en la participación criminal por el que se rige nuestro Derecho Positivo. Además, elimina por completo la responsabilidad civil y de cualquier otra clase. Ello se debe al carácter genérico y no específicamente penal de la antijuridicidad. El acto criminal es tal porque, primariamente, resulta antijurídico, es decir, porque es contrario al orden jurídico general al implicar una transgresión de alguna de sus normas pertenecientes a cualquier ámbito del Derecho, y, en segundo lugar, porque el legislador ha considerado tal acto antijurídico como merecedor de ser tipificado como delito o falta. Si concurre una causa de justificación que hace a la acción lícita, tal acción es conforme a todo el Derecho y, en consecuencia, en ninguna rama del mismo puede fundarse responsabilidad alguna ya que el orden jurídico no ha sido quebrantado y falta el presupuesto base de cualquier exigencia de responsabilidad.

Un saludo.
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Re: Absuelta la mujer acusada de matar a su marido en Tafall

Notapor Casandra » Mar Nov 02, 2010 2:31 am


Academia Acceso CNP

sector115.es
angelesvigo escribió:Pues no fui yo precisamente la que me fui por las ramas. Ya dije mis opiniones al respecto, acertadas o no. Pero nadie ha intentado rebatirlas. Nadie me ha explicado por ejemplo, por qué no se le podría haber aplicado a este caso la eximente de "miedo insuperable", o quizás la de "defensa propia".


Hola, pues cíñéndonos al caso concreto no se puede alegar una eximente completa o incompleta de legítima defensa o miedo insuperable, tanto monta monta tanto, además de por los requisitos que le ha explicado RBN 24 que deben concurrir, porque no casan o compatiblizan con la alegación de muerte por accidente, que es la versión sostenida en su defensa por la autora.

No encontrará mucha jurisprudencia que avale esas eximentes en un supuesto de muerte con uso de instrumento potencialmente lesivo y causada por accidente, pues habrá voluntad y control de la acción en la ejecución del hecho, pero lo que sucede es que éste se ha realizado con esa voluntad anulada o disminuida por la legitimidad defensiva ante la agresión o por ese miedo que la ha llevado a actuar, cuando una de las partes iba desarmada.

Aquí niega acción ejecutiva voluntaria sino accidental, vendría a decirnos que el cuchillo se clavó por accidente, bien porque él se cayó encima o por forcejeo, lo que desconozco (pero no hay, o al menos yo no conozco, otra forma de clavarse un cuchillo accidentalmente), pero tampoco que en tales acciones el arma llegue a penetrar dos veces en el cuerpo de la víctima, que exigen dos acciones de ejecución activa.

En el caso de la legítima defensa porque no existirá proporcionalidad del medio empleado, y por el miedo insuperable porque es complicado defenderlo tras supuestos 30 años de malos tratos, y cuando según se ha manifestado las discusiones habían pasado de las manos a ser verbales; según consta en las declaraciones de la propia autora del hecho.

Un saludo ¡
Soy el amo de mi destino, el capitán de mi alma. (Nelson Mandela)

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No importa cuán estrecho sea el portal, cuán cargada de castigos la sentencia,
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Re: Absuelta la mujer acusada de matar a su marido en Tafall

Notapor Frankcme » Mar Nov 02, 2010 11:54 am


Creo que en éste caso RBN24 lo ha explicado de manera sensacional, porque ni entra ni debería entrar la eximente ni por miedo insuperable ni por legítima defensa, es mas, no ha sido absuelta por ello, sino por algo que me parece totalmente surrealista y es que según el jurado popular no ha quedado demostrada ninguna de las cuatro posibilidades que les ofreció el juez "homicidio, homicidio con dolo eventual, homicidio imprudente y accidente fortuito" Yo me pregunto, ¿si no ha quedado demostrada ninguna de esas cuatro posibilidades, que coñ* a pasado?? Porque el muerto está y alguien lo ha tenido que matar...digo yo, ¿no?

Angelesvigo yo te hago una pregunta, das por hecho que ese hombre maltrataba continuamente a esa mujer, ¿eso a quedado demostrado en el juicio? ¿Entregó la mujer o sus hijos sendos informes médicos de lesiones? ¿O es lo que ella manifestó? Porque por ahora lo único claro de esta historia (bueno, claro para todos excepto para ese jurado) es que un hombre a muerto, asesinado o no, pero a muerto.

