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Desde hace dos meses aproximadamente mi vecino a puesto un vado permanente en la entrada a su garaje (garaje que dicho sea de paso, no utiliza), por lo que solamente lo ha puesto para que los demás vecinos no puedan aparcar en su vado, y el SÍ. Bien... no contento con ello a pintado los 8 metros de bordillos de su acera, de manera que tampoco pueda aparcar nadie en dicha acera -vamos, que necesita toda su fachada para aparcar el coche-.
Ayer otro vecino le recriminó que pintase de amarillo todo ese espacio, ya que ahí perfectamente caben dos coches, y de esa manera solo cabe el suyo, a lo que el del vado le respondió que "paga un poco más por la licencia del vado, pero a cambio tiene derecho a pillar toda la fachada". Yo me he quedado a cuadros cuando me lo ha dicho, pues no tenía constancia de que eso se pudiese hacer. Bien, no me enrollo mas:
1º.- ¿Puede este señor aparcar delante de un vado permanente aunque éste sea suyo?
2º.- ¿Es cierto que "pagando un poco más" puedas permitirte el lujado de pintar toda una acera de 8 metros de color amarillo para aparcar tu coche?
A lo primero tenía entendido que NO SE PUEDE aparcar delante de un vado aún siendo tú el dueño de la casa donde está el vado. Y a lo segundo interpreto que de ser cierto saldría barato "alquilar" 9 metros de calle por 60€ anuales. ¿No?
En fin, a ver que me podéis decir.
PD: No es el caso pero sería algo parecido a esta foto que he encontrado por Internet (obviamente no es la casa, pero sería un caso semejante)
Un saludo.