Expulsan de la Policía Nacional a un agente condenado por narcotráfico
Una sentencia de la Audiencia Nacional confirma la decisión del Ministerio de Interior.
El agente fue declarado culpable de concertarse con otros narcotraficantes.
Les facilitaba información de los movimientos de la Policía a cambio de dinero.
Ayudó al desembarco de grandes alijos de cocaína y hachís en las playas de Dénia.
La Audiencia Nacional ha confirmado la expulsión del Cuerpo Nacional de Policía de un agente destinado en la comisaría de Dénia (Alicante) que fue condenado a un año y ocho meses de prisión por un delito contra la salud pública y otro de conspiración para traficar con drogas por la Audiencia Provincial de Alicante en 2012.
La sentencia, fechada el pasado 28 de enero, avala la decisión del Ministerio del Interior de noviembre de 2012 por la que se apartaba del servicio al funcionario por la comisión de una falta muy grave, pues el expediente sancionador no había prescrito, como sostenía el policía, y la sanción impuesta, la máxima, es proporcional a su conducta.
Según los magistrados, los hechos recogidos en la sentencia de la Audiencia de Alicante revelan "la intensidad del detrimento que para la función del Cuerpo Nacional de Policía supone actuaciones como la aquí sancionada, en que los hechos se ejecutan con plena conciencia a sabiendas de la ilicitud de su comportamiento y siguiendo un plan preconcebido".
El agente fue declarado culpable de concertarse con otros narcotraficantes para desembarcar grandes alijos de cocaína y hachís en las playas de Dénia a finales de 2005 y principios de 2006. Su función en este entramado delictivo consistía en "informar de los movimientos de la Policía" para evitar la interceptación de la droga a cambio de una cantidad de dinero.
Aunque esas operaciones no llegaron finalmente a ejecutarse por diferentes motivos, los 'pinchazos' de los teléfonos móviles de los sospechosos evidenciaron la organización de múltiples reuniones para prepararlas. En julio de 2006, se practicaron diversos registros domiciliarios en las viviendas de los procesados que se saldaron con la incautación de pequeñas cantidades de cocaína, MDMA, hachís y marihuana.
En esas mismas fechas, el director general de la Policía acordó el 21 de julio incoar contra el funcionario un expediente disciplinario y adoptó la medida cautelar de suspenderle provisionalmente de funciones durante la tramitación del procedimiento penal.
Casi seis años después se celebró el juicio en la sección segunda de la Audiencia Provincial de Alicante. Todos los acusados se declararon culpables y aceptaron ser condenados por delitos contra la salud pública, aunque se vieron beneficiados por la aplicación de la atenuante de dilaciones indebidas. El policía se conformó con un año y ocho meses de cárcel.
La sentencia fue declarada firme el 20 abril de 2012. El 27 de noviembre de ese año, el Ministerio del Interior resolvió apartar del servicio al agente condenado, la máxima sanción prevista, y privarle de sus derechos durante todo el tiempo en que estuvo suspendido provisionalmente de funciones.
Conducta 'totalmente indigna'
Esa resolución reflejó que la conducta del inculpado fue "totalmente indigna", pues el funcionario de Policía que actúa de esa manera "no puede desempeñar las funciones propias del cuerpo, ni es razonable que la Administración confíe en él para atribuirle en el futuro tales funciones", habida cuenta de que "se ha roto la confianza y lealtad que exige la relación funcionarial".
El agente recurrió la sanción impuesta por el Ministerio, que ha sido confirmada ahora sin embargo por la sección quinta de la sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional. Los magistrados rechazan que se hayan cometido diferentes irregularidades formales en el expediente invocadas por el recurrente, entre ellas la caducidad del mismo.
En cuanto al fondo de la sanción, "nada puede quebrar más la seguridad del ciudadano que la noticia de que aquellos en quienes tiene depositada su confianza, a fin de obtener su protección, sean quienes la traicionen con su conducta", dictamina la Audiencia Nacional.
http://www.elmundo.es/comunidad-valenciana/2015/02/17/54e37dadca4741fa7e8b4583.html