Juanete, yo si soy padre y si por desgracia (yo te aseguro al 99.99% que no le pasaría porque su madre y yo ya la educaremos para que sea previsora) alguien la maltrata algún día, aunque por ganas no sean, dejaré que sea el Estado de Derecho quien juzgue a ese hombre (o mujer, quien sabe) y no me tomaré yo la justicia por mi mano. Te lo digo, aunque ganas no me faltaran...

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Re: Absuelta la mujer acusada de matar a su marido en Tafall

Notapor RBN24 » Mar Nov 02, 2010 12:42 pm


Curso Oposición a la Ertzaintza

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nola2hurtu.eus
Frankcme escribió:Creo que en éste caso RBN24 lo ha explicado de manera sensacional, porque ni entra ni debería entrar la eximente ni por miedo insuperable ni por legítima defensa, es mas, no ha sido absuelta por ello, sino por algo que me parece totalmente surrealista y es que según el jurado popular no ha quedado demostrada ninguna de las cuatro posibilidades que les ofreció el juez "homicidio, homicidio con dolo eventual, homicidio imprudente y accidente fortuito" Yo me pregunto, ¿si no ha quedado demostrada ninguna de esas cuatro posibilidades, que coñ* a pasado?? Porque el muerto está y alguien lo ha tenido que matar...digo yo, ¿no?

Angelesvigo yo te hago una pregunta, das por hecho que ese hombre maltrataba continuamente a esa mujer, ¿eso a quedado demostrado en el juicio? ¿Entregó la mujer o sus hijos sendos informes médicos de lesiones? ¿O es lo que ella manifestó? Porque por ahora lo único claro de esta historia (bueno, claro para todos excepto para ese jurado) es que un hombre a muerto, asesinado o no, pero a muerto.

Juanete, yo si soy padre y si por desgracia (yo te aseguro al 99.99% que no le pasaría porque su madre y yo ya la educaremos para que sea previsora) alguien la maltrata algún día, aunque por ganas no sean, dejaré que sea el Estado de Derecho quien juzgue a ese hombre (o mujer, quien sabe) y no me tomaré yo la justicia por mi mano. Te lo digo, aunque ganas no me faltaran...

Un saludo.

Porque Franckme, no estaba muerto, estaba tomando cañas. :wink:

El caso es que angeles da por buena la teoria institucional del "buenismo derivado de los estrogenos", sin pararsa a analizar el caso en cuestion que nos ocupa, ya que solamente conocemos una parte de la version, no sabemos quien inicio la bronca ese dia (bien pudo ser ella), quien agredio primero (bien pudo ser ella), o quien pudo provocar la situacion (bien pudo ser ella).

El caso es que hay un hombre muerto a manos de su pareja, mujer, y las instituciones y el ministerio de igual-da, ademas del colectivo de feminazis estan mutis por el foro, y hay del hombre que se le ocurra alzar la voz...

Un saludo.
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Re: Absuelta la mujer acusada de matar a su marido en Tafall

Notapor Sigma35 » Mar Nov 02, 2010 3:07 pm


RBN24 escribió:
Frankcme escribió:Creo que en éste caso RBN24 lo ha explicado de manera sensacional, porque ni entra ni debería entrar la eximente ni por miedo insuperable ni por legítima defensa, es mas, no ha sido absuelta por ello, sino por algo que me parece totalmente surrealista y es que según el jurado popular no ha quedado demostrada ninguna de las cuatro posibilidades que les ofreció el juez "homicidio, homicidio con dolo eventual, homicidio imprudente y accidente fortuito" Yo me pregunto, ¿si no ha quedado demostrada ninguna de esas cuatro posibilidades, que coñ* a pasado?? Porque el muerto está y alguien lo ha tenido que matar...digo yo, ¿no?

Angelesvigo yo te hago una pregunta, das por hecho que ese hombre maltrataba continuamente a esa mujer, ¿eso a quedado demostrado en el juicio? ¿Entregó la mujer o sus hijos sendos informes médicos de lesiones? ¿O es lo que ella manifestó? Porque por ahora lo único claro de esta historia (bueno, claro para todos excepto para ese jurado) es que un hombre a muerto, asesinado o no, pero a muerto.

