ba2 escribió:Iba a responder ahora pero se me han adelantado, con mapa y todo...
es que soy una chica muy aplicada
Lo dicho, mucho cuidado en dicha fecha que la cosa pinta fea
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ba2 escribió:Iba a responder ahora pero se me han adelantado, con mapa y todo...
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yogu escribió:gracias por las contestaciones y por el enlace con la explicacion de un foral sobre la BCI.
esta claro que la BCI sola no puede hacerse cargo exclusivamente de evento de tal magnitud (ojala llegue el dia que si, sin querer crear polemica).
pero la combinacion roja y azul queda bien bonita! jajajaja
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ba2 escribió:La cuestión de las competencias es muy compleja, desde el punto de vista jurídico, y en base a la Ley Foral 8/2007 de Policías de Navarra, que regula, entre otras cosas, a la Policía Foral, se puede decir que PF tiene competencia en materia de orden público sin ninguna limitación, es decir, de igual modo que la GC y el CNP. Para decir esto me baso en el art 9.a. y en el 9.h. de la citada Ley Foral.
ORDEN FORAL 69/2009, DE 16 DE FEBRERO, DEL CONSEJERO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR, POR LA QUE SE DESARROLLA EL ÁREA DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL CUERPO DE LA POLICÍA FORAL, A NIVEL DE BRIGADAS Y GRUPOS
(Texto publicado en BON N.º 32 de 16 de marzo de 2009)
CAPÍTULO I. Estructura organizativa del Área de Seguridad Ciudadana
Sección 3.ª. División de Intervención
Artículo 11. Brigada Central de Intervención.
1. Corresponde a la Brigada Central de Intervención la realización de las siguientes tareas policiales:
a) Prevención, mantenimiento y restablecimiento, en su caso, de la seguridad ciudadana.
b) Intervención en grandes concentraciones de masas reuniones, manifestaciones y espectáculos públicos y colaboración con los servicios de información de la Policía Foral.
c) Actuar y auxiliar a los ciudadanos en grandes calamidades o catástrofes públicas.
d) Actuar ante situaciones de alerta policial estableciendo los controles y otros dispositivos policiales que se consideren necesarios.
e) Intervención en motines o cualquier otra situación de análoga peligrosidad.
f) La elaboración de planes y dispositivos de seguridad que le sean encomendados.
g) Otras de análoga naturaleza que le sean encomendadas.
L.O. 2/86 escribió:CAPÍTULO II.
DE LAS FUNCIONES.
Artículo Once.
1. Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado tienen como misión proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana mediante el desempeño de las siguientes funciones:
Velar por el cumplimiento de las Leyes y disposiciones generales, ejecutando las órdenes que reciban de las autoridades, en el ámbito de sus respectivas competencias.
Auxiliar y proteger a las personas y asegurar la conservación y custodia de los bienes que se encuentren en situación de peligro por cualquier causa.
Vigilar y proteger los edificios e instalaciones públicos que lo requieran.
Velar por la protección y seguridad de altas personalidades.
Mantener y restablecer, en su caso, el orden y la seguridad ciudadana.
Prevenir la comisión de actos delictivos.
Investigar los delitos para descubrir y detener a los presuntos culpables, asegurar los instrumentos, efectos y pruebas del delito, poniéndolos a disposición del juez o tribunal competente y elaborar los informes técnicos y periciales procedentes.
Captar, recibir y analizar cuantos datos tengan interés para el orden y la Seguridad Pública, y estudiar, planificar y ejecutar los métodos y técnicas de prevención de la delincuencia.
Colaborar con los servicios de protección civil en los casos de grave riesgo, catástrofe, o calamidad pública, en los términos que se establezcan en la legislación de protección civil.
2. Las funciones señaladas en el párrafo anterior serán ejercidas con arreglo a la siguiente distribución territorial de competencias:
Corresponde al Cuerpo Nacional de Policía ejercitar dichas funciones en las capitales de provincia y en los términos municipales y núcleos urbanos que el Gobierno determine.
La Guardia Civil las ejercerá en el resto del territorio nacional y sumar territorial.
3. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, los miembros del Cuerpo Nacional de Policía podrán ejercer las funciones de investigación y las de coordinación de los datos a que se refieren los apartados G) y H) del número 1 de este artículo, en todo el territorio nacional.
La Guardia Civil, para el desempeño de sus competencias propias, podrá asimismo realizar las investigaciones procedentes en todo el territorio nacional, cuando ello fuere preciso.
En todo caso de actuación fuera de su ámbito territorial, los miembros de cada cuerpo deberán dar cuenta al otro de las mismas.
4. Sin perjuicio de la distribución de competencias del apartado 2 de este artículo, ambos cuerpos deberán actuar fuera de su ámbito competencial por mandato judicial o del Ministerio Fiscal o, en casos excepcionales, cuando lo requiera la debida eficacia en su actuación; en ambos supuestos deberán comunicarlo de inmediato al Gobernador Civil y a los mandos con competencia territorial o material; el Gobernador Civil podrá ordenar la continuación delas actuaciones o, por el contrario, el pase de las mismas al cuerpo competente, salvo cuando estuvieren actuando por Mandato Judicial o del Ministerio Fiscal.
5. En caso de conflicto de competencias, ya sea positivo o negativo, se hará cargo del servicio el cuerpo que haya realizado las primeras actuaciones, hasta que se resuelva lo procedente por el Gobernador Civil o las instancias superiores del Ministerio del Interior, sin perjuicio de lo dispuesto para la Policía Judicial.
6. Al objeto de conseguir la óptima utilización de los medios disponibles y la racional distribución de efectivos, el Ministerio del Interior podrá ordenar que cualesquiera de los cuerpos asuma, en zonas o núcleos determinados, todas o algunas de las funciones exclusivas asignadas al otro cuerpo.
Edición 175 Aniversario Gc |
45 |
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B.C.I. escribió:
Lo expresado por Unforal es la situación actual de la materia de Orden Público en Navarra, debido a que aún sin haber limitación, QUERER NO ES PODER.
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ba2 escribió:Además del día 11, el día 12, se ha convocado una manifestación a las 17:30 desde la estación de autobuses para, ojo al dato, denunciar "la guerra sucia y la represión"..ahi queda eso!!
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Roncalés escribió:Sacar brillo a los correajes y a las defensas que vais a tener que repartir de lo lindo...... ayyyyyyyyyyyyyyyyyy quien pudiera
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