Juanete, yo si soy padre y si por desgracia (yo te aseguro al 99.99% que no le pasaría porque su madre y yo ya la educaremos para que sea previsora) alguien la maltrata algún día, aunque por ganas no sean, dejaré que sea el Estado de Derecho quien juzgue a ese hombre (o mujer, quien sabe) y no me tomaré yo la justicia por mi mano. Te lo digo, aunque ganas no me faltaran...

Un saludo.

Porque Franckme, no estaba muerto, estaba tomando cañas. :wink:

El caso es que angeles da por buena la teoria institucional del "buenismo derivado de los estrogenos", sin pararsa a analizar el caso en cuestion que nos ocupa, ya que solamente conocemos una parte de la version, no sabemos quien inicio la bronca ese dia (bien pudo ser ella), quien agredio primero (bien pudo ser ella), o quien pudo provocar la situacion (bien pudo ser ella).

El caso es que hay un hombre muerto a manos de su pareja, mujer, y las instituciones y el ministerio de igual-da, ademas del colectivo de feminazis estan mutis por el foro, y hay del hombre que se le ocurra alzar la voz...

Un saludo.

A mi ya me ha pasado un par de veces, de corregir y ser corregido, no me resisto.....Ahora le sobra a usted una H, pues es una exclamación. De todo lo hasta ahora expuesto, me quedo con las intervenciones de Casandra, me tiene cautivado la "jodia".
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Re: Absuelta la mujer acusada de matar a su marido en Tafall

Notapor RBN24 » Mar Nov 02, 2010 4:55 pm


Botas Policiales Desde 52?

desenfunda.com
Precisamente Sigma, como es una exclamación esta bien escrito ya que si llevase "h", haría referencia al verbo haber, cuando como ha apuntado, es una exclamación. Para estas dudas siempre tengo presente la frase "ahí hay un niño que dice ay"

Un saludo.
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Re: Absuelta la mujer acusada de matar a su marido en Tafall

Notapor RBN24 » Mar Nov 02, 2010 4:59 pm


HECKLER & KOCH SFP9 - SK

Subcompact 9mm x 19
uspsuministros.com
Repasado el mensaje y como no se quotear con el móvil de mi padre, darle la razón, sigma.

Un saludo.
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Re: Absuelta la mujer acusada de matar a su marido en Tafall

Notapor Sigma35 » Mar Nov 02, 2010 5:07 pm


Camiseta Guardia Civil

militariapiel.es
RBN24 escribió:Repasado el mensaje y como no se quotear con el móvil de mi padre, darle la razón, sigma.

Un saludo.

:victoria: :desintegrar: :brindis:
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Re: Absuelta la mujer acusada de matar a su marido en Tafall

Notapor angelesvigo » Mar Nov 02, 2010 5:52 pm


Psicotécnicos Joyfepol FERES

joyfepolferes.es
Rubén, no hace falta que me digas cuáles son los requisitos que se tienen que dar para aplicar legítima defensa; que la teoría la tengo clara, lo que no tengo tan clara luego es la práctica. Todavía no tengo claro cual es un "medio proporcional" que yo pueda emplear para defenderme de una agresión.

No sé si es cierto (si alguien conoce ley, sentencia, o lo que sea dónde se hable del tema, le agradecería que me lo enviara), pero tengo oído repetidas veces que un puñetazo de un practicante de artes marciales equivale a agresión con arma blanca. Si eso es cierto, y alguien me agrede (hombre o mujer) dándome puñetazos ¿cómo se supone que me tengo que defender de forma proporcional? Me haría muy feliz que me dijerais que eso es un bulo de tantos que corren por ahí; así si algún día alguien me da un puñetazo podré devolvérselo sin miedo a que luego el Juez me diga que usé un medio desproporcionado para mi defensa.


Casandra escribió:Hola, pues cíñéndonos al caso concreto no se puede alegar una eximente completa o incompleta de legítima defensa o miedo insuperable, tanto monta monta tanto, además de por los requisitos que le ha explicado RBN 24 que deben concurrir, porque no casan o compatiblizan con la alegación de muerte por accidente, que es la versión sostenida en su defensa por la autora.
Es que ya dije más de una vez que no estaba de acuerdo en el "cómo" esta señora había sido absuelta. Dije que quizás, que yo pensaba, que se podría haber alegado alguna de las dos eximentes que nombré. ¿Que me equivoqué? Tal vez, pero lo que nunca hice fue aplaudir la actuación del jurado; dije desde un principio que no estaba de acuerdo en la forma en la que había sido absuelta.


Frankcme escribió:Angelesvigo yo te hago una pregunta, das por hecho que ese hombre maltrataba continuamente a esa mujer, ¿eso a quedado demostrado en el juicio? ¿Entregó la mujer o sus hijos sendos informes médicos de lesiones? ¿O es lo que ella manifestó? Porque por ahora lo único claro de esta historia (bueno, claro para todos excepto para ese jurado) es que un hombre a muerto, asesinado o no, pero a muerto.
Bien, quizás mi error en toda esta historia sea partir de la base de que ese maltrato existió. Me lo creí en este caso, no me lo creo en todos, como pretende hacer creer Rubén (en el caso de Lydia Bosch -que desconozco como acabó el tema o siquiera si acabó ya- no me creo nada de nada).

También digo que os veo a vosotros muy seguros de lo contrario.


RBN24 escribió:El caso es que angeles da por buena la teoria institucional del "buenismo derivado de los estrogenos", sin pararsa a analizar el caso en cuestion que nos ocupa, ya que solamente conocemos una parte de la version, no sabemos quien inicio la bronca ese dia (bien pudo ser ella), quien agredio primero (bien pudo ser ella), o quien pudo provocar la situacion (bien pudo ser ella).
El caso es que lo que yo doy por bueno o no tendrá que salir de mi boca, no de la tuya, vamos digo yo.

Sin pararme a analizar el caso, dices...pues llevo no sé cuantos post intentando analizarlo, con argumentos, equivocados o no, pero MIS ARGUMENTOS, no los de ninguna teoría institucional. Así que haz el favor de no volver a poner en mi boca palabras (o ideas) que yo no he dicho, ni colgarme una etiqueta que no me corresponde.
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Re: Absuelta la mujer acusada de matar a su marido en Tafall

Notapor Kerigma89 » Mar Nov 02, 2010 7:06 pm


Edición 175 Aniversario Gc

45
gafaspolicia.com
Hay que partir de la base de que la violencia de genero no es ecuanime, si no unidireccional, al menos la intención en su definición y propaganda es esa, de forma clara y concisa.

Ahora bien, ante un caso como el mencionado, es evidente que la jurisprudencia va a actuar en pro de la "supuesta victima", y digo supuesta, porque si se usa este calificativo para los demas delitos, tambien lo uso en este.

Mi opinión, es que una muerte humana debe cobrarse unas consecuencias, una consecuencia de responsabilidad cuanto menos civil, y penal, punitiva. Si las carceles están para reinsertar, creo que un ciudadano que mata a otro, y más cuando es el padre de sus hijos, merece, cuanto menos, un tiempo apartada de la sociedad y seguida por psicologos, terapeutas ocupacionales y trabajadores sociales. Como todo el mundo.

No creo que una mujer que mata a su marido, por muchos condicionantes de maltratos, miedo o defensa quieran atribuirle, esté preparada para seguir una vida normal a corto plazo.

Un "calentón" no solo lo puede tener un hombre en una discoteca y acabar con una pelea que por desgracia mate a otro hombre, las mujeres tambien pueden tener calentones, brotes psicóticos, paranoia, locura transitoria, o simplemente mala ostia mezclada con ganas de matar.

No voy a pretender que se trate con ecuanime igualdad los casos de violencia de género, porque no es su naturaleza, pero si que se trate a todos los homicidas de una forma ecuanime, y hasta que no se demuestre lo contrario, esta mujer es supuesta homicida, y hay que esclarecer sus causas.

Si un hombre tubo que pagar 300000 euros a los hijos del ladrón al que voló la tapa de los sesos cuando intentaba entrar en su casa para atracarle, cuanto menos que esta mujer se responsabilice de alguna manera por la muerte, no de un desconocido, si no del hombre con el que vive y con el que comparte vida e hijos.

Un saludo :policia:
Por la Patria morir fue su destino,
querer a España su pasión eterna,
servir en los Ejércitos su vocación y sino.


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